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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-derecho-bienestar-igualdad-social/78
Ley
Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México
Artículo
78

Artículo 78 de la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Las decisiones del juez o autoridad encargada deben basarse en ser justos sin favoritismos, actuar con honestidad, cumplir la ley a rajatabla, dar certeza de que lo resuelto no cambiará de manera repentina, y no cobrarte por el servicio. Todo esto aplica sin importar quién seas o de qué lado estés, así garantizan que el proceso sea parejo para todos.

Texto oficial

Artículo 78. Las resoluciones emitidas por el órgano competente se sustentarán en los principios de imparcialidad, buena fe, legalidad, certidumbre jurídica y gratuidad.

Ver texto oficial de la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.