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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-cultura-civica/93
Ley
Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México
Artículo
93

Artículo 93 de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si firmaste un acuerdo en una mediación o conciliación a la que te mandó un juez y no lo cumples, te pueden castigar con arresto de 6 a 24 horas o con una multa de entre 1 y 30 veces la Unidad de Medida (que es como un valor de referencia que se actualiza cada año). La persona a la que le afectó tu incumplimiento tiene 15 días para pedirle al juez que te aplique el castigo que ya te habían advertido. Pero si ya pasaron más de seis meses desde que firmaste el acuerdo, el juez ya no puede actuar a menos que la persona afectada presente una nueva queja.

Texto oficial

Artículo 93.- A quien incumpla el convenio de conciliación o el de mediación o re-mediación cuando la Persona Juzgadora haya remitido a las partes a ese procedimiento, se le impondrá un arresto de 6 a 24 horas o una multa de 1 a 30 veces la Unidad de Medida. A partir del incumplimiento del convenio, la persona afectada tendrá 15 días para solicitar que se haga efectivo el apercibimiento. Transcurridos seis meses a partir de la firma del convenio, sólo se procederá por nueva queja que se presentare.

Ver texto oficial de la Ley de Cultura Cívica de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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