Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es obligatoria para todas las autoridades y personas en la Ciudad de México. Su objetivo principal es que las autoridades respeten, protejan y garanticen los derechos humanos de todos, sin excepción. También busca que tanto el gobierno como los jueces y diputados apliquen correctamente lo que dice la Constitución del país, la de la Ciudad y los tratados internacionales. Para lograrlo, las autoridades deben crear leyes, políticas y programas que ayuden a que los derechos humanos se cumplan cada vez mejor, sin dar pasos hacia atrás. Además, esta ley obliga a capacitar a los servidores públicos para que entiendan y defiendan los derechos humanos, y así evitar que se cometan abusos o violaciones.
- Art. 2En la Ciudad de México, todas las personas tienen derechos humanos que están protegidos por la Constitución del país, los tratados internacionales que México ha firmado, la Constitución local y otras leyes. Si hay varias leyes que hablan del mismo derecho, siempre se aplicará la que más beneficie a las personas. Además, cuando un tribunal internacional de derechos humanos (que México haya aceptado) emite una decisión que da más protección a las personas, esa decisión es obligatoria para las autoridades de la Ciudad de México, como dependencias del gobierno, empresas públicas u organismos autónomos, y deben cumplirla según lo que les corresponda hacer.
- Art. 3Esta ley define palabras clave para que todos entendamos lo mismo. Las **Alcaldías** son como los gobiernos de cada zona de la Ciudad de México. Los **Ajustes razonables** son cambios que se hacen para que una persona con discapacidad pueda disfrutar de sus derechos sin que sea una carga imposible para los demás. La **Discriminación** es tratar a alguien diferente y mal por su origen, apariencia, edad, preferencia sexual o cualquier otra característica personal, y también incluye negarle esos ajustes que necesita. El **Diseño universal** significa crear cosas como edificios o páginas de internet que todas las personas puedan usar sin necesidad de adaptaciones especiales, aunque eso no quita que se puedan dar ayudas extras a quien las requiera.
- Art. 4El gobierno de la Ciudad y las Alcaldías tienen que asegurarse de que los servicios, cosas y espacios públicos (como parques, hospitales o transporte) estén disponibles, sean fáciles de usar para todas las personas, incluyan a quienes tienen discapacidades, y sean de buena calidad. Todo esto se hace para que quienes viven en la Ciudad puedan ejercer sus derechos y vivir mejor. La idea es repartir los recursos de manera más justa y reducir la desigualdad entre la gente.
- Art. 5Este artículo dice que el Gobierno de la Ciudad de México y las Alcaldías deben poner en marcha programas y acciones, según lo que la ley indica, para evitar que se violen los derechos humanos, investigar cuando ocurran, castigar a los responsables y reparar el daño a las víctimas. Todo esto lo harán sin meterse en las quejas o investigaciones que ya esté realizando la Comisión de Derechos Humanos local. En pocas palabras, las autoridades tienen la obligación de actuar para proteger los derechos de todos, aunque la Comisión también tenga su propio trabajo al respecto.
- Art. 6El artículo 6 dice que todas las autoridades del Gobierno de la Ciudad y de las Alcaldías, cada quien en lo que le toca hacer, tienen la obligación de incluir dinero en sus presupuestos para poder cumplir con lo que ordena esta ley. En otras palabras, cuando hagan su plan de gastos anual, deben apartar los recursos necesarios para llevar a cabo las acciones que aquí se establecen. Así se aseguran de que no falte lana para poner en práctica todo lo que la ley pide.
- Art. 7Este artículo dice que cuando no haya una regla clara en ninguna ley o tratado nacional o internacional, se van a usar como base los principios generales que se encuentren en esas mismas leyes. Si tampoco hay principios en ellas, entonces se aplicarán los principios generales del derecho, que son las ideas más básicas de justicia, como "no hagas a otros lo que no quieras que te hagan a ti". Y en todo esto, siempre se le dará preferencia a los principios más importantes de esta Ley, que son los que protegen tus derechos humanos.
- Art. 8La dignidad humana es la base más importante de todos tus derechos, según la Constitución de tu estado. Eso significa que cada persona vale por sí misma y nunca debe ser usada como un simple instrumento para que otros, como autoridades o empresas, logren sus intereses. Cuando se apliquen o interpreten las leyes sobre derechos humanos, siempre se debe favorecer la protección más amplia para ti. En pocas palabras, nadie puede tratarte como si solo sirvieras para algo, porque tu valor como persona es lo primero.
- Art. 9El gobierno de la Ciudad está obligado a tratar a todas las personas por igual, sin importar cómo sean o de dónde vengan. Para lograrlo, deben tomar acciones que ayuden a quienes han estado en desventaja, como crear apoyos especiales o programas que les den las mismas oportunidades. Por ejemplo, si alguien tiene una discapacidad, deben poner rampas o darle herramientas para que pueda participar como los demás. Esto aplica a cualquier diferencia, como género, edad, origen étnico o situación económica. En pocas palabras, la ley busca que nadie se quede atrás y que todos tengan las mismas oportunidades reales.
- Art. 10El artículo 10 dice que hay siete principios clave para entender los derechos humanos en México. El primero, **universalidad**, significa que los derechos son para todas las personas, sin importar su raza, género, religión o cualquier otra cosa. Luego, **interdependencia e indivisibilidad** quieren decir que todos los derechos están conectados y no se pueden separar: si no respetas uno, afectas a los demás. La **complementariedad** indica que las leyes de derechos humanos, sean de México o del extranjero, no se contradicen, sino que se complementan. Finalmente, **progresividad y no regresividad** obligan al gobierno a mejorar siempre la protección de estos derechos y a nunca quitar o reducir lo que ya está garantizado.
- Art. 11Los derechos humanos son como reglas básicas que te protegen y no pueden quitarte ni por ley ni porque tú quieras. Son inalienables, eso significa que nadie puede venderlos o pasarlos a otra persona. También son imprescriptibles, así que no pierden su valor aunque pase mucho tiempo. Y son irrenunciables, o sea, no puedes decir "ya no quiero que me protejan". Además, deben ser exigibles y justiciables, lo que quiere decir que tienes derecho a ir con las autoridades o a un juez para reclamar si alguien, como un funcionario público, te los viola.
- Art. 12Este artículo dice que tú puedes exigir que se respeten tus derechos ante diferentes autoridades, como jueces, tribunales o dependencias del gobierno. La “exigibilidad” significa que, como ciudadano, tienes derecho a reclamar a las autoridades que cumplan con su obligación de proteger tus derechos, usando los mecanismos que marca la ley. La “justiciabilidad” es la posibilidad de llevar ese reclamo ante un juez o tribunal para que te hagan justicia si alguien violó tus derechos. En pocas palabras, no solo tienes derechos, sino también formas de defenderlos ante las autoridades correspondientes.
- Art. 13En la Ciudad de México, puedes ejercer tus derechos solos o en grupo. Cuando actúes en grupo, se deben respetar tus libertades de expresión, reunirte con otras personas y asociarte, además de garantizar tu derecho a la información, a la transparencia y a defender tus derechos humanos. También se debe proteger tu derecho a manifestarte y protestar de forma pacífica, siguiendo reglas internacionales. Tienes derecho a presentar quejas o demandas sin tantas vueltas, usando trámites sencillos. Por último, se deben crear consultas para escuchar a los pueblos indígenas y barrios originarios antes de tomar decisiones que los afecten directamente, y hacer que sus derechos colectivos sean respetados.
- Art. 14El Congreso de la Ciudad tiene dos tareas importantes: primero, revisar y, si es necesario, cambiar las leyes para que sea más fácil cumplir con los derechos que están escritos en la Constitución de la Ciudad. Segundo, debe apartar dinero en el presupuesto anual para que los programas y políticas públicas funcionen bien, asegurando que los derechos humanos mejoren con el tiempo y no se reduzcan. Esto significa que el gobierno tiene que garantizar que cada año se avance en protección de derechos, no que se den pasos para atrás.
- Art. 15El Artículo 15 dice que el Tribunal y el Tribunal Administrativo tienen la obligación de cuidar y defender tus derechos humanos y las garantías que están escritas en la Constitución de tu estado y en los tratados internacionales que México haya firmado. Además, estos tribunales deben gastar el dinero y poner al personal necesario para que se cumplan las acciones que ordene el Sistema y el Programa de derechos humanos. En pocas palabras, son los encargados de asegurarse de que se respeten tus derechos y de echar a andar todo lo que se necesite para lograrlo.
- Art. 16Este artículo dice que todos los planes del gobierno de la Ciudad deben basarse en los derechos humanos. Es decir, al hacer obras, programas o presupuestos, primero tienen que pensar en cómo proteger y cumplir con esos derechos. Las autoridades, como las que hacen leyes o deciden en juzgados, están obligadas a que todo lo que hagan asegure que se respeten y defiendan esos derechos. Además, deben seguir lo que marque esta ley para lograrlo.
- Art. 17Las reglas del gobierno deben buscar que todas las personas vivan con justicia y sin diferencias injustas, ayudando a que todos disfruten por completo de sus derechos humanos. Para lograrlo, se crearán programas completos que hagan más fácil que cualquier persona o grupo pueda acceder a esos derechos. Además, cada cierto tiempo se revisará si esas reglas están funcionando, y si no, se cambiarán o mejorarán con base en los resultados.
- Art. 18El gobierno y las autoridades deben crear y llevar a cabo sus programas y acciones tomando como base los derechos humanos establecidos en acuerdos internacionales, en la Constitución de México y en la de tu estado. También deben considerar lo que dice el Programa de Derechos Humanos, los estudios oficiales y los datos estadísticos de dependencias locales y federales. Además, al aplicar estos derechos en todo el gobierno, se busca cambiar la forma en que el gobierno se relaciona contigo, poniendo por delante tu respeto y bienestar.
- Art. 19Aunque el gobierno tenga poco dinero, debe priorizar programas baratos y concretos para proteger los derechos más básicos de las personas. Todas las autoridades tienen que incluir ajustes para personas con discapacidad y diseños que sirvan a todos. También deben seguir las reglas internacionales de derechos humanos, y coordinarse con el Instituto de Planeación y el Sistema Integral de Derechos Humanos para lograrlo.
- Art. 20Tienes derecho a que el gobierno de la ciudad te asegure lo necesario para vivir bien y desarrollarte en todos los aspectos (económico, social, cultural, ambiental y político). La idea es que puedas disfrutar de todos tus derechos y libertades, y que entre todos construyamos una sociedad más justa. El gobierno siempre debe planear sus acciones pensando en que los recursos y servicios públicos se usen hoy sin acabar con los de las generaciones futuras. Tanto el Congreso como el Gobierno están obligados a hacer sus planes y presupuestos poniendo por delante el respeto a tus derechos humanos. Si no se respeta este artículo, existen mecanismos legales para exigir que se cumpla.
