- Ley
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Artículo
- 97
Artículo 97 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno de la Ciudad, junto con las alcaldías, se encarga de crear, rescatar y arreglar lugares públicos como parques, plazas o calles. También deben poner en marcha proyectos para usar mejor lo que ya existe, mejorar la imagen de la ciudad, cuidar las áreas verdes y hacer más espacios para los peatones. En las zonas más pobres o marginadas, se van a hacer programas de mejoramiento de barrios donde los vecinos pueden participar. El objetivo de estos programas es que la gente use, arregle y recupere los espacios públicos de esas colonias.
Texto oficial
Artículo 97. El Gobierno, por conducto de las dependencias y entidades competentes, en conjunto con las alcaldías, estarán encargados de la creación, rescate y rehabilitación de espacios públicos, así como de la implementación de proyectos encaminados al aprovechamiento de la infraestructura existente en favor de las mayorías, la mejora de la imagen urbana, la protección de áreas verdes e implementación de políticas enfocadas al mejoramiento de espacios para el peatón. En las zonas de mediana, alta y muy alta marginalidad de la Ciudad, se implementarán, con la participación ciudadana, programas de mejoramiento barrial comunitario, cuyo objetivo es fomentar el uso, rehabilitación y recuperación de espacios públicos ubicados en dichas zonas.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.