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Ley
Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Artículo
70

Artículo 70 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema de Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de tu ciudad se encarga de hacer que ellos puedan opinar y participar en los asuntos que les afectan, y también de crear políticas públicas para que sus derechos se respeten al cien por ciento. Además, este sistema debe coordinar todas las acciones necesarias para que las leyes y programas tomen en cuenta los derechos humanos de la infancia y adolescencia. Los funcionarios públicos que forman parte de este sistema tienen que actuar siguiendo las reglas internacionales y siempre pensando primero en lo que sea mejor para las niñas, niños y adolescentes.

Texto oficial

Artículo 70. El Sistema de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad será el encargado de coordinar la elaboración de mecanismos que garanticen la participación de las niñas, niños y adolescentes en los procesos que les atañen, así como la elaboración de políticas públicas en la materia para asegurar el ejercicio efectivo e irrestricto de sus derechos. De igual manera, este sistema llevará a cabo las acciones necesarias y suficientes para la alineación, transversalización, diseño e implementación de la política pública con perspectiva de derechos humanos de la infancia y adolescencia de las personas en la Ciudad. La actuación de las personas servidoras públicas que integren dicho Sistema, deberán regirse conforme a los estándares internacionales en la materia, procurando siempre el interés superior de las niñas, niños y adolescentes.

Ver texto oficial de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.