- Art. 21Los jueces de tutela son quienes atienden las quejas de la gente cuando creen que les violaron sus derechos humanos. Para presentar esa queja no necesitas hacer trámites complicados: puedes hacerlo de palabra o por escrito, en cualquier momento, y sin tener que cumplir con muchos requisitos. Además, si al presentar tu queja te faltan datos o te explicas mal, el juez debe ayudarte a completarla; a eso se le llama "suplir la deficiencia de la queja". Otra cosa importante: las autoridades tienen la obligación de investigar y demostrar que SÍ respetaron tus derechos, no al revés. El juez también puede ordenar medidas urgentes para protegerte y sancionar a quien no cumpla con lo que él ordene.
- Art. 22Este artículo dice que tú, como parte de un grupo o comunidad, puedes demandar para proteger tus derechos en tres situaciones específicas: Primero, si un grupo de personas sin un vínculo formal entre sí (como vecinos de una colonia) sufre un daño, pueden exigir que se repare, ya sea devolviendo las cosas a cómo estaban antes o con una compensación equivalente. Segundo, si el grupo está bien definido (como una asociación o una cooperativa) y tiene una relación legal con quien causó el daño, pueden pedir al juez que evite que el daño ocurra, que repare el daño ya causado, o que compense a cada miembro del grupo individualmente. Tercero, si varias personas con un interés común (como los clientes de un mismo negocio) firman un contrato y la otra parte no lo cumple, pueden demandar para obligarla a cumplirlo o para cancelar el contrato, con todas las consecuencias legales. En todos los casos, se siguen las reglas y pasos que ya marca la ley para este tipo de demandas en la Ciudad de México.
- Art. 23El Instituto de Defensoría Pública es una oficina independiente que te da abogados gratis si no tienes dinero para pagar uno. Te ayudan en asuntos que se resuelven en tu estado, como problemas familiares, penales, administrativos, fiscales, mercantiles o civiles. También se aseguran de que tengas defensa si te acusan de un delito o si ya estás cumpliendo una condena. Además, si alguien viola tus derechos humanos, ellos pueden presentar una queja ante las autoridades.
- Art. 24La Comisión es la autoridad que se encarga de cuidar, promover y asegurar que se respeten tus derechos humanos, tal como lo dicen la Constitución de tu estado, las leyes de México y las de tu ciudad. Su trabajo es recibir, investigar y resolver las quejas que presentes cuando alguna autoridad local viole esos derechos. Para atender mejor los problemas más actuales o urgentes de derechos humanos, la Comisión tendrá equipos especializados que se enfoquen en esas situaciones.
- Art. 25Tienes todo el derecho de decidir libremente cómo quieres vivir tu vida, qué quieres ser y qué hacer con tu propio cuerpo, sin que nadie te presione ni te controle de manera injusta. Las autoridades de la Ciudad tienen la obligación de proteger ese derecho y de asegurarse de que se respete, siempre y cuando no hagas algo que ponga en peligro tu vida o tu integridad física, ni le causes daño a otras personas. Esto significa que puedes seguir tus metas y tu forma de ser, pero sin afectar los derechos de los demás, tu propia seguridad o el orden público.
- Art. 26Tener una vida digna significa que puedas vivir sin miedo, y que tengas acceso a cosas básicas como comida, salud, educación, una casa, un trabajo justo, poder moverte por la ciudad, participar en decisiones importantes, vivir en un ambiente limpio y todo lo necesario para que desarrolles todo tu potencial como persona. La muerte digna es tu derecho a decidir, cuando estés en una etapa terminal y ya no haya cura, si quieres o no que te apliquen tratamientos o medicamentos para alargar tu vida de manera artificial, siempre cuidando tu respeto como persona. El gobierno de la Ciudad se encargará de que se respete tu decisión, según lo que marque la ley sobre la voluntad anticipada.
- Art. 27Este artículo dice que todas las personas tenemos derecho a que nadie nos haga daño, ya sea golpeándonos, insultándonos, obligándonos a tener relaciones sexuales o quitándonos el dinero. También nos protege de cosas muy graves como que nos maten, nos secuestren, nos desaparezcan, nos obliguen a dejar nuestra casa o nos discriminen por odio. Si alguien es detenido o está en la cárcel, debe ser tratado con respeto y como ser humano, sin maltratos. Además, el gobierno está obligado a ayudar rápido y bien a las víctimas de violencia, sobre todo si están en peligro o tuvieron que huir de su hogar. Esa ayuda debe incluir un lugar seguro donde vivir, comida adecuada, y acceso a servicios de salud y justicia sin tantas vueltas ni demoras.
- Art. 28El artículo 28 dice que toda persona tiene derecho a que el gobierno y la sociedad la reconozcan legalmente, con su nombre, apellidos y pertenencia a una familia, comunidad y país. Esto es importante para que se respete tu dignidad y la de tu grupo. También protege tu imagen, reputación y el que seas visto como una persona con derechos y obligaciones. Además, cuando naces, te deben registrar al instante y el Gobierno de la Ciudad te dará gratis la primera copia del acta de nacimiento.
- Art. 29El gobierno de la Ciudad se compromete a que puedas hacer trámites con un notario y registrar tus propiedades o documentos legales de manera fácil, rápida y sin costos excesivos. También van a crear programas para bajar impuestos, tarifas y cobros de notarios de forma permanente. Todo esto es para que tengas seguridad legal, sobre todo si eres parte de grupos que necesitan más apoyo o están en situaciones difíciles.
- Art. 30Todas las familias, sin importar quiénes las formen (papá y mamá, solo un papá o una mamá, abuelos criando a sus nietos, etc.), tienen los mismos derechos y están protegidas por la ley. Nadie puede ser separado de su familia por la fuerza y sin una razón muy grave, como un peligro real para su vida. El gobierno de la Ciudad reconoce que las familias son súper importantes porque crían a los niños, enseñan valores y cuidan a sus miembros, por lo que deben recibir apoyo para tener suficiente dinero y cubrir sus necesidades básicas. Para que las familias estén bien, las autoridades tienen que ofrecer servicios públicos de calidad y accesibles, como guarderías o centros de apoyo, y darle prioridad a las que están en situaciones difíciles, como las familias con un solo padre o madre, con personas con discapacidad, adultos mayores, presos o víctimas de algún delito.
- Art. 31Este artículo dice que todas las personas tienen derecho a decidir libremente sobre su propio cuerpo y su vida sexual, sin que esto tenga que ver con tener hijos. El gobierno de la Ciudad debe asegurarse de que recibas educación sexual completa, respetuosa y basada en ciencia, además de servicios de salud sexual gratuitos y de calidad. También tienen la obligación de respetar tu privacidad, tu forma de vivir la sexualidad y prohibir prácticas como la esterilización forzada. Todo esto aplica especialmente para adolescentes, jóvenes, personas de la diversidad sexual, adultos mayores y quienes están en situaciones difíciles.
- Art. 32El artículo dice que todas las personas tienen derecho a información y servicios para cuidar su salud reproductiva, como aprender sobre métodos anticonceptivos y acceder a ellos. Si una persona decide interrumpir su embarazo, el gobierno debe garantizar que pueda hacerlo de forma legal, segura y con atención médica de calidad, sin que le nieguen el servicio. También prohíben que alguien sea obligado a esterilizarse o a usar anticonceptivos en contra de su voluntad, y castigan la violencia obstétrica (maltratos durante el embarazo o parto). Además, se debe evitar hacer cesáreas innecesarias, dar atención digna sin importar la identidad de género, y crear campañas para reducir el embarazo en adolescentes y eliminar el embarazo infantil.
- Art. 33Este artículo dice que promover y defender los derechos humanos, así como hacer periodismo, son actividades importantes para toda la ciudad. Cualquier persona tiene permiso de hacer cosas como buscar que se respeten los derechos humanos, formar grupos para defenderlos, juntarse y protestar de manera pacífica, conseguir información sobre estos temas, debatir ideas y presentar quejas o propuestas a las autoridades para mejorar su trabajo. También puedes denunciar cuando el gobierno haga algo que vaya contra los derechos humanos, asistir a juicios públicos para ver si se están respetando las reglas, y dedicarte legalmente a ser defensor de derechos humanos o periodista. Además, si por hacer esta labor recibes amenazas o agresiones, el gobierno debe protegerte con medidas especiales para cuidar tu seguridad, tu salud mental y física, y hasta tus bienes.
- Art. 34Tienes derecho a que un juez o tribunal imparcial te escuche en público, sin que importe quién eres, para resolver cualquier asunto legal o defenderte si te acusan de algún delito. Esto significa que la autoridad debe tratarte igual que a cualquier otra persona y darte todas las oportunidades para probar tu versión. Además, si te señalan de cometer un delito, la ley te considera inocente hasta que demuestren lo contrario con pruebas y siguiendo las reglas del juicio. Todo esto está protegido por la Constitución y las leyes de México, para que nadie te juzgue a escondidas o te condene sin escucharte primero. En pocas palabras, es tu derecho a un proceso justo y transparente.
- Art. 35Tienes derecho a pensar, creer o no creer en lo que quieras, sin que nadie te juzgue. Puedes practicar tu religión o tus creencias solo o en grupo, tanto en privado como en público, siempre y cuando no hagas algo que sea delito, viole derechos humanos o dañe a alguien. Si organizas un acto religioso público, no puedes usarlo para hacer política o propaganda. Normalmente, los cultos se hacen en templos, y si quieres hacerlos en otro lado, debes seguir la ley. Además, nadie te puede obligar a pagar o trabajar para una iglesia, ni a participar en sus ritos si no quieres, y tampoco te pueden investigar por tus ideas religiosas.
- Art. 36Tienes derecho a que las autoridades te traten bien y resuelvan tus asuntos rápido, sin favoritismos y con reglas claras. Puedes pedir información o hacer solicitudes, y deben responderte de manera que entiendas y en poco tiempo. Si una autoridad toma una decisión que te afecte, tienes derecho a que te escuchen antes, excepto en temas muy específicos como seguridad pública o impuestos. También puedes exigir que te expliquen por qué tomaron esa decisión y, si te causan un daño, pedir que te lo reparen. Si sientes que no respetaron este derecho, puedes quejarte ante un tribunal especial solo con demostrar que el asunto te importa directamente.
