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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-ciudadania-digital/9
Ley
Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México
Artículo
9

Artículo 9 de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si pierdes, te roban o alguien se hace pasar por ti para usar tus datos de acceso (como tu usuario y contraseña), tienes que avisar inmediatamente a la Agencia para que cancelen o suspendan tu cuenta. No olvides que también debes presentar una denuncia ante las autoridades, como el Ministerio Público. La forma de recuperar tu usuario y contraseña la explicarán más a detalle en el Reglamento de esta Ley.

Texto oficial

Artículo 9. En caso de pérdida, suplantación, usurpación o robo de credenciales de acceso del Autenticador, la Persona deberá notificar a la Agencia para la cancelación, suspensión y/o renovación de su usuario y contraseña, sin perjuicio de las denuncias correspondientes ante la autoridad competente. El procedimiento de recuperación de usuario y contraseña será determinado en el Reglamento de esta Ley.

Ver texto oficial de la Ley de Ciudadanía Digital de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.