Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es obligatoria para todos en la Ciudad de México y su objetivo principal es garantizar tu derecho al bienestar. Eso significa que la ley busca que puedas vivir con dignidad, desarrollar tus capacidades y estar libre de pobreza, disfrutando plenamente de todos tus derechos, como la salud, la educación o la vivienda. Para lograrlo, se crea un sistema que obliga al gobierno a trabajar de manera coordinada en políticas sociales y económicas. La idea es reducir la desigualdad entre las personas y las diferentes zonas de la ciudad, asegurando que todos tengamos las mismas oportunidades y acceso a los servicios básicos. También se busca quitarle la carga del bienestar solo a las mujeres y a las familias, para que el Estado y la sociedad en general compartan esa responsabilidad. Por último, la ley promueve que todas las personas, comunidades y organizaciones puedan participar en la creación de estas políticas para mejorar la vida en la ciudad.
- Art. 2El artículo 2 dice que si esta ley no cubre algún caso, se usan las reglas de la Ley del Sistema de Planeación del Desarrollo de la Ciudad de México y otras leyes o reglamentos relacionados con el mismo tema. O sea, es como un respaldo: si algo no está especificado aquí, se aplica lo que digan esas otras normas. Esto sirve para evitar que queden vacíos legales sin resolver.
- Art. 3Este artículo es como un diccionario de la ley. Te dice el significado exacto de palabras y frases clave para que todas las personas entiendan lo mismo al leerla. Por ejemplo, cuando la ley diga "Ciudad", se refiere a la Ciudad de México, y "Gobierno" es el Gobierno de la Ciudad de México. También explica qué son los "Grupos de atención prioritaria", como las personas de la comunidad LGBTTTI+, que necesitan un trato especial por haber sido discriminadas. Al final, sirve para que no te pierdas con tanto término legal y sepas a qué se refiere cada concepto.
- Art. 4El gobierno de la Ciudad, al crear programas y políticas sobre igualdad y bienestar, debe seguir estos principios: - **Universalidad**: Todos los que viven en la Ciudad tienen derecho a acceder a educación, salud, cultura y a disfrutar de los espacios públicos, buscando mejorar su calidad de vida. - **Progresividad y no regresividad**: Los derechos deben ampliarse cada vez más, sin que puedan quitarse o reducirse los que ya se tienen. - **Indivisibilidad**: Todos los derechos (económicos, sociales, culturales y ambientales) están conectados y se necesitan unos a otros; no puedes separarlos. - **Exigibilidad**: Puedes reclamar que se cumplan estos derechos, y el gobierno debe establecer reglas y procesos para que eso sea posible. - **Igualdad**: El objetivo es que todas las personas tengan las mismas oportunidades, recursos y resultados, reduciendo las diferencias entre ricos y pobres, y entre distintas zonas de la ciudad. - **No discriminación**: Nadie puede ser excluido por su sexo, edad, origen, religión, situación económica o cualquier otra característica; está prohibido negar derechos por estos motivos. - **Interseccionalidad**: Se reconoce que las desventajas se acumulan: por ejemplo, ser mujer, pobre y migrante puede hacer que la exclusión sea más fuerte. - **Enfoque de derechos**: Las personas son dueñas de sus derechos, y al crear políticas, el gobierno debe basarse en estándares de dignidad humana, evaluando siempre que se cumplan. - **Diversidad**: Se acepta que la Ciudad es pluricultural, es decir, que hay muchas culturas y formas de vida diferentes.
- Art. 5Este artículo dice que el gobierno de la Ciudad de México debe enfocar sus esfuerzos en que todas las personas puedan vivir sin pobreza y reducir las diferencias entre la gente. La pobreza se define como cuando tú o tu familia no pueden cubrir necesidades básicas como comida, salud, educación, vivienda, transporte, diversión, servicios o tiempo libre de manera estable y suficiente. La desigualdad social pasa cuando el dinero, los bienes, los servicios, los derechos, el tiempo libre y el poder político se reparten de forma injusta entre distintos grupos o clases de personas.
- Art. 6Este artículo dice que la política de bienestar en la Ciudad de México busca que todas las personas vivan sin pobreza y sin desigualdades. La meta es que la ciudad sea más justa, que se respete la diversidad, que todos tengan acceso a servicios públicos y que mejore la calidad de vida. También quiere reducir las diferencias entre personas y grupos, y acabar con las exclusiones y las injusticias, como las que afectan a las mujeres por los roles de género. Para lograrlo, el gobierno va a trabajar junto con la ciudadanía y sus organizaciones, invitando a todas las personas que quieran participar y aportar.
- Art. 7Este artículo dice que las oficinas de gobierno, como secretarías o instituciones públicas, son las encargadas de poner en marcha lo que ordena esta ley. Cada dependencia o entidad debe actuar solo en los asuntos que le tocan según su área de trabajo. En pocas palabras, cada quien hace su parte dentro de lo que le corresponde.
- Art. 8Nadie puede negarte un subsidio o apoyo del gobierno por tu raza, género, religión, preferencias o cualquier otra característica personal. Si un programa social o ayuda se usa para hacer campaña o promocionar a un político o partido, eso está prohibido y se castiga con multas o sanciones según la ley. En pocas palabras, los apoyos del gobierno deben darse a todos por igual, sin distinguir entre personas, y no deben usarse para ganar votos.