- Art. 37El Artículo 37 te protege para que puedas juntarte con otras personas de manera pacífica, para lo que quieras, siempre que sea legal y te ayude a disfrutar de tus derechos civiles, políticos, sociales, culturales y ambientales. También te da la libertad de crear, solo o con otros, grupos u organizaciones que tengan una personalidad legal propia, como una asociación o sociedad. Hacer esto fortalece tu sentido de comunidad y te permite participar directamente en las decisiones de la Ciudad, que es básico para la democracia. El Gobierno de la Ciudad debe crear y cuidar espacios públicos donde puedas reunirte, según tu edad e intereses, y garantizar tu seguridad y el orden. Además, se asegurará de que esos espacios sean accesibles para todos, de buena calidad, que cuiden el medio ambiente, y que puedas usarlos y disfrutarlos de manera justa.
- Art. 38Tienes derecho a pensar y decir lo que quieras, y eso es algo básico que protege otras libertades. Puedes buscar, crear, recibir y compartir cualquier tipo de información o ideas, por cualquier medio, sin que te censuren antes de decirlas. Pero sí puedes tener consecuencias después, y debes respetar la privacidad de los demás según la ley. La libre expresión no protege los discursos de odio, los que promueven la segregación o la discriminación por cosas como tu origen, orientación sexual o identidad de género, y la ley castiga ese tipo de expresiones. Además, la protesta social es válida como parte de estos derechos, y está prohibido criminalizarla o meterle miedo, violencia o amenazas para evitarla; si alguien lo hace, será sancionado. Las autoridades de seguridad deben tener protocolos claros para manejar reuniones de gente, siguiendo reglas internacionales, y esos protocolos son obligatorios para policías y otros servidores públicos.
- Art. 39El artículo 39 dice que los protocolos (es decir, los pasos a seguir en ciertos procedimientos) deben basarse en varios principios importantes. Entre ellos están: tratar a niños y adolescentes como si fueran menores de edad hasta que se demuestre lo contrario, siempre buscar lo mejor para ellos, garantizarles igualdad sin discriminación, y asegurar que nadie los maltrate. También se debe considerar su cultura, su género, protegerlos de culparse a sí mismos y evitar castigos crueles. En pocas palabras, estos protocolos tienen que respetar sus derechos al máximo y actuar con cuidado, sin exagerar las medidas.
- Art. 40El gobierno de la ciudad debe aplicar medidas de protección para periodistas (hombres y mujeres) que sí funcionen y sean suficientes para cuidar su vida, libertad, bienes e integridad. Para eso, tienen que investigar los riesgos y agresiones de forma rápida y efectiva, contando con la opinión de periodistas, expertos y organizaciones de la sociedad civil. Además, deben seguir protocolos específicos y reportar el caso de inmediato a la agencia especializada, tomando como principal sospecha que el delito fue por su trabajo como periodista. Cada año harán un informe sobre los peligros que enfrentan los periodistas en la Ciudad. Todo esto se hará de manera rápida, cuidadosa, con atención especial a cada caso y buscando siempre la mayor protección posible.
- Art. 41En la Ciudad de México, todas las personas tienen derecho a buscar, obtener y compartir información pública sin problemas, en cualquier formato (como documentos, videos o audios). Las dependencias del gobierno están obligadas a darte la información que les pidas, siempre que sea de interés general, y deben hacerlo de manera abierta y transparente, sin cobrarte y sin discriminarte. La información que el gobierno genera o tiene en su poder es pública y accesible para todos, incluso puedes solicitar tus datos personales o pedir que los corrijan si están mal. Solo se puede ocultar temporalmente si el gobierno demuestra que hacerla pública dañaría seriamente el interés público, pero nunca se puede esconder información sobre violaciones graves a los derechos humanos. Para que puedas ejercer este derecho, existen procedimientos rápidos y sencillos, y puedes presentar quejas ante organismos especializados e imparciales si no estás de acuerdo con alguna respuesta.
- Art. 42Tienes derecho a que nadie meta las narices en tu vida privada ni en la de tu familia. Nadie puede recopilar tus datos personales sin que tú digas "sí, está bien" de manera clara y solo para cosas legales y justas. Cuando te pidan permiso para usar tus datos, te lo deben explicar bien fácil de entender, y si después te arrepientes, debe ser sencillo decir "ya no quiero". Además, puedes pedir saber si tienen tu información, dónde, para qué la usan y obtener copias gratis de todo lo que tengan de ti. Las autoridades de la Ciudad de México te tienen que garantizar que puedas corregir tus datos, cancelarlos, oponerte a que los usen, ver tu expediente (pero cuidando tu privacidad) y que haya castigos para quien se pase de listo con esta ley.
- Art. 43El artículo 43 dice que todas las personas tienen derecho a vivir en una sociedad más justa y democrática, donde mejoren la calidad de vida y la equidad en lo económico, social, ambiental y cultural. También tienes derecho a participar en los asuntos públicos, votar, ser votado (es decir, ser candidato) y trabajar en el gobierno. En la Ciudad de México, puedes participar en las decisiones del gobierno de tres formas: directamente (como en consultas o revocación de mandato), participando en propuestas y vigilando a las autoridades, o eligiendo representantes como diputados o el jefe de Gobierno. Además, nadie puede presionarte para que votes de cierta forma, y si tienes alguna discapacidad, te deben ayudar sin favoritismos para que puedas ejercer tu voto. Por último, para acceder a un puesto público debe haber reglas claras y justas, y las autoridades tienen que incluir la participación ciudadana en todos sus planes y programas.
- Art. 44El Congreso debe ponerse las pilas para que tú, como ciudadano, puedas enterarte de las iniciativas de ley (propuestas para crear o cambiar leyes), dar tus ideas y platicarlas con los diputados en las comisiones. La ley del Congreso debe incluir reglas claras para que eso sea posible, como poder ver los proyectos, opinar y saber qué pasó con tus comentarios. Así se cumple con tener un gobierno más abierto, donde la gente no se quede fuera.
- Art. 45Estudiar es un derecho fundamental que te pertenece desde que naces y durante toda tu vida, y sirve para que te desarrolles como persona y para construir una sociedad más justa y democrática. Tanto las escuelas públicas como las privadas deben enseñarte con respeto, sin discriminación y prepararte para participar libremente en la sociedad. El gobierno está obligado a que siempre haya lugares, maestros y recursos para que puedas estudiar, sin importar tu edad, capacidades o si tienes alguna discapacidad. Las clases no solo se dan en las aulas, también pueden ser en cualquier espacio público. Para lograrlo, las autoridades deben trabajar junto con los maestros, los alumnos, las familias y todos los ciudadanos.
- Art. 46El artículo 46 dice que todas las personas tienen derecho a disfrutar de los avances de la ciencia y la tecnología de manera justa y sin que nadie sea excluido. También tienen derecho a participar en las actividades que crean estos avances, como investigaciones o proyectos, para ayudar a construir una sociedad más democrática. Estos progresos deben usarse para beneficiar a la gente, proteger sus derechos, fomentar la paz, cuidar el ambiente y promover la inclusión social. Está prohibido usar la ciencia y la tecnología para dañar, destruir o limitar los derechos de las personas, según lo que marque la ley.
- Art. 47El artículo 47 dice que el Gobierno de la Ciudad tiene que darle dinero y personal suficiente a las autoridades encargadas de la cultura. También debe tomar acciones legales, administrativas y de creación de leyes para que todos podamos acceder a la cultura y proteger nuestras tradiciones, eventos artísticos y expresiones culturales. Todo esto es para que se respeten y garanticen tus derechos humanos relacionados con la cultura. En pocas palabras, el gobierno está obligado a facilitar que tú puedas disfrutar, participar y conservar la cultura, sin que nadie te lo impida.
- Art. 48El artículo 48 dice que el Gobierno de la Ciudad de México, junto con el Congreso Local, tiene que ajustar las leyes para que todas las personas puedan acceder sin trabas a la cultura. Esas leyes deben cumplir con ciertas características, como que la cultura esté disponible, sea accesible (sin importar tu situación económica, física o si tienes la información clara), sea aceptable, que puedas costearla, que se adapte a diferentes necesidades y que sea adecuada. Además, para que puedas ejercer este derecho, se darán descuentos o beneficios en impuestos, se apoyará el uso de internet y tecnologías, y se crearán y mantendrán espacios para el arte y la cultura.
- Art. 49Las autoridades de cultura de la Ciudad tienen la obligación de cuidar y proteger la diversidad cultural, porque defenderla es algo éticamente necesario y va de la mano con el respeto a las personas. Esto significa que deben respetar los derechos humanos, sobre todo los de quienes pertenecen a minorías, pueblos originarios, barrios tradicionales o comunidades indígenas. En palabras simples, el gobierno debe asegurarse de que todas las formas de cultura, especialmente las de grupos que han sido menos escuchados, se mantengan vivas y respetadas.
- Art. 50Las autoridades del Gobierno de la Ciudad tienen la obligación de hacer que todas las culturas puedan mostrarse y ser conocidas por todos. Para que puedas acceder a esa diversidad cultural, deben promover cosas como tu libertad de expresarte, que haya diferentes medios de comunicación, que tengas las mismas oportunidades para disfrutar del arte y del conocimiento científico, y que todas las culturas aparezcan en los medios como la tele, la radio o internet. En pocas palabras, buscan que nadie se quede fuera y que puedas conocer y compartir distintas formas de vivir y pensar.
- Art. 51Los museos ayudan a cuidar y dar a conocer el patrimonio cultural y natural de la Ciudad, tanto lo que se ve (como edificios o pinturas) como lo que no se ve (tradiciones, música o costumbres). También son importantes para que diferentes culturas se entiendan entre sí, para que la sociedad esté unida y para que el desarrollo no dañe el futuro. Además, promueven que se respeten los derechos de las personas. Por esto, las autoridades de cultura deben hacer varias cosas: aplicar las reglas internacionales para proteger los museos, darles suficiente personal, dinero y materiales para que funcionen bien y atraigan a más gente; asegurarse de que sigan los estándares de calidad que marcan los expertos en museos; fomentar que los museos trabajen junto con la sociedad y el público; y apoyar medidas para que todo tipo de personas, sin importar sus condiciones, puedan visitarlos.
