- Ley
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Artículo
- 36
Artículo 36 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes derecho a que las autoridades te traten bien y resuelvan tus asuntos rápido, sin favoritismos y con reglas claras. Puedes pedir información o hacer solicitudes, y deben responderte de manera que entiendas y en poco tiempo. Si una autoridad toma una decisión que te afecte, tienes derecho a que te escuchen antes, excepto en temas muy específicos como seguridad pública o impuestos. También puedes exigir que te expliquen por qué tomaron esa decisión y, si te causan un daño, pedir que te lo reparen. Si sientes que no respetaron este derecho, puedes quejarte ante un tribunal especial solo con demostrar que el asunto te importa directamente.
Texto oficial
Artículo 36. La buena administración constituye un derecho fundamental de las personas y un principio de actuación para los poderes públicos, que implica que las autoridades traten y resuelvan sus asuntos de manera imparcial y equitativa dentro de un plazo razonable, de conformidad con el debido proceso administrativo, a través de mecanismos accesibles e incluyentes, así como: Formular peticiones que deberán ser atendidas por las autoridades de forma comprensible y en breve término; Audiencia previa a todo acto de autoridad que afecte sus derechos, salvo en las materias penal, fiscal, financiera, protección civil y seguridad pública, en los supuestos que señalen las leyes; Tener acceso a la información pública y al expediente que concierna, en cualquier momento, de forma veraz, completa, adecuada, oportuna, expedita, asequible y accesible, con respeto a la confidencialidad, reserva y la protección de datos personales; Que las autoridades funden y motiven sus decisiones de acuerdo con las leyes, planes y programas correspondientes; y La reparación de los daños causados por la actuación de las autoridades, de acuerdo con la ley en la materia. La buena administración pública deberá centrarse en la persona, conforme a los principios de generalidad, uniformidad, derecho a la información, transparencia, regularidad, continuidad, calidad, rendición de cuentas, participación ciudadana y uso de tecnologías de la información y la comunicación. Para tales efectos, la administración pública se regirá bajo los principios del gobierno abierto. El derecho a la buena administración comprende que la prestación de los servicios públicos se realice en condiciones de trato digno y respetuoso, claridad, prontitud, disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad, aceptabilidad, adaptabilidad, calidad y con la participación ciudadana, a fin de garantizar el ejercicio de los derechos de las personas. El combate a la corrupción y la profesionalización de las personas servidoras públicas son componentes de este derecho. El Gobierno de la Ciudad proveerá interpretación y traducción y los mecanismos necesarios para la prestación de los servicios públicos a la población en su lengua indígena, población con discapacidad y en situación de vulnerabilidad. De conformidad con lo que dispongan las leyes, las personas podrán impugnar cualquier acto u omisión de las autoridades que vulnere su derecho a la buena administración, para lo cual será suficiente acreditar un interés legítimo. La Ley de Justicia Administrativa establecerá un mecanismo ágil y accesible para reparar de forma oportuna el daño derivado de las violaciones al derecho a la buena administración de las autoridades de la ciudad. Cualquier resolución o acto administrativo de las instancias de la Administración Pública de la Ciudad que a juicio de los afectados vulnere sus derechos humanos podrá ser recurrido ante el Tribunal de Justicia Administrativa de conformidad con el artículo 40, numeral 2, fracción V, de la Constitución Local.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.