- Art. 9Este artículo dice que cualquier persona puede acceder directamente a los beneficios de los programas y políticas de igualdad y bienestar, pero solo si cumple con los requisitos que marca la ley o las reglas de cada programa. Es como cuando quieres entrar a un apoyo del gobierno: tienes derecho a pedirlo, pero también debes cumplir con lo que te piden, como llenar formatos, comprobar tu situación o presentar documentos. En pocas palabras, el derecho existe, pero no es automático; necesitas cumplir con los pasos que la autoridad establece.
- Art. 10Este artículo dice que el gobierno de la ciudad (la Administración Pública) es el encargado de crear y llevar a cabo las políticas para que todas las personas tengan bienestar e igualdad. La idea es construir una ciudad donde se fomente la justicia social, se respeten las diferencias entre las personas, y todos vivan mejor, con acceso a servicios públicos como agua, luz o transporte. Además, se deben garantizar derechos como los económicos, culturales y ambientales, siempre buscando que cada vez más gente pueda disfrutarlos y que nadie se quede fuera.
- Art. 11Este artículo dice que el gobierno de la Ciudad debe diseñar sus políticas sociales para que todos tengan las mismas oportunidades y vivan bien, enfocándose especialmente en quienes más lo necesitan. Por ejemplo, debe haber servicios públicos y atención rápida para jóvenes en situaciones difíciles, y medidas especiales para cuidar a las personas mayores y a quienes tienen discapacidad. También tiene que incluir a los pueblos indígenas, afromexicanos, migrantes, desplazados, personas en situación de calle y a la comunidad LGBTTTI+. Además, debe crear un sistema de cuidados para quienes no pueden valerse por sí mismos, apoyar a los presos para que puedan reintegrarse a la sociedad, y asegurar que mujeres y hombres tengan las mismas oportunidades reales.
- Art. 12El artículo dice que las reglas para garantizar tu bienestar, que te incluyan y te traten igual que a los demás, deben aplicarse a todas las personas sin excepción. Estas reglas se van a planear, poner en marcha y revisar usando medidas y métodos que decidan dos instituciones: el Instituto de Planeación y el Consejo de Evaluación. Cada una de estas instituciones se encarga de su parte según lo que les toca hacer. La idea es que poco a poco (progresividad) se vayan mejorando los resultados para que cada vez más gente tenga acceso a esos beneficios.
- Art. 13El artículo 13 dice que el gobierno de la Ciudad tiene la obligación de planear y organizar todo lo necesario para que tú y los demás habitantes vivan bien y en igualdad, con la ayuda de empresas, organizaciones y la sociedad. Para lograrlo, se creará un sistema de bienestar social que garantice tus derechos, como tener una vida sin pobreza ni violencia, acceso a salud gratuita y de calidad, educación desde básica hasta media superior, una vivienda digna, agua potable, empleo, transporte seguro y conectividad a internet. También incluye el derecho a ser tratado con respeto, a participar en decisiones de tu comunidad y a recibir apoyo si no puedes valerte por ti mismo, como en el caso de adultos mayores o personas con discapacidad. En resumen, busca que nadie se quede atrás y que todos tengamos las mismas oportunidades para vivir bien.
- Art. 14El Gobierno de la Ciudad va a crear un programa para dar dinero a las personas que más lo necesitan, y lo hará poco a poco, respetando sus derechos. Este apoyo económico puede ser diferente para cada persona, según si eres niño, joven, adulto o adulto mayor, si eres hombre o mujer, si trabajas o no, si vives en pobreza o si formas parte de grupos que necesitan más atención, como personas con discapacidad o adultos mayores. En pocas palabras, el Gobierno piensa dar apoyos en efectivo, pero no a todos por igual, sino tomando en cuenta tu situación particular.
- Art. 15El Gobierno va a crear y aplicar planes para mejorar la educación pública desde la primaria hasta la universidad. Su objetivo es que todos tengan las mismas oportunidades y resultados, sin importar dónde vivan o su situación social. También busca reducir las diferencias que hay entre regiones para que sea más fácil acceder a la escuela. Todo esto lo hará siguiendo lo que dicen las leyes.
- Art. 16La Ciudad va a crear un sistema de becas para todos los estudiantes de primaria, secundaria y prepa que estén en escuelas públicas. También va a buscar que más estudiantes de universidades públicas tengan acceso a esas becas. Además, el Gobierno va a hacer programas para ayudar a la gente que no ha podido terminar sus estudios, para que todos tengan derecho a la educación, como lo dicen las leyes.
- Art. 17El gobierno de la Ciudad de México se pondrá de acuerdo con el gobierno federal, estatal o municipal para trabajar juntos en cuidar y mantener las escuelas de la capital. Esto incluye tareas como promover, proteger y conservar los planteles escolares, siempre siguiendo lo que digan las leyes correspondientes. En otras palabras, no van a trabajar solos, sino en equipo con otras autoridades para que las escuelas estén en buen estado.
- Art. 18Este artículo dice que la Ciudad de México se va a enfocar en evitar que te enfermes, en lugar de solo curarte cuando ya estés mal. El gobierno de la ciudad, junto con el federal, se va a asegurar de que tú puedas acceder a medicinas y servicios de salud gratis y de buena calidad, aunque no tengas seguro del IMSS o del ISSSTE. También se va a comprometer a hacer más grande el sistema de salud pública para que, con el tiempo, todos los que vivan en la ciudad estén cubiertos, sin importar si tienen o no seguridad social.
