- Ley
- Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México
- Artículo
- 23
Artículo 23 de la Ley de Comedores Sociales de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 23 dice que si eres usuario o beneficiario de algún programa social, puedes recibir capacitación o pláticas sobre varios temas útiles. Entre esos temas están cómo alimentarte mejor, cómo ser un buen ciudadano, cómo prevenir la violencia contra las mujeres, cuáles son tus derechos humanos o cómo emprender un proyecto para generar ingresos. También pueden enseñarte sobre proyectos culturales o cualquier otro tema que las autoridades decidan. En pocas palabras, tienes derecho a que te den información y cursos sin costo.
Texto oficial
Artículo 23.- En correspondencia social, las personas usuarias y beneficiarias podrán recibir capacitación y/o pláticas sobre nutrición, cultura cívica, prevención de violencia contra las mujeres, derechos humanos, proyectos productivos, culturales u otras que sean establecidas por la Autoridad. TÍTULO TERCERO DEL MANEJO RESPONSABLE DE RESIDUOS CAPÍTULO ÚNICO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.