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Ley
Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México
Artículo
6

Artículo 6 de la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que la política de bienestar en la Ciudad de México busca que todas las personas vivan sin pobreza y sin desigualdades. La meta es que la ciudad sea más justa, que se respete la diversidad, que todos tengan acceso a servicios públicos y que mejore la calidad de vida. También quiere reducir las diferencias entre personas y grupos, y acabar con las exclusiones y las injusticias, como las que afectan a las mujeres por los roles de género. Para lograrlo, el gobierno va a trabajar junto con la ciudadanía y sus organizaciones, invitando a todas las personas que quieran participar y aportar.

Texto oficial

Artículo 6. La política de derecho al bienestar e igualdad social se orienta a garantizar una vida libre de pobreza y de las desigualdades en la Ciudad de México, con el propósito de construir una ciudad con igualdad, equidad, justicia social, reconocimiento de la diversidad, alta cohesión e integración social, pleno goce de los derechos, creciente elevación de la calidad de vida y acceso universal al conjunto de bienes y servicios públicos urbanos, mediante la cual se logre disminuir sustancialmente la desigualdad y erradicar progresivamente la exclusión, la división sexual del trabajo y la inequidad social entre individuos, grupos y ámbitos territoriales. Esta política se impulsará con la participación de todas las personas que se interesen y puedan contribuir con este proceso, por lo que fomentará la acción coordinada y complementaria entre el Gobierno, la ciudadanía y sus organizaciones.

Ver texto oficial de la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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