- Art. 19El gobierno de la Ciudad tiene que diseñar sus políticas y programas para que toda la gente pueda conseguir comida de buena calidad a precios accesibles. Para lograrlo, puede crear reglas y acciones que ayuden a que eso sea posible, como abrir comedores comunitarios y dar alimentos en las escuelas que sean nutritivos y baratos. También debe asegurarse de que los niños tengan una buena nutrición, enseñarle a la población a comer más sano y promover que se consuman alimentos locales y saludables. Además, tiene que apoyar que los productores de la Ciudad cultiven y vendan sus productos, siempre siguiendo las leyes que aplican en esta materia.
- Art. 20El Gobierno de la Ciudad se compromete a buscar formas, junto con las autoridades indicadas, para que más personas tengan acceso al seguro de desempleo poco a poco. El seguro de desempleo es un apoyo económico que recibes si te quedas sin trabajo. La idea es que, con el tiempo, cada vez más gente pueda contar con este beneficio cuando lo necesite. Esto no significa que se logre de inmediato, sino que se irá avanzando paso a paso.
- Art. 21El Gobierno de la Ciudad va a crear formas y programas para que las personas puedan conseguir una vivienda digna a un precio justo, ya sea con créditos accesibles o rentas baratas. También van a mejorar las casas que ya existen, ayudando primero a la gente con menos dinero. Además, quieren regularizar los terrenos para que quien vive en ellos tenga sus papeles en orden, pero solo si no están en zonas ecológicas o han violado la ley. Por último, van a hacer políticas especiales para que los jóvenes puedan acceder a una vivienda, ya sea rentando o comprando.
- Art. 22Este artículo dice que el gobierno debe asegurarse de que todas las casas tengan acceso a agua potable limpia y drenaje, sin importar en qué zona de la ciudad vivas. También se van a promover programas para juntar agua de lluvia y enseñar a la gente a cuidar y reutilizar el agua. Se mantendrán los subsidios (descuentos) en el recibo del agua para que no sea tan caro, y el agua seguirá siendo un servicio público, no privado. Además, si alguien quiere construir casas o edificios nuevos, solo lo podrá hacer si garantiza que habrá suficiente agua para toda la comunidad donde se construya.
- Art. 23Este artículo dice que, en temas del medio ambiente, el gobierno debe impulsar acciones para que el aire esté más limpio, mejorar el drenaje y el manejo de la basura, y cuidar las áreas naturales protegidas y los suelos que se conservan. Todo esto se tiene que hacer siguiendo las leyes y reglas que ya existen sobre estos temas.
- Art. 24El artículo 24 dice que el gobierno, a través de sus programas, debe promover que todas las personas, sin importar su situación, tengan acceso a la cultura y la recreación. Esto ayuda a que la gente se una más como comunidad y valore la educación y la cultura. También se compromete a cuidar y apoyar las tradiciones y costumbres de los pueblos indígenas y la cultura popular. Además, se van a impulsar las actividades artísticas dando becas a artistas y ofreciendo servicios culturales para que más personas puedan disfrutarlos.
- Art. 25El artículo 25 dice que las políticas de transporte en la Ciudad deben enfocarse en mejorar y hacer crecer el transporte público, con proyectos de inversión bien planeados, seguros y accesibles, dándole prioridad a los vehículos eléctricos. También se tiene que construir la infraestructura necesaria para promover medios de transporte no contaminantes, como bicicletas o scooters. El Gobierno de la Ciudad debe crear planes de desarrollo urbano para que la movilidad sea eficiente y ordenada. Además, hay que generar las condiciones adecuadas para que sea más fácil y cómodo caminar.
- Art. 26El gobierno va a crear reglas, servicios y apoyos para que todas las personas puedan tener cubiertas sus necesidades diarias, como comer, bañarse o ir al médico. También se va a asegurar de que quienes cuidan a otros (como familiares o enfermeras) tengan un trato digno y justo. Esto aplica según la edad de cada persona, buscando que haya igualdad real y tomando en cuenta las necesidades de cada comunidad.
- Art. 27El gobierno se compromete a ayudarte a hacer más ejercicio y llevar una vida más sana. Para lograrlo, va a promover que la gente se mueva más y adopte buenos hábitos, además de apoyar programas deportivos en las colonias y comunidades. También se encargará de mejorar y construir más espacios como canchas, gimnasios al aire libre o parques. Todo esto es para que el deporte esté al alcance de todos y mejore tu calidad de vida.
- Art. 28El artículo 28 dice que el gobierno puede hacer programas de ayuda para varios grupos de personas que lo necesitan más. Estos programas pueden enfocarse en frenar la violencia contra mujeres y dentro de las familias, apoyar a migrantes y personas que pidieron protección en México, atender a quienes viven en la calle o están solos, cuidar a niños y adolescentes, ayudar a personas mayores y a la comunidad LGBTTTI+. También incluye a quienes tienen adicciones o discapacidad, y cubre temas de salud sexual, educación, empleo, asesoría legal o mejora de los espacios públicos. La idea es que el gobierno pueda actuar rápido si aparece otra necesidad urgente de algún grupo o persona.
- Art. 29La persona que es jefa o jefe de Gobierno (la o el que manda en la Ciudad de México) tiene que encargarse de que todas las personas tengan las mismas oportunidades y vivan bien. Para lograrlo, debe hacer planes con ayuda de otras autoridades, organizaciones, escuelas y ciudadanos. También tiene que firmar acuerdos con diferentes grupos para proteger el bienestar de todos. Además, debe aprobar el Plan Especial de Bienestar Social y cada año incluir en el presupuesto de la ciudad el dinero suficiente para cumplir con ese plan. Ese dinero no puede ser menos de lo que se gastó el año anterior. Finalmente, la o el jefe de Gobierno preside la Comisión encargada del bienestar y hace todo lo demás que sea necesario para cumplir con su trabajo.