- Art. 52Para que los documentos importantes de la Ciudad duren y estén disponibles para todos a largo plazo, las autoridades de cultura deben hacer varias cosas. Primero, tienen que apoyar los estudios y la capacitación de los expertos que cuidan estos documentos, dándoles las facilidades que necesiten. También deben motivar a los archivos y bibliotecas a que tengan catálogos y formas de búsqueda sencillas y al día. Además, tienen que promover actividades para que la gente conozca estos documentos, como exposiciones, programas de radio, tele o internet, pláticas y cursos. Por último, deben dejar bien claras las reglas para que algunos documentos no sean públicos, solo cuando sea necesario para proteger la privacidad de las personas, la seguridad, información confidencial u otras razones válidas.
- Art. 53Las autoridades de cultura de la Ciudad tienen la obligación de cuidar y dar a conocer el patrimonio cultural (como edificios históricos, tradiciones o arte) y natural (como parques, ríos o áreas verdes) que esté dentro de su territorio. También deben asegurarse de que todo eso se transmita a las futuras generaciones. Para lograrlo, tienen que hacer cinco cosas: incluir la protección de estos patrimonios en los planes de desarrollo de la ciudad; crear equipos de trabajo con personal capacitado y con los recursos necesarios para su cuidado; hacer investigaciones científicas para encontrar mejores formas de evitar daños a ese patrimonio; tomar medidas legales, administrativas y económicas para protegerlo, restaurarlo y darle valor; y apoyar la creación de centros locales especializados en su protección y conservación.
- Art. 54Tienes derecho a hacer ejercicio y actividades recreativas que te hagan sentir bien y te ayuden a desarrollarte como persona. Esto es para mejorar tu salud, tanto física como mental, y también para que convivas mejor con los demás y seamos una sociedad más unida. El Gobierno de la Ciudad está obligado a construir y mantener espacios deportivos públicos, como parques o canchas, que sean seguros, estén cerca de tu casa y en buenas condiciones. Además, estos lugares deben ser accesibles para todas las personas, sin importar su condición, para que nadie se quede fuera.
- Art. 55El artículo 55 dice que todas las personas tienen derecho a vivir con dignidad, es decir, a tener una vida lo suficientemente buena para ti y tu familia, y que esa calidad de vida debe mejorar con el tiempo. Para lograrlo, hay un "mínimo vital", que es la garantía de que nadie se quede sin lo básico: comida, ropa, casa, trabajo, salud, transporte, educación, cultura y un ambiente sano. El gobierno y el Congreso tienen la obligación de ayudar, ya sea dando apoyos directos o creando leyes y programas, y además deben destinar dinero en el presupuesto cada año para que esto se cumpla poco a poco. También se busca que las personas en situaciones más difíciles reciban un trato especial para que todos puedan acceder a una vida digna.
- Art. 56Todas las personas tienen derecho a cuidar de sí mismas, a cuidar a otros y a recibir cuidados. Esto significa que todos deben tener aseguradas cosas básicas como comida, educación, salud y una vida digna, incluyendo tanto el trabajo material (como bañar o alimentar a alguien) como el apoyo emocional (como dar cariño o compañía). El cuidado es tan importante que todos deben cooperar: hombres y mujeres, jóvenes y adultos, familias, empresas y el gobierno, para que la gente pueda trabajar, estudiar y atender su hogar sin problemas. Las autoridades darán más apoyo a quienes necesitan cuidados por enfermedad, vejez o discapacidad, y también a quienes los cuidan sin recibir pago. Por último, el gobierno trabajará con familias y empresas para crear programas y servicios de cuidado sin discriminación, respetando los derechos humanos de todos.
- Art. 57El Artículo 57 dice que todas las personas tienen derecho a tener comida de buena calidad, suficiente y variada, y que esa comida debe estar al alcance de tu bolsillo y disponible en todo momento. También tienes derecho a contar con los medios para conseguirla, como trabajo o apoyos, siguiendo las reglas de organismos internacionales de derechos humanos que México ha aceptado. Además, se busca que la comida que aún sirva para comer, pero que no se pueda vender (por ejemplo, por su empaque o fecha de caducidad próxima), se done a grupos que más lo necesitan, como comunidades pobres, comedores comunitarios o instituciones de ayuda.
- Art. 58Tener salud no es solo no estar enfermo, sino sentirse bien en todo: el cuerpo, la mente y las relaciones con los demás. Es un derecho básico que te permite disfrutar de otros derechos, como tener acceso a agua limpia, una vivienda digna, buena alimentación y un trabajo sin riesgos. El gobierno de la Ciudad debe darte atención médica gratuita, rápida y de calidad en todos los niveles, desde que naces hasta que envejeces. Además, si eres sordo, tienes derecho a que te atiendan en Lengua de Señas Mexicana y a que haya intérpretes capacitados. Para las personas con discapacidad, también deben existir expertos que las entiendan y documentos en braille si los necesitas.
- Art. 59El artículo 59 dice que una vivienda adecuada no es solo tener un techo, sino que debe cumplir con lo que marcan los acuerdos internacionales de derechos humanos y la Constitución local. El gobierno debe crear programas para garantizar este derecho, siguiendo reglas específicas. También se apoya que puedas tener casa en cooperativa, rentarla o usar otras formas de posesión, siempre respetando tus derechos. Se van a impulsar más viviendas baratas para personas con pocos recursos y rentas accesibles. Si alguien vive en situación de calle, sobre todo niños, jóvenes, personas con discapacidad o adultos mayores, el gobierno debe ofrecerles albergues dignos sin discriminación.
- Art. 60Este artículo dice que nadie te puede sacar de tu casa por la fuerza si no hay una orden de un juez que lo autorice, siguiendo las reglas de la Constitución y las leyes. Las autoridades deben asegurarse de que tengas oportunidad de defenderte antes de que te desalojen, y siempre deben buscar llegar a un acuerdo entre tú y quien te quiere desalojar, sin llegar a los golpes ni a la violencia. Si te desalojan, tienes derecho a pedirle al gobierno que te meta en sus programas de vivienda para que no te quedes en la calle. En pocas palabras, nadie puede echarte de tu hogar sin una orden judicial válida y sin darte chance de hablar.
- Art. 61Tienes derecho a tener suficiente agua limpia y de buena calidad para tu uso diario, como beber, cocinar y bañarte, sin que nadie te discrimine. El gobierno debe asegurarse de que esta agua llegue a ti de manera constante y a un precio que puedas pagar, poniendo primero el consumo humano sobre cualquier otro uso. Las autoridades tienen tres obligaciones: no estorbarte para que tengas agua, evitar que empresas o personas te la quiten o contaminen, y tomar todas las medidas necesarias (como leyes, presupuesto y programas) para que de verdad puedas disfrutar este derecho. Además, tanto el gobierno como los ciudadanos somos responsables de cuidar el agua, pagando lo justo y sin abusos, para que las futuras generaciones también tengan agua. También se deben hacer planes para no romper el ciclo natural del agua, protegiendo el medio ambiente y las áreas verdes. Finalmente, el Sistema de Aguas debe trabajar para que toda la gente tenga agua potable, saneamiento y un servicio justo y constante.
- Art. 62Este artículo dice que todos los que vivimos en la Ciudad tenemos derecho a un desarrollo que cuide el medio ambiente y nos dé las mismas oportunidades para lograr una sociedad más justa y solidaria. El Gobierno siempre debe poner en el centro de sus planes el uso justo de los servicios públicos, tanto para nosotros como para las generaciones que vienen después. Además, tanto el Gobierno como el Congreso tienen la obligación de crear programas que nos permitan participar en las decisiones sobre temas económicos, sociales, culturales y políticos, con el objetivo de mejorar la vida de todos.
- Art. 63En la Ciudad, todas las personas tienen derecho a tener un trabajo digno y bien pagado, ya sea que trabajen por su cuenta o para un patrón, siempre que sea un trabajo que elijan libremente y en condiciones justas y seguras. También tienen derecho a recibir apoyo si se quedan sin empleo. El Gobierno debe crear un seguro de desempleo, generar más empleos bien pagados, mejorar los que ya existen con un enfoque incluyente, ofrecer capacitación para que los trabajadores sean más hábiles y productivos, y ayudar a que los empleos informales se vuelvan formales cuando sea posible. Para que este derecho se cumpla, se necesita que haya servicios que ayuden a las personas a encontrar trabajo, que los empleos sean accesibles para todos, y que los trabajadores tengan condiciones seguras, justas y la libertad de formar sindicatos o elegir su empleo.
- Art. 64Este artículo dice que todas las personas que trabajan para el gobierno de la Ciudad (como en oficinas locales) tienen derecho a un trato justo y digno, sin importar si son hombres o mujeres. El trabajo debe ser seguro para tu cuerpo y tu mente, y pagarte lo suficiente para vivir bien tú y tu familia, con libertad y sin violencia o discriminación. Las autoridades de la Ciudad tienen la obligación de asegurarse de que esto se cumpla para todos los empleados públicos, sin hacer diferencias por cosas como tu género, edad, origen, religión, preferencias políticas, situación económica, discapacidad, orientación sexual o cualquier otra característica que pueda usarse para excluirte o tratarte mal.
- Art. 65El gobierno se compromete a apoyar proyectos que generen empleo y riqueza, pero con un enfoque social: que beneficien a todos, reduzcan la desigualdad y mejoren tu calidad de vida. La idea es que los programas de ayuda no solo te den un apoyo, sino que te capaciten y te vinculen con servicios para que puedas salir adelante por ti mismo. Además, el gobierno, junto con empresarios y trabajadores, buscará que México pase a una economía basada en el conocimiento, donde se creen productos y servicios más valiosos para vender en el extranjero. También se enfocarán en que las pequeñas y medianas empresas se conecten con las grandes que ya exportan, y en compartir tecnología y conocimientos para que puedas emprender tu propio negocio.
- Art. 66La ley protege toda forma de propiedad (privada, comunal o colectiva) en la Ciudad, junto con los derechos de campesinos y pequeños dueños. El gobierno debe apoyar a estos grupos para que puedan producir, vender y distribuir sus productos agrícolas y tradicionales. También fomentará que se unan en cooperativas o asociaciones, pero siempre cuidando el medio ambiente y buscando un desarrollo sustentable. Además, tiene la obligación de velar por que los campesinos y pequeños propietarios vivan bien y tengan oportunidades para progresar. Todo esto aplica en las áreas rurales de la Ciudad y en lo que digan otras leyes relacionadas.
- Art. 67Las autoridades de la Ciudad deben quitar poco a poco los obstáculos que hacen que ciertos grupos tengan menos oportunidades y no puedan disfrutar de sus derechos. Esto lo harán siguiendo el Programa de Derechos Humanos. Para lograrlo, van a tomar medidas como tratar a todas las personas por igual, crear programas de empleo, educación, salud y vivienda pensados en las necesidades de estos grupos, y evitar que sean castigados o acosados por ser diferentes. También van a hacer obras accesibles para todos, lanzar campañas contra la discriminación y la violencia, y dar a conocer los derechos de estos grupos para que sean visibles en la sociedad.
