- Ley
- Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal
- Artículo
- 25
Artículo 25 de la Ley de Cuidados Alternativos para Niñas, Niños y Adolescentes en el Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) va a ayudar a que las familias, las comunidades y los territorios se fortalezcan. La idea es que entre todos se generen espacios donde los niños, niñas y adolescentes puedan ejercer sus derechos plenamente, sobre todo dentro de su propia casa y con su familia. También busca evitar que los menores terminen en instituciones (como albergues o centros de asistencia) o que queden excluidos de la sociedad. En pocas palabras, el DIF debe trabajar para que los niños y jóvenes crezcan en un entorno familiar sano y no sean separados de su hogar si no es necesario.
Texto oficial
Artículo 25. El Sistema para el Desarrollo Integral de , deberá coadyuvar para fortalecer y promover un entramado familiar, comunitario y territorial que potencie la creación de espacios de articulación para el desarrollo pleno de los derechos humanos de niñas, niños y adolescentes en el ámbito local, permitiendo el goce efectivo de sus derechos dentro de la convivencia familiar, previniendo situaciones de institucionalización y de exclusión.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.