- Art. 30La Secretaría de Bienestar o la dependencia encargada tiene varias tareas importantes. Una de ellas es hacer un plan especial de trabajo, revisarlo y pedirle al Jefe de Gobierno que lo apruebe. También debe juntar a diferentes autoridades, escuelas, empresarios y organizaciones para resolver problemas de bienestar y desigualdad en la Ciudad. Otra función es escuchar a la gente para crear políticas de inclusión y bienestar, y mantenerlos informados sobre lo que se está haciendo. Además, debe pedirle al Instituto de Planeación y al Consejo de Evaluación que estudien los problemas sociales, crear un registro de hogares en situación vulnerable y un padrón de beneficiarios de programas sociales, y coordinar todas las acciones de bienestar con otras oficinas del gobierno. Finalmente, tiene que supervisar que los albergues o centros sociales funcionen bien, dar lineamientos para su operación, y crear un sistema de información en internet para que cualquier persona pueda consultar los programas y servicios de bienestar.
- Art. 31El Instituto de Planeación es el que se encarga de decir cómo se deben hacer los programas o acciones de ayuda social, o sea, pone las reglas del juego para que todo esté claro. También revisa que esas políticas y programas de bienestar estén bien alineados y tengan sentido entre sí, como cuando checas que todo encaje. Además, tiene que investigar y mantener al día un análisis de los problemas sociales que hay en el país, como la pobreza o la desigualdad, usando indicadores específicos (que son como datos medibles), y para eso trabaja de la mano con el Consejo de Evaluación.
- Art. 32El Consejo de Evaluación es un grupo de expertos independiente del gobierno, que se encarga de revisar y calificar si los programas sociales y las acciones del gobierno realmente funcionan y ayudan a la gente. Su trabajo es analizar proyectos en áreas como desarrollo social, economía, medio ambiente y seguridad, para asegurarse de que se estén haciendo bien. También da su opinión técnica sobre las reglas de los programas sociales, y el gobierno debe tomar en cuenta esas opiniones antes de aprobarlos. Además, puede hacer sugerencias para mejorar el bienestar de los ciudadanos y, si el Congreso o el Jefe de Gobierno se lo piden, dar su punto de vista sobre nuevas leyes relacionadas con estos temas.
- Art. 33El Sistema de Bienestar es una forma organizada en la que el gobierno da servicios públicos y le da seguimiento a los programas sociales que ayudan a repartir mejor los recursos. Su objetivo es juntar y coordinar todas las acciones de apoyo social que existen para que nadie se quede fuera. En esto participan el Instituto de Planeación y el Consejo de Evaluación, cada quien haciendo su parte, y también pueden sumarse empresas y organizaciones de la sociedad.
- Art. 34El artículo 34 dice que el sistema de bienestar de la Ciudad debe incluir varias cosas. Primero, todos los programas y acciones del gobierno deben ayudar a la gente. También debe haber formas de mejorar los servicios públicos, como salud o transporte, para que vivas mejor. Se tiene que trabajar en reparar y mantener escuelas, hospitales y parques en toda la Ciudad, sin que unas zonas estén mejor que otras. Además, los sistemas de educación, salud y cuidados deben coordinarse para funcionar bien juntos. Por último, todo esto debe priorizar a los grupos que más lo necesitan, como adultos mayores o personas con discapacidad, y respetar tus derechos básicos como tener vivienda, salud y un medio ambiente sano.
- Art. 35El Sistema de Bienestar debe seguir las reglas de transparencia (que todo sea público y claro) y de protección de datos personales (que tu información privada esté segura). También va a tener formas para que la gente pueda participar y opinar en las decisiones, y para que los sectores público (gobierno), privado (empresas) y social (organizaciones ciudadanas) cumplan con su responsabilidad social, es decir, que actúen pensando en el bien de todos. En pocas palabras, busca que todo sea honesto, que tú puedas meterte en lo que se hace y que nadie se raje en ayudar a la comunidad.
- Art. 36El artículo 36 habla de un grupo llamado Comisión Coordinadora, que se encarga de supervisar y asegurar que las políticas de igualdad y bienestar en la Ciudad de México se lleven a cabo correctamente. Esta comisión está formada por varias personas importantes, como la Jefa o Jefe de Gobierno (quien la preside) y los titulares de distintas secretarías, como las de Salud, Educación y Seguridad Ciudadana, entre otras. También hay invitados especiales que pueden opinar, pero no votar, como representantes del Consejo de Evaluación o de las Alcaldías. La idea es que todos estos funcionarios trabajen juntos para que los programas de bienestar social funcionen bien y estén conectados con la economía de la ciudad.
- Art. 37La Comisión se encarga de proponer y darle seguimiento a los programas de bienestar social en la Ciudad. También supervisa que los distintos niveles del gobierno trabajen juntos para aplicar las políticas de igualdad. Revisa que los programas de apoyos y subsidios funcionen bien, y tiene la facultad de pedir información y evaluar sus resultados. Además, coordina con otras instancias temas como el sistema de cuidados y promueve que se hagan mejoras a las leyes cuando sea necesario. Por último, se asegura de que los programas lleguen a quien los necesita y de que se difundan las reglas para acceder a ellos.
