- Ley
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Artículo
- 100
Artículo 100 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 100 dice que el gobierno tiene la obligación de garantizar que todas las personas, incluyendo visitantes, puedan acceder y disfrutar de la cultura y el patrimonio (como monumentos, tradiciones o lugares naturales), sin importar su origen, condición física o ideas, y sin discriminación. También asegura que comunidades, pueblos originarios y cualquier grupo puedan participar activamente en actividades culturales, protegerlas y difundirlas, siempre con respeto a su dignidad y sin censura. Finalmente, tanto el gobierno como el Congreso deben crear políticas y leyes para que este derecho a la cultura se cumpla, tomando en cuenta las necesidades de cada tipo de población (como niños, adultos mayores o personas con discapacidad).
Texto oficial
Artículo 100. El Gobierno garantizará a todos los ciudadanos y visitantes el derecho al acceso a la cultura, uso, disfrute y protección de los derechos culturales y al patrimonio cultural y natural, material e inmaterial en condiciones de igualdad, diversidad, accesibilidad, equidad y no discriminación en las condiciones que establezca la Constitución Local, la Ley en la materia y otros instrumentos nacionales e internacionales. Se garantizará que las personas, pueblos, barrios originarios, comunidades y colectivos tengan acceso a la cultura, participen activamente y coadyuven a la protección, investigación, promoción y difusión de los derechos culturales y del patrimonio material e inmaterial, cultural y natural y que puedan participar en aquella que sea de su elección en condiciones de igualdad, dignidad humana, no discriminación y sin censura, en los términos establecidos por la Constitución Local, las leyes en la materia y otros instrumentos nacionales e internacionales. Será responsabilidad del Gobierno local y el Congreso, la elaboración de políticas o instrumentos que garanticen el derecho a la cultura según las características de los grupos de población. Capítulo IX. De la Ciudad segura
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.