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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-donacion-altruista-alimentos/25
Ley
Ley para la Donación Altruista de Alimentos de la Ciudad de México
Artículo
25

Artículo 25 de la Ley para la Donación Altruista de Alimentos de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te multan o te sancionan por esta ley, puedes inconformarte, o sea, quejarte de manera oficial. Para hacerlo debes seguir los pasos y los plazos (los tiempos límite) que marca la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. Esa ley explica exactamente cómo y cuándo presentar tu queja en los artículos 108, 109 y los que siguen.

Texto oficial

ARTÍCULO 25.- Las sanciones que se impongan con motivo de la aplicación de la presente ley, podrán ser recurridas de acuerdo con los tiempos y procedimientos de la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México, de conformidad con lo estipulado en los artículos 108, 109 y subsecuentes, de la Ley. CAPÍTULO SEXTO RECURSOS DE INCONFORMIDAD

Ver texto oficial de la Ley para la Donación Altruista de Alimentos de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.