- Art. 38El Consejo es un grupo donde la gente puede dar sus opiniones, hacer propuestas y participar en temas relacionados con el bienestar y la igualdad social. Nadie recibe pago por formar parte de este Consejo, es completamente voluntario. Este grupo debe juntarse por lo menos dos veces al año para platicar y trabajar en esos asuntos.
- Art. 39El Consejo tiene tres tareas principales: primero, revisar y dar su punto de vista sobre las políticas y programas de bienestar e igualdad social. Segundo, opinar sobre el borrador del programa que garantiza el derecho al bienestar y la igualdad social. Y tercero, sugerir ideas para mejorar, hacer más efectivas o cambiar el rumbo de esas políticas y programas. Básicamente, el Consejo sirve para analizar, dar su opinión y proponer mejoras en todo lo relacionado con el bienestar y la igualdad en el país.
- Art. 40El artículo 40 dice cómo se forma el Consejo del que habla. Lo va a encabezar la Jefa o Jefe de Gobierno de la Ciudad de México. También incluye a la persona que esté al frente de la Secretaría de Bienestar e Igualdad Social, quien va a actuar como secretario técnico (la que organiza las reuniones y papeles). Además, habrá otras 10 personas elegidas por el Jefe de Gobierno, que durarán tres años en el puesto y no recibirán pago; deben ser expertas en bienestar social, ya sea de universidades o de grupos de la comunidad.
- Art. 41La planeación sirve para asegurarse de que los programas específicos estén alineados con las metas generales del Programa Especial. En este proceso, los grupos de personas interesadas podrán participar mediante consultas públicas. Estas consultas serán organizadas por las dependencias del gobierno, como secretarías y entidades públicas. Todo esto se hará siguiendo lo que dicen las leyes de Participación Ciudadana y de Planeación de la Ciudad de México. En pocas palabras, buscan que la gente común tenga voz en cómo se llevan a cabo estos programas.
- Art. 42El artículo 42 dice que para planear cómo garantizar el bienestar y la igualdad en la Ciudad, se usarán programas especiales y otros instrumentos. Esto significa que se van a definir las prioridades, las metas, los recursos básicos y los resultados que se quieren lograr. Para hacerlo, se tomarán en cuenta estudios científicos y la mejor información disponible sobre los problemas de la Ciudad. Además, la planeación debe anticiparse al futuro y buscar que poco a poco se cumplan los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de todas las personas.
- Art. 43El Programa Especial debe poner atención desde el inicio en que todas las personas tengan los mismos derechos, tal como lo dice la Constitución de tu ciudad y esta ley. Su objetivo principal es acabar con la pobreza, reducir las diferencias entre la gente (por dinero, oportunidades o lugar donde viven) y asegurar que nadie se quede sin lo básico: trabajo, salud, educación, cultura y un medio ambiente sano. Para lograrlo, estos programas tienen que hacerse con legalidad, ser claros y permitir que cualquier persona pueda pedir cuentas de cómo se usa el dinero público. Todo esto es parte de la política para que haya bienestar y justicia social.
- Art. 44El Programa se va a hacer siguiendo las reglas que ponga el Instituto de Planeación. Eso significa que esta institución es la que dice cómo debe armarse ese plan. Nadie puede hacerlo a su modo, sino que debe apegarse a lo que ellos marquen.
- Art. 45El Programa Especial lo va a autorizar el Jefe de Gobierno de la Ciudad, va a durar seis años y se tiene que hacer durante el primer año del gobierno en turno.
- Art. 46El artículo 46 dice que el Programa Especial tiene que estar alineado con el Plan General de Desarrollo de la Ciudad de México, o sea, no puede contradecirlo. También indica que cada año, el dinero que el gobierno proponga gastar debe coincidir con lo que ese programa busca lograr, las fechas que tiene y las metas que se fijó. En otras palabras, el presupuesto anual debe seguirle el paso a lo que el programa promete hacer.
- Art. 47Cada año, el Programa Especial debe decir claramente cómo va a lograr lo que promete, en qué tiempos lo hará y cómo medirá si cumplió sus metas. Esas reglas también sirven para definir cuánto dinero se va a gastar en cosas que busquen la igualdad y el bienestar de la gente. En pocas palabras, el gobierno tiene que planear bien y ser claro con los resultados y los recursos que usará.
- Art. 48Los programas sociales son herramientas del gobierno para asegurar que todos tengamos acceso a derechos como la salud, la educación, un trabajo digno y un medio ambiente sano. Estos programas se crean a partir de un plan oficial para lograr que las personas vivan mejor y con más igualdad. Además, deben formar parte de los planes de trabajo de las instituciones del gobierno. El Instituto de Planeación será el encargado de decir cómo se deben hacer las reglas para que estos programas funcionen.
- Art. 49Las acciones sociales son programas o apoyos del gobierno para ayudar a la gente, pero solo funcionan en situaciones especiales, como una emergencia o un caso muy particular, y no son permanentes. Estas actividades deben seguir unas reglas llamadas Lineamientos de Operación, que son como un manual para saber cómo aplicarlas. Esas reglas las tiene que hacer el Instituto de Planeación, que es una dependencia encargada de planear cómo funcionan estos apoyos.
- Art. 50Los programas y apoyos sociales del gobierno deben seguir las reglas básicas de esta ley y estar alineados con los planes oficiales: el Programa Especial, los programas de cada sector (como salud o educación) y los de cada institución. Esto quiere decir que no pueden andar por su cuenta, sino que tienen que encajar dentro de lo que ya está planeado. Así se asegura que todo esté ordenado y que ningún programa se salga del objetivo principal que marca la ley.
