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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-constitucional-derechos-humanos-garantias/9
Ley
Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Artículo
9

Artículo 9 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El gobierno de la Ciudad está obligado a tratar a todas las personas por igual, sin importar cómo sean o de dónde vengan. Para lograrlo, deben tomar acciones que ayuden a quienes han estado en desventaja, como crear apoyos especiales o programas que les den las mismas oportunidades. Por ejemplo, si alguien tiene una discapacidad, deben poner rampas o darle herramientas para que pueda participar como los demás. Esto aplica a cualquier diferencia, como género, edad, origen étnico o situación económica. En pocas palabras, la ley busca que nadie se quede atrás y que todos tengan las mismas oportunidades reales.

Texto oficial

Artículo 9. Las autoridades de la Ciudad garantizarán la igualdad sustantiva entre todas las personas sin distinción por cualquiera de las condiciones de diversidad humana y social. Para ello, las autoridades adoptarán medidas de nivelación, inclusión y acción afirmativa para la protección de estas condiciones.

Ver texto oficial de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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