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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-constitucional-derechos-humanos-garantias/8
Ley
Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Artículo
8

Artículo 8 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La dignidad humana es la base más importante de todos tus derechos, según la Constitución de tu estado. Eso significa que cada persona vale por sí misma y nunca debe ser usada como un simple instrumento para que otros, como autoridades o empresas, logren sus intereses. Cuando se apliquen o interpreten las leyes sobre derechos humanos, siempre se debe favorecer la protección más amplia para ti. En pocas palabras, nadie puede tratarte como si solo sirvieras para algo, porque tu valor como persona es lo primero.

Texto oficial

Artículo 8. En términos de la Constitución Local, la dignidad humana es principio rector supremo y sustento de los derechos humanos. Toda persona es un fin en sí misma. Ninguna persona es un medio de individuos, autoridades o corporaciones. En la aplicación e interpretación de las normas de derechos humanos prevalecerá el principio pro persona.

Ver texto oficial de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.