- Art. 51El artículo 51 dice que los programas sociales se pueden clasificar según lo que le dan a la gente. Por ejemplo, unos entregan dinero o cosas como despensas, otros dan servicios como consultas médicas o clases. También hay programas para construir o mejorar cosas como caminos, escuelas o hospitales. Y por último, están los que te dan apoyos de manera directa, como un pago, o indirecta, como bajar el precio de un servicio.
- Art. 52Este artículo dice que los programas de ayuda del gobierno deben planearse con base en metas claras y siguiendo los principios de la ley. Su objetivo principal es que todas las personas puedan acceder a servicios públicos, se reduzcan las desigualdades y se mejore la calidad de vida. Si no se puede dar el beneficio a todos desde el principio, se deben crear pasos para lograrlo poco a poco. Cuando haya más personas necesitadas que recursos, se debe elegir a los beneficiarios de forma transparente. Los trámites deben ser simples y rápidos, y toda la información sobre las convocatorias y resultados debe ser pública. Si el gobierno no responde o no publica los resultados, puedes presentar una queja ante la autoridad de control. Los apoyos en dinero se darán preferentemente por transferencia electrónica, y tanto esos como los apoyos en especie se entregarán, en lo posible, cada mes. Además, el valor de las becas y apoyos no puede ser menor al del año anterior, ajustado por inflación.
- Art. 53Cada programa social debe seguir un conjunto de reglas claras que digan cómo va a funcionar y qué va a lograr. Tiene que tener un nombre oficial, explicar por qué se creó (diagnóstico y justificación), definir qué metas busca cumplir y cómo las va a medir. También debe establecer quiénes pueden recibir los apoyos y con qué criterios se eligen. Además, necesita un sistema para revisar constantemente si está funcionando bien y qué resultados está dando. Por último, debe decir claramente qué dependencia del gobierno lo va a operar y cómo se va a coordinar con otras áreas.
- Art. 54El gobierno de la Ciudad de México tiene que pedir permiso a la Comisión Coordinadora antes de crear o echar a andar cualquier programa social que dé dinero, apoyos o ayudas a la gente. También necesita su autorización si quiere cambiar cómo funciona el programa, a quién va dirigido, los requisitos para recibir la ayuda, o si modifica los montos o porcentajes de lo que se entrega. En pocas palabras, cualquier ajuste en estos programas debe ser aprobado por esa Comisión.
- Art. 55Para que quede claro, la Administración Pública (el gobierno) tiene que entregarle a la Comisión Coordinadora (un grupo que organiza los programas de apoyo) una lista de todos los programas sociales antes del 31 de enero de cada año. Luego, la Comisión debe revisar y aprobar las reglas de cómo funcionan esos programas, dar su opinión y también avisar si hay programas que hacen lo mismo (duplicidad), y todo esto debe quedar listo a más tardar en febrero.
- Art. 56Cuando se creen o cambien programas de ayuda del gobierno, la Comisión Coordinadora tiene que avisarles a los encargados de esas áreas en un plazo de 10 días hábiles (sin contar sábados, domingos ni días festivos). Esos encargados pueden dar su opinión en los siguientes 5 días hábiles después de haber recibido el aviso. Si no dicen nada en ese tiempo, la decisión de la Comisión queda como definitiva y ya no se puede modificar.
- Art. 57La dependencia del gobierno encargada de los programas sociales (como becas o apoyos) debe seguir las reglas que marque el Instituto de Planeación para crear y operar esos programas. Esas reglas tienen que cumplir con varias leyes (como las de austeridad y transparencia) y publicarse en un periódico oficial. Si un comité especial no aprueba un programa, las oficinas de gobierno deben reacomodar el dinero que no se usó en otras cosas que sí estén permitidas. La Secretaría de la Contraloría revisará que el gasto de estos programas sea correcto y esté de acuerdo con la ley y el presupuesto de la Ciudad de México. Las oficinas de gobierno encargadas deben reportarle al Congreso (los diputados locales) cómo va cada programa social, a quiénes beneficiaron, cuánto dinero dieron, y por qué alcaldía y colonia se repartió.
- Art. 58El artículo 58 dice que el gobierno puede poner en marcha acciones sociales de inmediato cuando ocurra una emergencia o una contingencia (como un desastre natural o una crisis). También indica que los programas sociales que hagan las Alcaldías deben coordinarse con las áreas del gobierno de la Ciudad para que los padrones de beneficiarios (las listas de personas que reciben ayuda) no se repitan. El objetivo es que el dinero y los recursos se aprovechen mejor. Para lograrlo, las Alcaldías tienen que seguir las reglas que ponga el gobierno de la Ciudad.
- Art. 59Las reglas para usar dinero del gobierno en situaciones urgentes, como desastres o crisis, tienen que publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México para que todos las conozcan. Cuando el gobierno haga esas acciones de ayuda inmediata, debe seguir lo que dice el artículo 67 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental, que básicamente pide que se registre y justifique cada gasto de forma clara. Esto significa que no pueden gastar a escondidas ni sin rendir cuentas.
- Art. 60Los programas y apoyos del gobierno deben diseñarse para que funcionen juntos, como un equipo, y así sean más efectivos. Por ejemplo, si hay dos programas que atienden distintas necesidades de una misma persona (como salud y empleo), se busca que trabajen de la mano para dar una solución más completa, en lugar de que cada uno haga su lucha por separado. La idea es evitar que existan dos programas que hagan exactamente lo mismo o casi lo mismo, porque eso sería un desperdicio de recursos. Además, se debe procurar que estos programas realmente lleguen a la mayoría de las personas que los necesitan.
