- Ley
- Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
- Artículo
- 42
Artículo 42 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Tienes derecho a que nadie meta las narices en tu vida privada ni en la de tu familia. Nadie puede recopilar tus datos personales sin que tú digas "sí, está bien" de manera clara y solo para cosas legales y justas. Cuando te pidan permiso para usar tus datos, te lo deben explicar bien fácil de entender, y si después te arrepientes, debe ser sencillo decir "ya no quiero". Además, puedes pedir saber si tienen tu información, dónde, para qué la usan y obtener copias gratis de todo lo que tengan de ti. Las autoridades de la Ciudad de México te tienen que garantizar que puedas corregir tus datos, cancelarlos, oponerte a que los usen, ver tu expediente (pero cuidando tu privacidad) y que haya castigos para quien se pase de listo con esta ley.
Texto oficial
Artículo 42. Toda persona tiene derecho a que se respete y proteja su privacidad individual y familiar, sus datos personales sólo podrán recopilarse mediante consentimiento expreso y con fines legítimos. El consentimiento para el manejo de los datos personales debe ser conseguido con condiciones inteligibles y fáciles de entender, y debe ser sencillo retractarse del mismo. Las personas tienen derecho a saber si su información está siendo procesada, en dónde y con qué objeto, así como obtener copias, sin cargos, de los datos personales que sobre ellas posean. Las autoridades de la Ciudad de México cumplirán con las siguientes garantías para todas las personas: Acceso, rectificación y cancelación de sus datos personales, así como a manifestar su oposición respecto del tratamiento de estos, en los términos que disponga la ley; Acceso al expediente correspondiente, con respeto a la confidencialidad, reserva y protección de datos personales; y Acceso a los mecanismos que garanticen el cumplimiento y la efectiva aplicación de las medidas de apremio que correspondan para aquellas conductas que contravengan las disposiciones previstas en esta Ley y demás disposiciones aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.