- Ley
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Artículo
- 113
Artículo 113 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Comisión de Derechos Humanos va a ayudar a que el gobierno local cumpla con sus obligaciones de respetar los derechos humanos. Puede hacer observaciones, recomendaciones, propuestas o informes sobre leyes o acciones del gobierno, y decidir si los hace públicos o no. Por otro lado, el Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México puede crear formas de trabajo para diseñar y promover políticas contra la discriminación, y coordinar con escuelas, organizaciones y otras dependencias. También puede revisar y evaluar lo que hacen las autoridades en este tema. Esto quiere decir que tanto las personas como los particulares también tienen responsabilidad en materia de derechos humanos.
Texto oficial
Artículo 113. La Comisión de Derechos Humanos coadyuvará en el cumplimiento de las obligaciones de los poderes públicos locales en materia de derechos humanos. Podrá, para el ejercicio de su autonomía, realizar observaciones, dictámenes, iniciativas, recomendaciones, propuestas e informes sobre las disposiciones legislativas, administrativas y relativas a garantizar los derechos humanos, los cuales podrá decidir hacer públicos. El Consejo para Prevenir y Eliminar la Discriminación de la Ciudad de México podrá, en términos de la ley que lo crea, desarrollar mecanismos para coordinar, diseñar, implementar y promover políticas públicas para prevenir y eliminar la discriminación en la Ciudad de México, así como para desarrollar mecanismos de coordinación con entes públicos, instituciones académicas y organizaciones de la sociedad civil y dar seguimiento y evaluar las acciones de los entes públicos en materia de prevención y erradicación de la discriminación. Capítulo II. Corresponsabilidad de las personas y los particulares en materia de derechos humanos
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.