- Ley
- Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
- Artículo
- 93
Artículo 93 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si firmaste un acuerdo en una mediación o conciliación a la que te mandó un juez y no lo cumples, te pueden castigar con arresto de 6 a 24 horas o con una multa de entre 1 y 30 veces la Unidad de Medida (que es como un valor de referencia que se actualiza cada año). La persona a la que le afectó tu incumplimiento tiene 15 días para pedirle al juez que te aplique el castigo que ya te habían advertido. Pero si ya pasaron más de seis meses desde que firmaste el acuerdo, el juez ya no puede actuar a menos que la persona afectada presente una nueva queja.
Texto oficial
Artículo 93.- A quien incumpla el convenio de conciliación o el de mediación o re-mediación cuando la Persona Juzgadora haya remitido a las partes a ese procedimiento, se le impondrá un arresto de 6 a 24 horas o una multa de 1 a 30 veces la Unidad de Medida. A partir del incumplimiento del convenio, la persona afectada tendrá 15 días para solicitar que se haga efectivo el apercibimiento. Transcurridos seis meses a partir de la firma del convenio, sólo se procederá por nueva queja que se presentare.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.