- Ley
- Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
- Artículo
- 24 Bis
Artículo 24 Bis de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo crea un grupo especial llamado "Comisión de Evaluación de Asentamientos Humanos Irregulares", que se encarga de revisar problemas de viviendas o colonias que no están en orden. Este grupo es honorario (nadie cobra por estar ahí) y está formado por varias personas importantes: el Jefe Delegacional de la zona (quien dirige las reuniones), los secretarios de Desarrollo Urbano, Medio Ambiente y Protección Civil, el procurador ambiental, el director del Sistema de Aguas de la Ciudad de México, y los miembros del Consejo Ciudadano de la alcaldía.
Texto oficial
Artículo 24 Bis. La Comisión de Evaluación de Asentamientos Humanos Irregulares es un órgano auxiliar del desarrollo urbano, de carácter honorario, integrado por: El Jefe Delegacional competente por territorio, quien lo presidirá; El Secretario de Desarrollo Urbano y Vivienda; El Secretario del Medio Ambiente; El Secretario de Protección Civil; El Procurador Ambiental y del Ordenamiento Territorial; El Director General del Sistema de Aguas de la Ciudad de México; y El pleno del Consejo Ciudadano Delegacional competente por territorio.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.