- Ley
- Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
- Artículo
- 25
Artículo 25 de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo está formado por varias personas clave: el Jefe de Gobierno de la CDMX (quien lo encabeza), el director del Instituto del Deporte (que actúa como secretario), un representante del Congreso local (de la Comisión de Deporte), el presidente del Comité Deportivo Estudiantil, y representantes de deportes en equipo, individuales y de personas con discapacidad. También participan dos personas de empresas privadas que hayan apoyado el deporte, los directores deportivos de las 16 alcaldías, y un representante de la Secretaría de Educación. Los representantes de los grupos mencionados son elegidos por el director del Instituto del Deporte, tomando en cuenta su experiencia y que estén registrados oficialmente. Todos los miembros trabajan sin recibir pago, solo como un servicio honorario, y el Consejo se junta una vez al mes, o de manera extraordinaria si hace falta. Si el Jefe de Gobierno no puede asistir, el director del Instituto toma su lugar para dirigir las sesiones.
Texto oficial
Artículo 25.- El Consejo estará conformado de la manera siguiente: La persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, quien lo presidirá; La persona titular de la Dirección del Instituto del Deporte de la Ciudad de México, quien fungirá como Secretaria o Secretario; La Presidencia, o en su caso, un integrante de la Comisión de Deporte del Congreso de la Ciudad de México. El presidente del Comité Deportivo Estudiantil; Un representante de organismos que presidan deportes de conjunto; Un representante de organismos que manejen deportes individuales; Una persona representante de organismos para personas con discapacidad y en situación de vulnerabilidad. Dos representantes de la iniciativa privada que se hayan distinguido por el apoyo brindado económica o técnicamente al fomento del deporte y la cultura física; Las dieciséis personas titulares de la Dirección del Área Deportiva de cada una de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México; Una persona representante de la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación de la Ciudad de México; Las personas representantes señaladas en las fracciones V, VI, VII y VIII serán nombradas por la persona titular de la Dirección General del Instituto del Deporte de la Ciudad de México, tomando como base su dinamismo en el fomento y desarrollo del deporte, la perspectiva de género y por su destacada labor deportiva o representatividad que se encuentren previamente inscritos en el Registro del Deporte de la Ciudad de México. Los integrantes del Consejo desempeñarán sus funciones de manera honorífica de acuerdo a las disposiciones previstas en el reglamento correspondiente. El Consejo se reunirá de forma ordinaria un día cada mes, pudiendo en todo caso reunirse de forma extraordinaria cuando sea necesario. En ausencia de la persona titular de la Jefatura de Gobierno, la persona titular de la Dirección presidirá y desahogará las sesiones del Consejo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.