- Art. 68Las autoridades del país van a crear y llevar a cabo planes y programas para que los grupos que necesitan atención especial (como adultos mayores, personas con discapacidad o comunidades indígenas) sean tomados en cuenta, tengan más poder y puedan participar en la sociedad. Esas medidas deben cumplir con tres cosas básicas: ser justas y darle a cada quien lo que necesita, ayudar a que nadie quede fuera, y aplicarse en todos los programas de gobierno, no solo en unos cuantos.
- Art. 69En la Ciudad de México, las mujeres tienen los mismos derechos humanos que cualquier persona. Para que haya igualdad real entre mujeres y hombres, se deben cambiar las situaciones que les impiden ejercer sus derechos y tener las mismas oportunidades de desarrollo. Esto significa que las autoridades deben asegurarse de que las mujeres no sufran discriminación, ni en su casa ni en lugares públicos. También deben garantizar que vivan sin violencia, que se eliminen los roles o ideas fijas sobre cómo deben ser o comportarse, y que ellas puedan decidir libremente sobre su vida sexual y reproductiva. Para lograrlo, el gobierno debe crear leyes y programas que ayuden a cerrar las diferencias entre hombres y mujeres, hasta que sean iguales de verdad.
- Art. 70El Sistema de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de tu ciudad se encarga de hacer que ellos puedan opinar y participar en los asuntos que les afectan, y también de crear políticas públicas para que sus derechos se respeten al cien por ciento. Además, este sistema debe coordinar todas las acciones necesarias para que las leyes y programas tomen en cuenta los derechos humanos de la infancia y adolescencia. Los funcionarios públicos que forman parte de este sistema tienen que actuar siguiendo las reglas internacionales y siempre pensando primero en lo que sea mejor para las niñas, niños y adolescentes.
- Art. 71El artículo 71 dice que, en la Ciudad, todos los programas y acciones para jóvenes deben hacerse tomando en cuenta que son jóvenes, con igualdad de género y sin discriminarlos. También deben seguir lo que dice el Sistema y el Plan Estratégico que protegen sus derechos. Además, hay que asegurar que los jóvenes puedan participar en política, tener capacitación y acceso a trabajos, evitar que dejen la escuela, tener servicios de salud (incluyendo salud sexual), y poder hacer actividades artísticas, culturales, deportivas o recreativas, entre otras cosas que marque la ley.
- Art. 72Las autoridades del Gobierno de la Ciudad tienen que poner en marcha acciones y programas para que los jóvenes puedan ejercer sus derechos y participar en la vida pública, así como en la planeación y el desarrollo de la ciudad. En otras palabras, deben crear las condiciones para que los jóvenes tomen parte en las decisiones que afectan a todos. Esto incluye desde escuchar sus opiniones hasta involucrarlos en proyectos importantes.
- Art. 73Este artículo dice que las autoridades deben tomar acciones para que las y los jóvenes puedan ser ellos mismos sin miedo. Su identidad, tanto personal como grupal (por ejemplo, su forma de ser, sus gustos o su cultura), debe ser respetada siempre. La ley busca que nadie sea juzgado, excluido o maltratado por quién es o cómo se expresa. En pocas palabras, tienen derecho a desarrollarse libremente sin ser discriminados por su forma de pensar, vestir o sentir.
- Art. 74Las autoridades del gobierno de la Ciudad tienen la obligación de poner todo de su parte para que los jóvenes puedan ser independientes y tomar sus propias decisiones. Esto incluye crear oportunidades en educación, empleo y apoyo social, para que puedas valerte por ti mismo si así lo decides. La idea es que, con esas condiciones, puedas seguir creciendo como persona, estudiando, capacitándote y consiguiendo un trabajo. En pocas palabras, buscan que tengas las herramientas para desenvolverte solo y mejorar tu vida.
- Art. 75El artículo 75 dice que los jóvenes tienen derecho a participar en todo lo que pasa en la Ciudad, como la política, la economía, la sociedad, el medio ambiente y la cultura. Para que esto sea posible, el Gobierno de la Ciudad debe crear programas y formas de trabajo que motiven a los jóvenes de todos los ámbitos a meterse en temas importantes para la comunidad. También tiene que impulsar que participen en pláticas y debates, y en cualquier actividad que los haga sentir incluidos y tomados en cuenta en la sociedad.
- Art. 76La ley dice que las autoridades de la Ciudad deben asegurarse de que tú, como persona joven, tengas acceso a la educación. Esto incluye todos los niveles y tipos de escuela, y debe ser una enseñanza completa, constante, que te sirva y sea de buena calidad. Además, tienes derecho a escoger la escuela que más te guste y a participar activamente en ella. En pocas palabras, el gobierno debe garantizar que estudies donde quieras y que recibas una educación chida.
- Art. 77Este artículo dice que el gobierno debe crear leyes y programas para que los jóvenes tengan acceso a trabajos dignos y en igualdad de condiciones. Además, prohíbe que se les explote económicamente o que realicen trabajos que dañen su salud, educación o desarrollo físico y mental. También aclara que los jóvenes tienen los mismos derechos laborales que cualquier otro trabajador, como sueldo justo, horarios y prestaciones. En pocas palabras, busca que ningún joven sea tratado injustamente en el trabajo.
- Art. 78Para que tú, como persona joven, puedas conseguir una casa o departamento digno y de buena calidad, el gobierno y otras instituciones deben crear programas de crédito o préstamos que sí estén a tu alcance. También tienen que implementar medidas para que los pagos mensuales no te ahoguen financieramente. Además, deben asegurarse de que tengas certeza legal sobre la propiedad, es decir, que sepas con claridad que la casa es tuya y que nadie te la pueda quitar injustamente.
- Art. 79En la Ciudad de México, las personas mayores tienen derecho a que se les trate con respeto, a tomar sus propias decisiones y a formar parte de su familia y de la sociedad. Para eso, el gobierno debe darles de manera gratuita los documentos que comprueben quiénes son, y facilitarles que los obtengan. Está prohibido discriminarlas por su edad, y las autoridades tienen que castigar cualquier acto que las ofenda o las excluya. También deben protegerlas de la violencia, el maltrato y el abandono, asegurándose de que los servicios públicos como salud, transporte y educación sean accesibles, de buena calidad y, en muchos casos, gratuitos. Además, se tiene que promover su participación activa en la comunidad y respetar siempre su libertad para decidir sobre su propia vida.
- Art. 80En la Ciudad, el Gobierno le ofrece apoyos a las personas con discapacidad, según lo que diga la ley y las autoridades que correspondan. Estas personas tienen los mismos derechos y obligaciones que cualquier otra, solo que se toman en cuenta sus necesidades especiales para que todos tengan las mismas oportunidades. La ley dice que se deben respetar su dignidad, su libertad para tomar decisiones y su independencia, sin discriminarlos. También tienen derecho a participar completamente en la sociedad, a que la información esté en formatos como braille o lengua de señas, y a que haya mecanismos para quejarse si no se cumplen las reglas de accesibilidad. Además, los niños y niñas con discapacidad pueden dar su opinión sobre lo que les afecta, y las leyes se revisarán para eliminar palabras ofensivas y garantizar sus derechos, como casarse o cuidar a sus hijos.
- Art. 81Las autoridades de la Ciudad de México, cada una en el área que le toca, tienen que aplicar las leyes y todos los programas creados para apoyar a las mujeres y niñas con discapacidad. Esto incluye medidas especiales para igualar sus oportunidades y acciones que les den ventaja, con el fin de acabar con la discriminación que sufren en cualquier aspecto de su vida, ya sea en la ciudad o en zonas rurales. Además, deben asegurarse de que estas mujeres y niñas participen activamente al diseñar y poner en marcha esos programas.
- Art. 82Las autoridades del Gobierno de la Ciudad tienen que asegurarse de que los planes para hacer accesibles los espacios públicos también tomen en cuenta los edificios que ya existen, no solo los que se construyan nuevos. Esto significa que no pueden olvidar mejorar lugares viejos, como oficinas o escuelas, para que personas con discapacidad puedan entrar y moverse sin problemas. Así se busca que todos tengan las mismas oportunidades, sin importar si el lugar es nuevo o viejo.
- Art. 83El artículo dice que las autoridades de la Ciudad de México deben asegurarse de que los niños y adolescentes con discapacidad sean tomados en cuenta en todas las leyes y programas que se hagan para la infancia, exactamente igual que cualquier otro niño. También deben poner atención especial a los que viven en zonas rurales o en comunidades indígenas para que no queden excluidos. Además, las autoridades tienen que crear un sistema de apoyos para que estos niños puedan dar su opinión sobre cualquier asunto que les afecte, y recibir la ayuda que necesiten según su tipo de discapacidad y su edad.
- Art. 84En la Ciudad se protege tu derecho a vivir sin que te juzguen, te maltraten o te discriminen por tu orientación sexual, identidad de género, expresión de género o características sexuales. Esto es parte de tu derecho a ser quien eres y a vivir tu vida como tú quieras. Las autoridades tienen la obligación de crear programas y tomar acciones para que nadie te excluya o te trate mal por estos motivos. También deben garantizar que las personas lesbianas, gays, bisexuales, trans e intersexuales tengan las mismas oportunidades, un trato digno y respeto en todos los lugares, como hospitales, escuelas, trabajos, cárceles y al pedir justicia. Además, tienes derecho a que tu identidad de género sea reconocida legalmente, a formar una familia y a vivir sin violencia ni acoso.
- Art. 85En la Ciudad, todas las personas migrantes (ya sea que vivan aquí, estén de paso o hayan regresado), así como quienes tienen protección internacional o fueron desplazadas por la fuerza, tienen los mismos derechos que cualquier otra persona según la Constitución y los tratados internacionales firmados por México. Nadie puede ser discriminado, estigmatizado o excluido por ser migrante. El Gobierno debe tomar medidas para proteger sus derechos, sobre todo de niños y adolescentes migrantes, con o sin familia, y enfocándose en su seguridad y acceso a servicios públicos como salud, alimentación, empleo y documentos de identidad. Todo esto debe hacerse con un trato hospitalario, solidario y respetuoso de su cultura, buscando que se integren a la sociedad sin desigualdad. Las autoridades tienen varias obligaciones, como crear programas para que estas personas tengan acceso a comida, servicios médicos, trabajo digno y documentos oficiales. También deben capacitar a organizaciones e instituciones para lograr igualdad entre hombres y mujeres migrantes y sus familias. Además, deben fomentar que las personas migrantes puedan trabajar y vivir sin explotación, crear un registro de huéspedes para ayudarles con sus trámites, y capacitar intérpretes de lenguas indígenas y otros idiomas para que nadie quede desprotegido. También tienen que hacer campañas para que todos respeten la diversidad cultural.
