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Ley
Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Artículo
13

Artículo 13 de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que todas las niñas, niños y adolescentes de la Ciudad de México son iguales ante la ley y deben recibir el mismo trato, sin favoritismos. La lista de derechos que menciona es solo un ejemplo, no está completa, pero incluye cosas como el derecho a vivir, a estar sanos, a no ser discriminados, a jugar, a tener una familia, a expresarse libremente y a estar protegidos contra la violencia. También tienen derecho a la educación, a la intimidad, a la justicia, y a recibir ayuda especial si sufren más de un tipo de discriminación. Además, se protege a quienes han sido víctimas de violencia sexual, dándoles acceso a información sobre los responsables. Por último, se asegura que todos tengan derecho a una buena alimentación.

Texto oficial

Artículo 13. Todas las niñas, niños y adolescentes son iguales ante la ley y merecen un trato igual y equitativo. De manera enunciativa más no limitativa, en la Ciudad de México gozarán de los siguientes derechos: Derecho a la vida, a la paz, a la supervivencia, al desarrollo, a la salud emocional y al sano desarrollo; Fracción reformada G.O.CDMX 2/04/25 Derecho de prioridad; Derecho a la identidad; Derecho a vivir en familia; Derecho a la igualdad sustantiva; Derecho a no ser discriminado; Derecho a vivir en condiciones de bienestar y a un sano desarrollo integral; Derecho a una vida libre de violencia y a la integridad personal; Derecho a la protección de la salud física y mental, y a la seguridad social; Derechos de niñas, niños y adolescentes con discapacidad; Derecho a la educación; Derecho al descanso, al juego y al esparcimiento; Derecho a la libertad de convicciones éticas, pensamiento, conciencia, religión y cultura; Derecho a la libertad de expresión y de acceso a la información; Derecho de participación; Derecho de asociación y reunión; Derecho a la intimidad; Derecho a la seguridad jurídica, acceso a la justicia y al debido proceso; Derecho a recibir protección especial cuando se encuentre en situación de discriminación múltiple; y Derecho de acceso a la información y a las tecnologías de la información y comunicación; Derecho a la protección y seguridad sexual; Derecho a conocer los datos de los sentenciados con ejecutoria por delitos vinculados con violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes; Fracción reformada G.O.CDMX 2/04/25 Derechos de niñas, niños y adolescentes migrantes; y Fracción reformada G.O.CDMX 2/04/25 Derecho a una alimentación adecuada. Fracción adicionada G.O.CDMX 24/12/25

Ver texto oficial de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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