- Art. 61El artículo 61 dice que cuando haya un programa (como de desarrollo urbano o de medio ambiente) que cubra varias zonas o municipios que estén cerca de la Ciudad de México, ese programa va a tener que seguir lo que acuerden en un convenio. O sea, las autoridades de la Ciudad y las de los estados o municipios vecinos deben ponerse de acuerdo por escrito para trabajar juntos. No hay reglas fijas, sino que depende de lo que negocien entre ellos.
- Art. 62En la Ciudad, cada programa social del gobierno tendrá una lista única y ordenada de todas las personas que reciben apoyos de bienestar. Esa lista debe incluir datos detallados, como por ejemplo, edad, género o zona donde vives, para saber si el programa está llegando a todos los grupos de personas de manera justa. Así se puede revisar qué tan bien funciona cada apoyo y si beneficia a quienes más lo necesitan.
- Art. 63El artículo 63 explica que existe un registro oficial de todas las personas que reciben apoyo de los programas del gobierno de la Ciudad de México, y ese registro debe ser público para que cualquier persona pueda consultarlo. El gobierno tiene la obligación de publicar, a más tardar en febrero, las reglas de cada programa social, y en marzo debe dar a conocer los nombres, edades, sexo, colonia y alcaldía de quienes recibieron esos apoyos el año anterior. También debe informar cada tres meses al Congreso sobre cómo se está usando el dinero y entregarles listas actualizadas de beneficiarios. Además, hay una dependencia llamada Contraloría que revisa cada tres meses que los datos sean correctos, siempre cuidando que no se compartan datos personales privados.
- Art. 64El artículo dice que toda la información básica sobre las personas que reciben apoyos debe ser pública. Esto quiere decir que cualquiera puede saber cuántas personas son beneficiarias, cuánto dinero se les da, cuántos son hombres y cuántas mujeres, de qué edades son y en qué zonas del país viven. Toda esa información se tiene que dar a conocer tal como lo indica otro artículo (el 62) de esta misma ley.
- Art. 65La información personal de quienes reciben apoyos del gobierno, como los beneficiarios de becas o despensas, se maneja siguiendo las leyes de protección de datos. Esto aplica también a cualquier otro dato que el gobierno genere o guarde sobre esos programas. En pocas palabras, tu privacidad está protegida por la ley, y no pueden compartir tus datos personales sin cumplir las reglas.
- Art. 66Los encargados de los programas sociales en la Ciudad deben cuidar y usar bien las listas de personas que reciben apoyos. Esas listas solo pueden usarse para lo que dice el programa, no para hacer campaña política, promocionar religiones o vender cosas. Si alguien las usa para otro fin, está violando la ley.
- Art. 67El artículo 67 dice que todos los apoyos, como dinero o cosas materiales, que el Gobierno dé a través de sus programas sociales deben traer impresa una frase obligatoria. Esa frase debe decir que el programa es público, que ningún partido político lo patrocina y que se financia con los impuestos de todos. También debe avisar que está prohibido usar el programa para hacer política, ganar dinero ilegalmente o para otros fines que no sean los del programa. Al final, la leyenda advierte que quien use mal estos recursos en la Ciudad de México recibirá un castigo según la ley.
- Art. 68Si participas en algún programa social de la Ciudad, tienes derecho a que te atiendan bien, rápido y sin discriminación, siempre respetando tus derechos. También debes recibir información clara y a tiempo sobre cómo funciona el programa, sus requisitos y cualquier cambio. Puedes saber los resultados de las convocatorias en un tiempo razonable, y participar en la evaluación de esos programas en tu colonia o comunidad. Si algo no te parece, puedes quejarte o hacer sugerencias, y te deben avisar si te rechazan o te dan de baja. Nadie te puede obligar a hacer algo para recibir el apoyo, y tus datos personales deben mantenerse privados y eliminarse una vez que termine el programa, siempre que avisen con al menos 10 días hábiles antes en la Gaceta Oficial.
- Art. 69Las oficinas del gobierno que manejan programas de ayuda social siempre deben invitar a las personas que participan o reciben beneficios a pláticas, talleres, cursos o foros sobre violencia de género y derechos de las mujeres. También deben repartir folletos de estos temas y decirte a qué lugares o instituciones puedes ir para más información o apoyo si lo necesitas. Eso sí, no pueden obligarte a asistir a estas actividades para darte el apoyo o beneficio del programa; es totalmente voluntario. Varias dependencias del gobierno de la Ciudad, como la Secretaría de las Mujeres, la Fiscalía y el DIF, van a ponerse de acuerdo para crear los lineamientos y materiales de estas capacitaciones, coordinadas por la oficina que maneje el programa.
- Art. 70Las personas que viven en la Ciudad pueden participar, solas o en grupo, para crear programas que ayuden a la igualdad y al bienestar social. Esto significa que puedes opinar y colaborar en cómo se planean, hacen y evalúan esas acciones. No importa si participas por tu cuenta o con otras personas, lo importante es que tu voz cuente. Así, todos podemos ayudar a que estos programas funcionen mejor para la comunidad.
- Art. 71El Consejo de Consulta y Participación en materia de Derecho al Bienestar es un grupo donde la gente puede opinar siempre sobre las políticas de bienestar, como apoyo social o becas. También, la Comisión encargada puede pedirle al Consejo Económico y Social su punto de vista para que la ciudadanía esté más involucrada en cómo se hacen los planes y programas de bienestar. En pocas palabras, es para que la gente tenga voz sobre cómo funcionan estas ayudas.