- Art. 86Si alguien es víctima de un delito o de una violación a sus derechos humanos en la Ciudad, la ley lo reconoce y protege. Esas personas o grupos tienen derecho a recibir ayuda, protección, atención, saber la verdad, que se haga justicia, que reparen el daño de forma completa y que las autoridades actúen con cuidado y rapidez. Además, las autoridades deben tratarlas con respeto, sin juzgarlas ni hacerlas sentir peor, darles asesoría legal gratis y clara, y siempre buscar lo que más les beneficie. También tienen que darles atención inmediata en salud, educación y asistencia social, y aplicar medidas para ayudarlas y reparar el daño, tomando en cuenta si son mujeres, niños o personas en situación vulnerable.
- Art. 87El artículo 95 del Código Fiscal de la Federación es clave para que sepas qué pasa cuando no pagas tus impuestos a tiempo. Básicamente, si te atrasas en el pago, el Gobierno te va a cobrar una especie de "multa" que se llama **recargos** (como intereses por el tiempo que te tardaste). Además, tu deuda se va a **actualizar** por la inflación: eso significa que el monto original se ajusta para que valga lo mismo que cuando debiste pagar. Por cada mes o fracción de mes que pase, te cobrarán **recargos** a una tasa que la Ley de Ingresos de la Federación fija cada año. No importa si el mes es de 30 o 31 días, siempre se cuenta como un mes completo si te pasaste aunque sea un día. Y ojo: los **recargos** se siguen generando aunque el SAT ya haya empezado un procedimiento para cobrarte, como un embargo o una demanda. Así que mientras no pagues, la deuda sigue creciendo.
- Art. 88Este artículo obliga a las autoridades de la Ciudad a tratar con respeto y sin discriminación a las personas que están en la cárcel, sin importar su género, origen, edad, salud, orientación sexual o cualquier otra característica. Quienes están privados de su libertad tienen derechos básicos como recibir atención médica, comida, agua, un espacio digno, educación, trabajo, acceso a información y poder mantener contacto con el exterior. También tienen derecho a que se respete su integridad, a un proceso legal justo y a programas que los ayuden a reintegrarse a la sociedad. Además, cuando alguien cumple su condena y sale de prisión, el gobierno debe crear programas de apoyo para que su familia y su red de amigos lo ayuden a reintegrarse bien y evitar que vuelva a cometer delitos.
- Art. 89El gobierno debe crear programas para ayudar a personas, familias o comunidades que estén pasando por situaciones difíciles, como pobreza o violencia. Su meta es que la gente tenga un entorno seguro, afectivo y sin violencia, y que quienes vivan en albergues o casas de asistencia estén protegidos física y mentalmente. También busca que esas personas puedan reintegrarse a su familia o tener una vida productiva, siempre respetando sus derechos. Las instituciones que dan esta ayuda no pueden tener fines de lucro ni discriminar, y deben tener personal capacitado que trate a todos con dignidad. Además, quienes viven en estos lugares tienen derecho a salir, convivir con la comunidad, descansar, divertirse y recibir visitas de sus seres queridos. Las autoridades de la Ciudad de México se encargan de vigilar que todo esto se cumpla.
- Art. 90Las personas afrodescendientes tienen los mismos derechos que cualquier otra persona según la Constitución de tu estado. El gobierno debe crear programas y acciones para que vivan sin violencia, discriminación ni racismo. Esto incluye: que se reconozca su identidad y cultura, que tengan acceso a servicios de salud y a la justicia, que reciban ayuda para denunciar si son discriminadas, que no las criminalicen por ser quienes son, y que se protejan sus costumbres, tradiciones y arte.
- Art. 91El artículo 91 dice que tú o tu comunidad pueden decir que pertenecen a un pueblo indígena si tienen lazos culturales, históricos, de idioma o de otro tipo con ese pueblo. El gobierno debe respetar esta decisión cuando haga planes y programas para comunidades indígenas en la Ciudad. Los jueces y autoridades también tienen la obligación de aceptar esa identidad propia, sobre todo para garantizar que tengas acceso a la justicia y un juicio justo. Por ejemplo, si lo necesitas, deben darte un intérprete que hable tu lengua indígena.
- Art. 92El artículo 92 dice que nadie puede ser discriminado, maltratado o excluido por pertenecer a una religión minoritaria en la Ciudad. También establece que todas las personas y grupos religiosos tienen derecho a elegir y practicar la religión que quieran, sin importar si es mayoritaria o minoritaria. Pueden crear sus propias instituciones, como escuelas o centros de ayuda, y nadie puede investigarlos o juzgarlos solo por expresar sus creencias religiosas. Además, el gobierno debe poner las condiciones necesarias para que las minorías religiosas puedan vivir y desarrollar su religión y costumbres sin tratos especiales ni privilegios para ninguna religión en particular.
- Art. 93Este artículo dice que todas las personas, tanto las que viven ahora como las que vendrán, tienen derecho a usar y disfrutar de una ciudad que sea justa, limpia y divertida de vivir, como si fuera un bien de todos. Este derecho junta todas las demás garantías, como tener trabajo, salud y un ambiente sano, y te da el poder de organizarte con otros vecinos para exigir una vida digna. También significa que la ciudad debe cuidar sus áreas verdes, el patrimonio cultural y los pueblos indígenas, y darle prioridad al transporte público, a las banquetas para caminar y a las bicicletas, en vez de al coche particular. Además, reconoce el derecho de todos a participar en las decisiones de la ciudad, apoyando tanto los proyectos de la comunidad como los negocios privados, las cooperativas y las expresiones culturales de todo tipo.
- Art. 94Tienes derecho a vivir en un ambiente limpio y saludable, y también a que te den servicios públicos básicos como agua, luz y drenaje para tu bienestar. Pero ese derecho incluye tu obligación de cuidar el ambiente, y las autoridades deben proteger los recursos naturales como el agua, el aire y los bosques, para que tú y las futuras generaciones tengan buena calidad de vida. Para que esto funcione, tú puedes participar de manera responsable, ya sea solo o en grupo, para ayudar a cuidar el entorno. Las autoridades tienen que fomentar la protección del ambiente y la salud, coordinar acciones para prevenir desastres ecológicos, y si ellos mismos causan daño, deben repararlo. Además, pueden aplicar multas o castigos a quien dañe el ambiente, para que nadie lo haga.
- Art. 95Este artículo dice que para que una ciudad sea más habitable y se respete el medio ambiente, se debe proteger al máximo a los animales siguiendo estas reglas: los animales merecen un trato digno y respetuoso durante toda su vida, y está prohibido usarlos para explotarlos o hacerles daño. Deben recibir comida, cuidados veterinarios, descanso y protección, y si son animales silvestres, tienen derecho a vivir y reproducirse libres en su hábitat natural. Si tienes una mascota, su vida debe durar lo que naturalmente le toca, a menos que esté muy enferma; además, se crearán refugios para animales abandonados y se fomentará la adopción. Matar a un animal sin razón o en grandes cantidades será castigado por la ley, y nadie puede ser obligado a lastimarlos. Por último, se harán programas para enseñar a niños y adultos a respetar y proteger a los animales, y la policía formará brigadas para rescatar animales en riesgo.
- Art. 96Tienes derecho a usar las calles, plazas, parques y demás espacios públicos de la ciudad de manera tranquila, siempre y cuando respetes lo que dicen las leyes locales. El gobierno de la Ciudad debe tomar las medidas necesarias para que puedas ejercer ese derecho, pensando en que las calles funcionen bien y sea fácil moverse por ellas. Puedes disfrutar y aprovechar lugares como plazas, avenidas, jardines, bosques y parques públicos, entre otros espacios de encuentro.
- Art. 97El gobierno de la Ciudad, junto con las alcaldías, se encarga de crear, rescatar y arreglar lugares públicos como parques, plazas o calles. También deben poner en marcha proyectos para usar mejor lo que ya existe, mejorar la imagen de la ciudad, cuidar las áreas verdes y hacer más espacios para los peatones. En las zonas más pobres o marginadas, se van a hacer programas de mejoramiento de barrios donde los vecinos pueden participar. El objetivo de estos programas es que la gente use, arregle y recupere los espacios públicos de esas colonias.
- Art. 98Este artículo dice que todas las personas tenemos derecho a movernos en la ciudad, pero de una forma que sea segura, accesible, barata y sin que nos discriminen. El gobierno tiene la obligación de crear políticas y programas para que puedas transportarte bien, usando tecnología nueva y cuidando el ambiente. Además, en la Ciudad de México se le dará preferencia a los peatones, a las bicicletas y a los transportes públicos como el metro o los eléctricos que contaminen menos.
- Art. 99En la Ciudad, tienes derecho a usar tu tiempo libre para lo que te haga sentir bien, como descansar, divertirte, aprender cosas nuevas, convivir con otros o simplemente ser más creativo. No solo se trata de no trabajar, sino de aprovechar ese tiempo para crecer como persona y disfrutar la vida, ya sea solo o acompañado. El gobierno debe asegurarse de que haya actividades culturales, artísticas, deportivas o educativas, y que la mayoría sean gratis o muy baratas para que todos puedan acceder a ellas. Así, este derecho no se queda en el papel, sino que puedes ejercerlo en tu día a día.
- Art. 100El artículo 100 dice que el gobierno tiene la obligación de garantizar que todas las personas, incluyendo visitantes, puedan acceder y disfrutar de la cultura y el patrimonio (como monumentos, tradiciones o lugares naturales), sin importar su origen, condición física o ideas, y sin discriminación. También asegura que comunidades, pueblos originarios y cualquier grupo puedan participar activamente en actividades culturales, protegerlas y difundirlas, siempre con respeto a su dignidad y sin censura. Finalmente, tanto el gobierno como el Congreso deben crear políticas y leyes para que este derecho a la cultura se cumpla, tomando en cuenta las necesidades de cada tipo de población (como niños, adultos mayores o personas con discapacidad).
