- Ley
- Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México
- Artículo
- 38
Artículo 38 de la Ley del Derecho al Bienestar e Igualdad Social para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo es un grupo donde la gente puede dar sus opiniones, hacer propuestas y participar en temas relacionados con el bienestar y la igualdad social. Nadie recibe pago por formar parte de este Consejo, es completamente voluntario. Este grupo debe juntarse por lo menos dos veces al año para platicar y trabajar en esos asuntos.
Texto oficial
Artículo 38. El Consejo será un espacio de consulta, propuesta y participación sobre las políticas de derecho al bienestar e igualdad social. Tendrá un carácter honorífico y se reunirá al menos dos veces al año.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.