- Ley
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Artículo
- 132
Artículo 132 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El jefe de Gobierno propone al Congreso cuánto dinero se va a gastar, y el Congreso lo aprueba. Al hacer ese presupuesto, deben pensar en cuidar y promover los derechos humanos de todas las personas. Es decir, el dinero que se gasta debe servir para que nadie sufra injusticias ni abusos, sino que se respete su dignidad. Esto aplica para todo el país, no solo para la capital.
Texto oficial
Artículo 132. A propuesta de la persona titular de la Jefatura, el Congreso destinará, a través del Presupuesto de Egresos, los recursos económicos desde una perspectiva de derechos humanos para contribuir en el respeto, protección, promoción y garantía de estos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.