- Ley
- Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
- Artículo
- 6
Artículo 6 de la Ley de los Derechos de Niñas Niños y Adolescentes de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que todas las leyes y acciones del gobierno deben seguir una serie de reglas básicas para proteger a niñas, niños y adolescentes. Estas reglas incluyen que siempre se busque lo mejor para ellos, que todos tengan los mismos derechos sin importar su origen o situación, y que nadie pueda ser discriminado. También ordena que se les garantice vivir en paz, sin violencia, y que puedan desarrollarse de manera completa, tanto física como emocionalmente. Además, establece que tanto la familia, como la sociedad y las autoridades son responsables de cuidarlos y que sus derechos siempre deben interpretarse de la manera que más los beneficie.
Texto oficial
Artículo 6. Son principios rectores de esta ley: El interés superior; La universalidad, interdependencia, indivisibilidad, complementariedad, integralidad, progresividad y no regresividad de los derechos de niñas, niños y adolescentes; La igualdad sustantiva; La no discriminación; La inclusión; El derecho a la vida, a la paz, a la supervivencia y al desarrollo integral, la salud emocional y el sano desarrollo; Fracción reformada G.O.CDMX 2/04/25 La participación; La interculturalidad; La corresponsabilidad de los miembros de la familia, la sociedad y las autoridades; La transversalidad en la legislación, políticas públicas, actividades administrativas, económicas y culturales; La autonomía progresiva; El principio pro persona; El acceso a una vida libre de violencia; La accesibilidad, y La debida diligencia estricta.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.