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Ley
Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Artículo
116

Artículo 116 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todas las acciones del gobierno o instituciones deben seguir estos principios al aplicar los derechos humanos. Significa que los derechos son para todas las personas sin excepción, que puedes exigir que se cumplan y llevarlos ante un juez, y que se atienden de manera completa, no a medias. También incluye que nadie puede ser tratado diferente o excluido, que tú como ciudadano puedes participar, y que todo debe ser claro y con información abierta. Además, las autoridades deben explicar cómo gastan y qué resultados dan, y estos principios deben aplicarse en todas las áreas sin importar el tema.

Texto oficial

Artículo 116. Los principios que regirán la implementación del enfoque de derechos humanos serán, al menos, los siguientes: Universalidad; Exigibilidad y justiciabilidad; Integralidad; Igualdad y no discriminación; Participación ciudadana; Transparencia; Rendición de cuentas; Efectividad; y Transversalidad.

Ver texto oficial de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.