- Ley
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Artículo
- 67
Artículo 67 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las autoridades de la Ciudad deben quitar poco a poco los obstáculos que hacen que ciertos grupos tengan menos oportunidades y no puedan disfrutar de sus derechos. Esto lo harán siguiendo el Programa de Derechos Humanos. Para lograrlo, van a tomar medidas como tratar a todas las personas por igual, crear programas de empleo, educación, salud y vivienda pensados en las necesidades de estos grupos, y evitar que sean castigados o acosados por ser diferentes. También van a hacer obras accesibles para todos, lanzar campañas contra la discriminación y la violencia, y dar a conocer los derechos de estos grupos para que sean visibles en la sociedad.
Texto oficial
Artículo 67. Las autoridades de la Ciudad, en el ámbito de sus respectivas competencias y bajo orientación del Programa de Derechos Humanos eliminarán progresivamente las barreras y obstáculos que mantienen las desigualdades estructurales e impiden el ejercicio pleno de los derechos y libertades fundamentales de los grupos de atención prioritaria, para lo cual adoptarán las medidas necesarias que promuevan y garanticen su inclusión efectiva en la sociedad a través de las siguientes medidas, entre otras: La transversalización de la igualdad sustantiva; El diseño, implementación y evaluación de políticas y programas en materia de empleo, educación, salud, desarrollo social, vivienda, movilidad, entre otros, con enfoque de derechos humanos y de género, que atiendan las necesidades específicas de los grupos de atención prioritaria; La promoción de la participación paritaria; La no criminalización, represión, reclusión o acoso motivado por cualquiera de las condiciones de la diversidad humana y social; La planeación, desarrollo y ejecución de obras en la Ciudad accesibles, aceptables, adaptables y de calidad, con un enfoque de diseño universal; Campañas permanentes para combatir la discriminación, la exclusión y la violencia en todas sus formas; La adopción de medidas de nivelación con enfoque de atención diferencial, atendiendo las causas multifactoriales de la discriminación; y El desarrollo e implementación de estrategias para su visibilización y promoción de sus derechos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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