- Ley
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Artículo
- 21
Artículo 21 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los jueces de tutela son quienes atienden las quejas de la gente cuando creen que les violaron sus derechos humanos. Para presentar esa queja no necesitas hacer trámites complicados: puedes hacerlo de palabra o por escrito, en cualquier momento, y sin tener que cumplir con muchos requisitos. Además, si al presentar tu queja te faltan datos o te explicas mal, el juez debe ayudarte a completarla; a eso se le llama "suplir la deficiencia de la queja". Otra cosa importante: las autoridades tienen la obligación de investigar y demostrar que SÍ respetaron tus derechos, no al revés. El juez también puede ordenar medidas urgentes para protegerte y sancionar a quien no cumpla con lo que él ordene.
Texto oficial
Artículo 21. De conformidad con el artículo 36, apartado B, numeral 3 de la Constitución Local, los jueces de tutela conocerán y resolverán las acciones de protección efectiva que les sean presentadas por posibles violaciones a los derechos humanos. Los requisitos y procedimientos de sustanciación serán los establecidos por la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Ciudad de México. Las reclamaciones de tutela se interpondrán en cualquier momento, sin mayores formalidades y a través de solicitud oral o escrita, y en todos los casos aplicará la suplencia en la deficiencia de la queja. En todo caso, corresponderá a las autoridades investigar y acreditar que no existió la violación a derechos humanos. Los jueces de tutela podrán dictar las medidas cautelares y de apremio, así como las sanciones que procedan en caso de incumplimiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.