- Art. 101Este artículo te asegura que, viviendo en la Ciudad de México, tienes derecho a estar a salvo de peligros provocados por el estado del suelo, los edificios y los servicios urbanos. También te garantiza que, poco a poco, se buscará reducir los riesgos a los que estás expuesto y que recibirás atención si ocurren desastres naturales o causados por el ser humano. Por ejemplo, tienes derecho a que tu casa sea segura por su construcción, materiales y ubicación, y a recibir información y capacitación sobre protección civil. El gobierno está obligado a revisar que todas las construcciones, incluyendo las de particulares, cumplan con las reglas, y en caso de un accidente, los responsables deben reparar los daños. Además, se creará y actualizará un mapa de riesgos público para que sepas dónde hay más peligro, sobre todo por los cambios constantes en el subsuelo de la ciudad.
- Art. 102El artículo 102 dice que la seguridad en la Ciudad de México no es solo que la policía atrape delincuentes, sino proteger tu vida, tu cuerpo, tu mente, tus cosas y tu derecho a vivir dignamente. Para lograrlo, las autoridades tienen cinco obligaciones: 1) hacer estudios y programas para atacar las causas de la delincuencia; 2) cuidarte con más vigilancia policial y mejorando los juzgados y la infraestructura de seguridad; 3) crear planes que se enfoquen en prevenir delitos y castigarlos; 4) platicar contigo y con la ciudadanía para resolver los problemas de seguridad entre todos; y 5) enseñar a la gente a resolver sus conflictos sin violencia y a convivir en paz. Todo esto se menciona también en el capítulo sobre reparar el daño a las víctimas.
- Art. 103Las autoridades en la Ciudad de México están obligadas a tratar a las víctimas de delitos o violaciones a derechos humanos con respeto y dándoles todas las herramientas para defenderse. Esto significa que deben actuar con honestidad, guardar secretos sobre tu caso, explicarte todo antes de que tomes una decisión, y siempre darte la razón cuando haya duda (principio pro víctima). También tienen que evitar que sufras más por el proceso, darte atención gratis en salud, educación y servicios sociales, y nunca tratarte como si tú fueras la culpable. Además, el gobierno debe darte apoyo inmediato y ayudarte a reparar el daño de forma completa, tomando en cuenta si eres mujer, niño o perteneces a un grupo vulnerable. Por último, hay una oficina especial llamada Comisión de Atención a Víctimas que se encarga de coordinar a todas las dependencias para que realmente puedas acceder a estos derechos.
- Art. 104Si sufriste violencia, el gobierno está obligado a protegerte rápido cuando tú o tus familiares estén en peligro físico o emocional. Deben darte información clara y verdadera para que elijas qué ayuda quieres, y también asesoría legal gratis y sin vueltas. Te tienen que dar atención médica y psicológica, y apoyarte para que los trámites de justicia sean rápidos y sencillos. Además, debes recibir noticias sobre cómo va tu caso judicial o administrativo para defender tus derechos.
- Art. 105La reparación integral significa que cuando alguien sufre una violación a sus derechos, se deben tomar varias medidas para que la víctima quede lo más parecido posible a como estaba antes del daño. Esto incluye desde devolverle lo que perdió (restitución), pagarle una compensación económica (indemnización), darle atención psicológica o médica (rehabilitación), hasta reconocer públicamente lo que pasó y asegurarse de que no vuelva a ocurrir (garantías de no repetición). Todo esto se aplica tanto a una persona como a un grupo, y considera si el daño fue material, emocional o incluso simbólico, según qué tan grave fue lo que le hicieron. Las empresas que prestan servicios públicos o le venden cosas al gobierno de la Ciudad están obligadas a pagar por los daños que causen cuando violen derechos, aparte de otras responsabilidades que ya tenga la ley. Las autoridades de la Ciudad también tienen la obligación de responder, junto con esos particulares o funcionarios, para asegurarse de que las víctimas reciban completa su reparación, tal como lo señale la ley. Cada dependencia pública debe hacerse responsable de cumplir con esto, y el Congreso local tiene que destinar presupuesto cada año a un fondo especial para que siempre haya lana para pagar estas reparaciones.
- Art. 106Este artículo dice que las autoridades de la Ciudad, cuando tengan que reparar un daño que causaron, deben seguir las leyes que ya existen para proteger a las víctimas. Para que la reparación sea completa y efectiva, tienen que considerar varias cosas: que es tanto una obligación del gobierno como un derecho de las personas afectadas, y que hay víctimas directas (las que sufrieron el daño) e indirectas (como su familia). También deben calcular todo tipo de daños, no solo los materiales, sino también los emocionales, psicológicos, físicos, o los que afectan tu proyecto de vida, tu familia o ingresos. Además, la reparación incluye medidas como devolver las cosas a como estaban antes, ayudar a que te recuperes, asegurarse de que no vuelva a pasar, investigar quién fue el responsable, castigarlo y pagar una indemnización.
- Art. 107Todas las autoridades locales, como los gobiernos de los estados y municipios, deben ayudar a que se cumplan los objetivos de esta ley. Cada una hará su parte según lo que le corresponda hacer, de acuerdo con la Constitución de su estado, esta ley y otras reglas que apliquen. En pocas palabras, tienen que coordinarse y trabajar juntas para que la ley funcione.
- Art. 108Este artículo dice que todas las autoridades de la Ciudad de México (como el gobierno, las alcaldías y otras oficinas públicas) tienen la obligación de cuidar tus derechos humanos en todo lo que hagan. Deben promoverlos enseñando e informando, respetarlos sin meterte trabas, y protegerte de abusos que vengan de otras personas o empresas. También tienen que garantizar que puedas ejercer tus derechos sin discriminación, por ejemplo, dando servicios directos o creando condiciones justas para todos. Además, deben capacitar a su personal, revisar sus reglas para que no te afecten, y destinar presupuesto para repararte si tus derechos son violados.
- Art. 109Este artículo dice que cuando el gobierno de la Ciudad de México cree sus propias reglas internas para funcionar, debe tomar en cuenta los derechos humanos que ya están protegidos en la Constitución local y en otras leyes. La idea es que todas las autoridades públicas cumplan con su deber de respetar y garantizar esos derechos. En otras palabras, ninguna regla que hagan puede ir en contra de lo que ya dice la ley sobre los derechos de las personas.
- Art. 110Las autoridades de la Ciudad de México tienen que quitar poco a poco todo lo que les impida a los grupos más vulnerables (como personas con discapacidad, adultos mayores, indígenas, etc.) ejercer sus derechos y ser incluidos de verdad en la sociedad. Para lograrlo, no pueden criminalizar, reprimir, encerrar o molestar a nadie por su situación, forma de vida, preferencia sexual, religión o ideas políticas. También deben crear cursos de capacitación para que estas personas puedan conseguir empleo más fácil. En todos los planes y programas del gobierno de la ciudad, tienen que incluir una visión que considere a todos, y al hacer obras o construcciones, deben asegurarse de que sean accesibles para cualquier persona. Por último, van a hacer campañas para frenar la discriminación, la exclusión y todo tipo de violencia.
- Art. 111El Tribunal Superior de Justicia y el Tribunal de Justicia Administrativa de la Ciudad de México deben cuidar que sus decisiones (las resoluciones) respeten los derechos humanos de todas las personas. Esto significa que cuando emitan algún fallo o sentencia, tienen que seguir las reglas y principios que marca esta Ley. En otras palabras, estos tribunales no pueden pasar por alto tus derechos al resolver un caso. Su obligación es garantizar que cualquier asunto que atiendan se maneje con justicia y respeto a lo que dice la ley.
- Art. 112Los jueces y tribunales deben revisar que las leyes que aplican no vayan en contra de los derechos humanos, aunque nadie se los pida. Si hay varias formas de interpretar la ley, deben elegir la que más proteja tus derechos, siempre asumiendo que las leyes son válidas. Esto lo hacen para no afectar lo más importante de esos derechos. Puedes pedirles que lo hagan si crees que una ley te está afectando.
- Art. 113La Comisión de Derechos Humanos va a ayudar a que el gobierno local cumpla con sus obligaciones de respetar los derechos humanos. Puede hacer observaciones, recomendaciones, propuestas o informes sobre leyes o acciones del gobierno, y decidir si los hace públicos o no. Por otro lado, el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México puede crear formas de trabajo para diseñar y promover políticas contra la discriminación, y coordinar con escuelas, organizaciones y otras dependencias. También puede revisar y evaluar lo que hacen las autoridades en este tema. Esto quiere decir que tanto las personas como los particulares también tienen responsabilidad en materia de derechos humanos.
- Art. 114Este artículo dice que todas las personas tenemos obligaciones con nuestra comunidad, porque solo dentro de ella podemos desarrollarnos libremente. Tanto las autoridades como los ciudadanos, familias, empresas y organizaciones somos responsables de que se cumplan los derechos humanos. Entre tus deberes están: respetar la integridad y derechos de los demás, no discriminar, cuidar el medio ambiente, no maltratar animales, participar en decisiones públicas y denunciar cualquier acto que viole los derechos humanos. También debes respetar la privacidad de los demás, no interferir en su libertad de expresión y contribuir con las tareas del hogar y el sustento de tu familia.
- Art. 115El artículo 115 dice que los derechos humanos serán la base de todo lo que haga el gobierno de la Ciudad de México, como crear leyes, programas y presupuestos. Esto significa que las autoridades deben revisar si sus acciones ayudan a que la gente tenga más derechos poco a poco. El objetivo principal es cambiar cómo se relacionan el gobierno y los ciudadanos, poniendo a las personas al centro de todo. En pocas palabras, todas las decisiones oficiales deben pensarse para proteger y mejorar los derechos de todos.
- Art. 116Este artículo dice que todas las acciones del gobierno o instituciones deben seguir estos principios al aplicar los derechos humanos. Significa que los derechos son para todas las personas sin excepción, que puedes exigir que se cumplan y llevarlos ante un juez, y que se atienden de manera completa, no a medias. También incluye que nadie puede ser tratado diferente o excluido, que tú como ciudadano puedes participar, y que todo debe ser claro y con información abierta. Además, las autoridades deben explicar cómo gastan y qué resultados dan, y estos principios deben aplicarse en todas las áreas sin importar el tema.
