- Ley
- Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México
- Artículo
- 43
Artículo 43 de la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Programa Especial debe poner atención desde el inicio en que todas las personas tengan los mismos derechos, tal como lo dice la Constitución de tu ciudad y esta ley. Su objetivo principal es acabar con la pobreza, reducir las diferencias entre la gente (por dinero, oportunidades o lugar donde viven) y asegurar que nadie se quede sin lo básico: trabajo, salud, educación, cultura y un medio ambiente sano. Para lograrlo, estos programas tienen que hacerse con legalidad, ser claros y permitir que cualquier persona pueda pedir cuentas de cómo se usa el dinero público. Todo esto es parte de la política para que haya bienestar y justicia social.
Texto oficial
Artículo 43. El Programa Especial incorporará, prioritariamente, el enfoque universal y de derechos establecido en la Constitución local y en la presente ley. Se orientarán a la erradicación de la pobreza, a la reducción significativa de las desigualdades sociales, económicas y territoriales y a la satisfacción de necesidades humanas mediante la garantía de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales. Estos programas deberán observar criterios de legalidad, transparencia y rendición de cuentas dentro de los procesos de ejecución de la política de bienestar e igualdad social.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.