- Art. 72Tú y cualquier grupo de personas, como vecinos, asociaciones civiles u organizaciones, tienen derecho a meter mano en cómo se hacen, aplican y revisan las políticas de igualdad y bienestar. Esto es para que los programas del gobierno sean más completos y realmente útiles para la gente. Pueden participar siempre y cuando sigan las reglas de la Ley de Participación Ciudadana y usen los canales oficiales que ya existen para eso. En otras palabras, no solo eres un beneficiario pasivo, sino que también puedes opinar y ayudar a mejorar lo que el gobierno hace.
- Art. 73El gobierno de la Ciudad, sus oficinas y sus dependencias pueden hacer acuerdos de cooperación con grupos ciudadanos, escuelas, organizaciones de ayuda y organismos de otros países. La meta de estos acuerdos es mejorar las políticas de bienestar y de igualdad social. En esos documentos se tiene que explicar claramente por qué se hace, cuál es el problema que se atiende, qué se quiere lograr, cómo se va a medir el avance y quién es responsable de cada cosa.
- Art. 74La Secretaría se va a asegurar de que tú y la gente puedan opinar y revisar cómo se hacen y aplican los planes de igualdad y bienestar. Para eso, va a crear un sistema de información con datos claros sobre estos temas, al que cualquier persona pueda acceder, siempre cuidando la privacidad y la transparencia. También va a trabajar con la Agencia Digital de Innovación Pública para hacer una herramienta digital fácil de usar, donde se pueda consultar toda la información sobre programas y servicios sociales. Además, va a incluir a la Red de Contralorías Ciudadanas, que son grupos de ciudadanos que verifican que el dinero público se use bien y sin corrupción.
- Art. 75La denuncia o queja ciudadana es la forma en que tú, como persona, le avisas a las autoridades investigadoras sobre algún acto o falta de acción que pueda ser una falta administrativa. Esto aplica cuando esos actos van en contra de los derechos de las personas que esta ley protege. En pocas palabras, es un reporte que cualquier ciudadano puede hacer si ve que alguien hace algo malo o deja de hacer su trabajo, afectando a otros. No necesitas ser abogado para presentarlo, solo tienes que informar lo que viste.
- Art. 76La Secretaría de la Contraloría General de la Ciudad, por medio de su equipo de control interno, es la única que puede recibir y atender las quejas o denuncias que tú hagas sobre los programas de igualdad y bienestar social. Si algo no te parece o ves que algo anda mal en esos programas, ahí es donde debes acudir.
- Art. 77Puedes presentar tus quejas o denuncias a la Secretaría de la Contraloría General de las maneras que ellos indiquen, como por escrito, por teléfono o por medios electrónicos. La dependencia decide qué opciones están disponibles para que levantes tu reporte. Esto aplica para cualquier ciudadano que quiera denunciar algo relacionado con el gobierno.
- Art. 78Las decisiones del juez o autoridad encargada deben basarse en ser justos sin favoritismos, actuar con honestidad, cumplir la ley a rajatabla, dar certeza de que lo resuelto no cambiará de manera repentina, y no cobrarte por el servicio. Todo esto aplica sin importar quién seas o de qué lado estés, así garantizan que el proceso sea parejo para todos.
- Art. 79Si tú o alguien con permiso legal para aplicar esta ley comete una falta, se le va a investigar y castigar según lo que dice la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. Esto significa que los servidores públicos que no cumplan su trabajo bien tendrán consecuencias. Además, pueden recibir otros castigos si otras leyes también lo exigen. En pocas palabras, nadie que aplique la ley se salva si hace algo mal.
- Art. 80El artículo 80 dice que el control interno son todas las reglas, métodos y pasos que usan las dependencias del gobierno para revisar cómo trabajan. Su objetivo es que todas las acciones, desde usar dinero público hasta manejar documentos, se hagan de manera cuidadosa para evitar problemas antes de que ocurran. Básicamente, es un sistema que ayuda a que el gobierno actúe de forma ordenada y prevenga fallos, en lugar de solo corregirlos después. Esto aplica a cualquier oficina pública que forme parte de la Administración Pública.
- Art. 81Las auditorías son como revisiones o chequeos que se hacen para asegurarse de que el dinero del gobierno se use bien y se vaya a lo que realmente necesita la gente, como programas de igualdad y bienestar social. Si encuentran algo mal, deben arreglarlo y mejorar cómo se manejan estos programas en la Ciudad. Solo pueden hacer estas revisiones las autoridades que tienen permiso para hacerlo, cada quien dentro de lo que les toca según la ley.
- Art. 82El Congreso puede pedir auditorías (revisiones a fondo) de los programas de igualdad y bienestar social para asegurarse de que se manejen con honestidad, transparencia y eficiencia. Las reglas nuevas aplican desde el día después de que se publiquen en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México. Se cancela la ley anterior de Desarrollo Social del entonces Distrito Federal, y los nombres de algunas oficinas cambian: por ejemplo, el Comité de Planeación ahora se llama Comisión Coordinadora del Sistema General de Bienestar Social, y la Secretaría de Inclusión pasa a ser Secretaría de Bienestar e Igualdad Social. El gobierno tiene 180 días hábiles para presentar un programa especial y emitir un reglamento, y la nueva comisión debe instalarse en máximo un mes. Mientras tanto, el comité anterior sigue funcionando como antes hasta que la nueva comisión esté lista.