- Ley
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Artículo
- 30
Artículo 30 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las familias, sin importar quiénes las formen (papá y mamá, solo un papá o una mamá, abuelos criando a sus nietos, etc.), tienen los mismos derechos y están protegidas por la ley. Nadie puede ser separado de su familia por la fuerza y sin una razón muy grave, como un peligro real para su vida. El gobierno de la Ciudad reconoce que las familias son súper importantes porque crían a los niños, enseñan valores y cuidan a sus miembros, por lo que deben recibir apoyo para tener suficiente dinero y cubrir sus necesidades básicas. Para que las familias estén bien, las autoridades tienen que ofrecer servicios públicos de calidad y accesibles, como guarderías o centros de apoyo, y darle prioridad a las que están en situaciones difíciles, como las familias con un solo padre o madre, con personas con discapacidad, adultos mayores, presos o víctimas de algún delito.
Texto oficial
Artículo 30. Las familias, sin importar su composición, son sujetos de derechos. Todas las estructuras, manifestaciones y formas de comunidad familiar son reconocidas y protegidas en igualdad de derechos. Toda persona tiene derecho a fundar una familia y a la convivencia familiar, así como a no ser separado arbitrariamente de ésta, salvo riesgo o peligro grave. La Ciudad reconoce el aporte que realizan las familias a la construcción y al bienestar de los seres humanos y de la sociedad. Su contribución al cuidado y atención de las y los diversos integrantes del grupo; a la crianza y desarrollo de los niños, niñas y adolescentes; a la formación de sus identidades; a su desarrollo socioafectivo y psicoemocional; a apoyar los procesos de socialización y vida en democracia; a la transmisión de saberes para la vida y de valores culturales, éticos y sociales. Las políticas públicas en favor de las familias deberán contemplar la garantía de un ingreso suficiente para cubrir las necesidades básicas de todos los integrantes de la familia y apoyo en sus labores de cuidado. Para proteger los derechos de las personas integrantes de las familias, garantizar su desarrollo y que éstos cubran sus requerimientos biológicos, psicoemocionales, de seguridad y educativo-culturales, las autoridades de la Ciudad promoverán la generación de servicios públicos de calidad, suficientes, asequibles y accesibles en la materia; fomentarán la oferta pública y privada de esos servicios; formalizarán y formarán a las personas que se dedican a esta actividad y desarrollarán mecanismos de protección social para las mismas. Se otorgará atención prioritaria a las familias en situación de vulnerabilidad, monoparentales o que tengan como integrantes a personas con discapacidad u otras condiciones, personas mayores, personas en reclusión o privadas de su libertad y familias de víctimas
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.