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Ley
Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México
Artículo
106

Artículo 106 de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que las autoridades de la Ciudad, cuando tengan que reparar un daño que causaron, deben seguir las leyes que ya existen para proteger a las víctimas. Para que la reparación sea completa y efectiva, tienen que considerar varias cosas: que es tanto una obligación del gobierno como un derecho de las personas afectadas, y que hay víctimas directas (las que sufrieron el daño) e indirectas (como su familia). También deben calcular todo tipo de daños, no solo los materiales, sino también los emocionales, psicológicos, físicos, o los que afectan tu proyecto de vida, tu familia o ingresos. Además, la reparación incluye medidas como devolver las cosas a como estaban antes, ayudar a que te recuperes, asegurarse de que no vuelva a pasar, investigar quién fue el responsable, castigarlo y pagar una indemnización.

Texto oficial

Artículo 106. Las autoridades de la Ciudad que se encuentren obligadas a reparar el daño de manera integral deberán observar lo establecido en las leyes generales y locales sobre víctimas. Para llevar a cabo una reparación integral de daño efectiva se deberá tomar en cuenta lo siguiente: La doble dimensión de la reparación: como una obligación por parte del Estado y como derecho fundamental de las víctimas; Las víctimas directas e indirectas; Cuantificación del daño: inmaterial, daño moral y psicológico, físico, daño al proyecto de vida, daños colectivos y sociales, daño material, daño emergente, lucro cesante o pérdida de ingresos, daño al patrimonio familiar, entre otras; y Aplicación de medidas de reparación integral que contemplen la restitución, rehabilitación, satisfacción de garantías de no repetición, obligación de investigar los hechos, determinar responsables, sancionar y la indemnización compensatoria. TÍTULO QUINTO OBLIGACIONES EN MATERIA DE DERECHOS Capítulo I. De las obligaciones de las autoridades locales

Ver texto oficial de la Ley Constitucional de Derechos Humanos y sus Garantías de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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