- Ley
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Artículo
- 114
Artículo 114 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las personas tenemos obligaciones con nuestra comunidad, porque solo dentro de ella podemos desarrollarnos libremente. Tanto las autoridades como los ciudadanos, familias, empresas y organizaciones somos responsables de que se cumplan los derechos humanos. Entre tus deberes están: respetar la integridad y derechos de los demás, no discriminar, cuidar el medio ambiente, no maltratar animales, participar en decisiones públicas y denunciar cualquier acto que viole los derechos humanos. También debes respetar la privacidad de los demás, no interferir en su libertad de expresión y contribuir con las tareas del hogar y el sustento de tu familia.
Texto oficial
Artículo 114. Toda persona tiene deberes respecto de la comunidad y dentro de ella, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad. Todos los miembros de la sociedad, las autoridades, los particulares, las familias, las comunidades, las organizaciones sociales y las de la sociedad civil y el sector empresarial privado, son responsables de la realización de los derechos en diversas medidas. Toda persona, entre otros, tiene los siguientes deberes en materia de derechos humanos: Respetar la integridad física y mental, así como los derechos y libertades de las demás personas y no participar en violaciones a los mismos; Participar en la protección de la democracia, la promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales y la contribución al fomento y progreso de la sociedad, instituciones y procesos democráticos; Brindar un trato respetuoso y sin discriminación a las demás personas; No interferir con la libertad de expresión ni con el derecho de otras personas a tener opiniones; Participar en la toma de decisiones públicas, de conformidad con los mecanismos de democracia directa, representativa y participativa; Contribuir de manera equitativa con las tareas del cuidado y el sustento económico de su familia; Respetar el derecho a la privacidad e intimidad de las personas, absteniéndose de interferir de manera arbitraria, oculta o injustificada en la vida privada, familia, domicilio o comunicaciones de los demás; así como de realizar ataques contra su honra y reputación; Respetar y proteger los recursos naturales; prevenir y evitar daños al medio ambiente y, en su caso, reparar los daños que hubiere causado; Asumir prácticas de producción y hábitos de consumo en armonía con los recursos naturales y ayudar en la medida de lo posible a establecer las condiciones que permitan garantizar la subsistencia y regeneración del ambiente y los recursos naturales; Brindar un buen trato y respetar a los animales, no incurrir en prácticas de maltrato y abandono; Conducirse de acuerdo con una cultura de paz y derechos humanos, y Denunciar todo acto que atente contra el ejercicio de los derechos humanos ante las autoridades correspondientes. TÍTULO SEXTO ENFOQUE DE DERECHOS HUMANOS Capítulo I. Lineamientos para la implementación del enfoque de derechos humanos
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.