- Art. 117Este artículo dice que, para hacer leyes, programas, o cualquier plan de gobierno pensando en los derechos humanos, se deben seguir varios pasos. Primero, hay que identificar quiénes tienen derechos, quiénes deben garantizarlos, y por qué a veces no se cumplen. Luego, hay que ver qué tan listas están las personas para exigir sus derechos y las autoridades para cumplirlos, y diseñar estrategias para mejorar eso. También debes diseñar y evaluar todo con base en lo que dicen la Constitución y los tratados internacionales. Además, se deben crear formas para que la gente exija sus derechos, que las autoridades sean responsables, y que haya medidas para reparar daños y evitar que vuelvan a pasar. Finalmente, hay que incluir a la ciudadanía en la toma de decisiones, considerar las necesidades de cada zona de la ciudad, y asignar recursos suficientes para mejorar poco a poco en derechos humanos, sin dar marcha atrás.
- Art. 118Todas las autoridades deben tomar decisiones pensando en estas 5 perspectivas: 1. **Género**: Significa que las mujeres deben participar igual que los hombres en política, economía y sociedad, y se deben eliminar la violencia y discriminación por ser mujer. Las políticas públicas deben priorizar cerrar las brechas entre hombres y mujeres. 2. **Igualdad y no discriminación**: Quiere decir que nadie debe ser discriminado por su origen, condición o cualquier otra razón. Los programas del gobierno deben tratar a todas las personas por igual y ayudar a quienes están en desventaja para que tengan las mismas oportunidades. 3. **Inclusión**: Se refiere a que todos deben poder participar en la sociedad sin barreras, sin importar sus características. El gobierno debe implementar medidas para que nadie se quede fuera del desarrollo. 4. **Accesibilidad**: Significa que los servicios y derechos deben estar al alcance de todas las personas, sin importar su cultura, economía o condición física. 5. **Niñas, niños y adolescentes**: Las autoridades siempre deben priorizar el bienestar de los menores, garantizando su alimentación, salud, educación y diversión, porque están en pleno desarrollo.
- Art. 119Este artículo dice que todas las autoridades, al hacer su trabajo, deben poner atención especial en las personas que sufren más discriminación, sobre todo las más pobres o las que enfrentan varias exclusiones al mismo tiempo. También deben mejorar cómo recogen y analizan datos, separándolos por cosas como origen, color de piel, edad, discapacidad, género, preferencia sexual o situación migratoria, entre otras. Además, tienen que crear medidas para ayudar a quienes están en desventaja y asegurarse de que la información sobre planes y proyectos sea fácil de entender para todos. Por último, deben hacer pláticas y campañas para promover el respeto y evitar actitudes discriminatorias.
- Art. 120El artículo 120 dice que, al aplicar las leyes o hacer trámites, todas las autoridades deben pensar en cómo afectan sus acciones a diferentes grupos de personas, sobre todo a los más vulnerables. Esto significa que, cuando tomen decisiones, deben procurar que no se dañe el bienestar de nadie y que se respete su capacidad para decidir por sí mismos. También deben fomentar que esas personas participen activamente al tomar decisiones que les afectan. En resumen, no se trata solo de cumplir la ley, sino de hacerlo de manera justa e incluyente para todos.
- Art. 121Las autoridades de la Ciudad de México tienen que usar todos los recursos que tengan a su alcance para que, poco a poco, se cumplan al cien por ciento los derechos que marca la Constitución de la Ciudad. Su obligación es asegurarse de que todos podamos disfrutar de esos derechos al máximo, y que siempre estén disponibles, sean accesibles para todos, funcionen bien y tengan buena calidad. En pocas palabras, deben trabajar para que los derechos sean reales y no solo un papel.
- Art. 122Este artículo dice que, si el gobierno de la Ciudad de México no cumple con lo básico que debe garantizar (como servicios o apoyos), tiene que comprobar que ya usó todo lo que tenía a su alcance para hacerlo. Si hay falta de dinero o recursos, debe asegurarse de que lo poco que haya se use primero para ayudar a los grupos más vulnerables (como personas mayores, con discapacidad o en situación de calle). Además, para saber si los derechos humanos se están respetando, se va a usar un sistema de indicadores, que es como un tablero de medición que permite ver cómo vamos y qué falta por hacer. Por último, este capítulo habla de las medidas de nivelación (acciones para igualar oportunidades) y acciones afirmativas (apoyos extras para grupos que han estado en desventaja).
- Art. 123Las autoridades de la Ciudad de México tienen que meterle mano para que todas las personas reciban un trato digno y exista una igualdad real entre todos. Para lograrlo, van a aplicar medidas de nivelación, inclusión y acción afirmativa, que son acciones especiales para ayudar a quienes han sido discriminados o están en desventaja. Estas medidas son obligatorias para todas las autoridades y deben tomarse en cuenta en todo momento, desde que se planea una política pública hasta que se evalúa si funcionó. En pocas palabras, les exige a las autoridades que trabajen activamente para que nadie quede fuera y todos tamos las mismas oportunidades.
- Art. 124El artículo 124 dice que las "medidas de nivelación" son acciones para quitar obstáculos que impiden a grupos prioritarios (como personas con discapacidad, adultos mayores, mujeres, indígenas, etc.) ejercer sus derechos. Por ejemplo, incluyen hacer accesibles edificios y comunicaciones (como usar braille o lenguas indígenas), adaptar lugares de trabajo para personas con discapacidad, y usar intérpretes de lengua de señas en eventos del gobierno y en la tele. También contemplan eliminar leyes que discriminen al entrar a escuelas o trabajos, igualar prestaciones y oportunidades para que estos grupos puedan tomar decisiones importantes, y fomentar que hombres y mujeres compartan el trabajo de cuidar a otros. En resumen, busca que todas las personas tengan las mismas oportunidades sin importar sus limitaciones.
- Art. 125El artículo 125 explica que las medidas de inclusión son acciones que buscan evitar o corregir que alguien sea excluido o tratado de manera injusta, para que todas las personas puedan disfrutar de sus derechos por igual. Por ejemplo, incluye educar sobre la igualdad y la diversidad en escuelas y fuera de ellas, y asegurarse de que las leyes y programas del gobierno tomen en cuenta la no discriminación. También abarca capacitar a servidores públicos para que no tengan actitudes discriminatorias, hacer campañas de concientización en el gobierno y promover que en el trabajo, la escuela y la sociedad haya las mismas oportunidades para todos. Además, busca que el desarrollo económico y la creación de empleos ayuden a reducir la pobreza, y que los proyectos de infraestructura y servicios públicos sean accesibles para todas las personas, sin importar sus capacidades.
- Art. 126Las acciones afirmativas son medidas especiales y temporales para apoyar a personas o grupos que sufren discriminación. Su objetivo es corregir desigualdades reales en derechos y libertades, y solo se aplican mientras esas condiciones existan. Estas medidas deben ajustarse al problema que buscan resolver, ser legítimas, justas y proporcionales. Por ejemplo, pueden incluir cuotas o porcentajes para que grupos prioritarios, como personas indígenas o con discapacidad, tengan más oportunidades de entrar, quedarse y crecer en escuelas, trabajos o puestos políticos.
- Art. 127Las políticas públicas son planes y acciones del gobierno. Su objetivo es quitar las desigualdades entre las personas, construir una sociedad más justa y asegurar que puedas desarrollarte en igualdad de condiciones. Todo esto se hace para que todas las personas y grupos gocen completamente de sus derechos humanos. Para lograrlo, se crean programas completos que te faciliten el acceso a esos derechos sin que falte nada.
- Art. 128Las políticas públicas (como los programas de ayuda o campañas del gobierno) deben diseñarse, aplicarse y evaluarse siguiendo los derechos humanos reconocidos a nivel internacional. También deben tomar en cuenta los estudios que haga el Sistema (el organismo encargado), las ideas de grupos nacionales y extranjeros expertos en el tema, y los datos estadísticos que den las autoridades locales y federales. En pocas palabras, el gobierno no puede hacer lo que quiera: tiene que basarse en derechos humanos, investigaciones y cifras oficiales para crear sus planes de trabajo.
- Art. 129Si haces estadísticas o informes sobre derechos humanos en la Ciudad de México, debes respetar los derechos de las personas y medir cosas como: cuánta gente de diferentes edades, sexo, origen étnico y por cada alcaldía está afectada; cuántas personas reciben ayuda de programas; cuántas violaciones a derechos humanos ocurren y de qué tipo; cuánto dinero público se gasta en estos temas; y además hacer estudios y publicar todo lo que encuentres. Toda esta información debe estar en formatos abiertos (que cualquiera pueda usar) y ser compatible con otros datos nacionales e internacionales para ver si la situación mejora con los años.
- Art. 130El gobierno de la Ciudad de México está obligado a planear su presupuesto pensando primero en los derechos de las personas y la igualdad entre hombres y mujeres. Toda la información sobre el dinero que se gasta en estos temas debe estar disponible para cualquier persona, sin que tengas que pedirla. Además, el presupuesto para derechos humanos tiene que crecer cada año, al menos al mismo ritmo que la economía del país, según lo que autorice el Congreso. Los recursos para estos programas son una prioridad, y se pueden completar con dinero del gobierno federal o de organismos internacionales. Finalmente, el Congreso debe destinar los fondos necesarios para garantizar estos derechos, distribuyéndolos de manera justa y transparente.
- Art. 131Estos programas y recursos que se usan para proteger tus derechos humanos son cosa seria y no se pueden dejar en segundo plano. O sea, el gobierno debe darles prioridad sobre otros gastos y considerarlos como algo que beneficia a toda la sociedad, no solo a unas personas. Esto quiere decir que no pueden recortarlos o quitarles dinero fácilmente, porque son para garantizar que se respeten derechos como la salud, la educación o la libertad. En pocas palabras, es una regla que obliga a que siempre haya fondos para defender los derechos de todos.
- Art. 132El jefe de Gobierno propone al Congreso cuánto dinero se va a gastar, y el Congreso lo aprueba. Al hacer ese presupuesto, deben pensar en cuidar y promover los derechos humanos de todas las personas. Es decir, el dinero que se gasta debe servir para que nadie sufra injusticias ni abusos, sino que se respete su dignidad. Esto aplica para todo el país, no solo para la capital.
- Art. 133El dinero que el gobierno destina a defender y promover los derechos humanos debe repartirse de manera justa y transparente. Esto significa que se tiene que priorizar a quienes más lo necesitan, sin esconder cómo se gasta. Además, el presupuesto debe ir aumentando poco a poco, nunca reduciéndose. Todo esto se hace siguiendo las reglas que ya están establecidas en la ley.
- Art. 134El dinero que la Ciudad de México aparta en su presupuesto para proteger y promover los derechos humanos se puede aumentar con recursos del gobierno federal, de organismos internacionales o de empresas y particulares. O sea, no solo el gobierno local pone el dinero; también pueden ayudar otros para que estos derechos se cumplan mejor.