- Ley
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Artículo
- 8
Artículo 8 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La dignidad humana es la base más importante de todos tus derechos, según la Constitución de tu estado. Eso significa que cada persona vale por sí misma y nunca debe ser usada como un simple instrumento para que otros, como autoridades o empresas, logren sus intereses. Cuando se apliquen o interpreten las leyes sobre derechos humanos, siempre se debe favorecer la protección más amplia para ti. En pocas palabras, nadie puede tratarte como si solo sirvieras para algo, porque tu valor como persona es lo primero.
Texto oficial
Artículo 8. En términos de la Constitución Local, la dignidad humana es principio rector supremo y sustento de los derechos humanos. Toda persona es un fin en sí misma. Ninguna persona es un medio de individuos, autoridades o corporaciones. En la aplicación e interpretación de las normas de derechos humanos prevalecerá el principio pro persona.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.