Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-constitucional-derechos-humanos-garantias/60
Ley
Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Artículo
60

Artículo 60 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que nadie te puede sacar de tu casa por la fuerza si no hay una orden de un juez que lo autorice, siguiendo las reglas de la Constitución y las leyes. Las autoridades deben asegurarse de que tengas oportunidad de defenderte antes de que te desalojen, y siempre deben buscar llegar a un acuerdo entre tú y quien te quiere desalojar, sin llegar a los golpes ni a la violencia. Si te desalojan, tienes derecho a pedirle al gobierno que te meta en sus programas de vivienda para que no te quedes en la calle. En pocas palabras, nadie puede echarte de tu hogar sin una orden judicial válida y sin darte chance de hablar.

Texto oficial

Artículo 60. Ninguna persona podrá ser desalojada sin mandamiento judicial emitido de conformidad a las disposiciones constitucionales y legales aplicables al caso concreto. Las leyes en la materia establecerán los procedimientos y modalidades para garantizar el derecho de audiencia, respetar el debido proceso, y procurar en todo momento, la mediación y la conciliación; además de cumplir con las formalidades esenciales del procedimiento. Las personas afectadas por un acto de desalojo, podrán solicitar a las autoridades correspondientes, su incorporación a los programas de vivienda.

Ver texto oficial de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.