Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-constitucional-derechos-humanos-garantias/75
Ley
Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Artículo
75

Artículo 75 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 75 dice que los jóvenes tienen derecho a participar en todo lo que pasa en la Ciudad, como la política, la economía, la sociedad, el medio ambiente y la cultura. Para que esto sea posible, el Gobierno de la Ciudad debe crear programas y formas de trabajo que motiven a los jóvenes de todos los ámbitos a meterse en temas importantes para la comunidad. También tiene que impulsar que participen en pláticas y debates, y en cualquier actividad que los haga sentir incluidos y tomados en cuenta en la sociedad.

Texto oficial

Artículo 75. Las personas jóvenes tienen derecho a la participación política, económica, social, ambiental y cultural de la Ciudad. Para ello, las autoridades del Gobierno de la Ciudad deberán promover políticas y mecanismos que incentiven a jóvenes de todos los sectores de la sociedad a involucrarse de manera activa en temas de interés social, a fomentar su participación en foros de análisis y discusión, y en general, en todas aquellas actividades que hagan efectiva su participación y alienten su inclusión en la sociedad.

Ver texto oficial de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.