Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1Esta ley es de aplicación obligatoria para todos en la Ciudad de México, porque busca beneficiar a la sociedad en general. Su objetivo es poner orden y reglas claras para incentivar, organizar y mejorar las clases de educación física y las actividades deportivas en la ciudad. En pocas palabras, se encarga de que el deporte y el ejercicio estén bien regulados y al alcance de todos.
- Art. 2Para esta ley, el "Deporte" son las actividades físicas o mentales que haces solo o en equipo, ya sea para competir o por diversión, siempre siguiendo sus reglas; esto ayuda a tu desarrollo, salud y a sentirte parte de la sociedad. La "Educación física" es el entrenamiento del cuerpo a través de métodos de enseñanza. Las "Alcaldías" son las oficinas de gobierno de cada zona de la Ciudad de México. El "Instituto" es la dependencia encargada del deporte en la capital, y el "Fondo" es un apoyo económico para atletas de alto rendimiento. La "Cultura física" abarca el entrenamiento deportivo, la educación física y la recreación, mientras que una "Liga" es un grupo que organiza equipos para practicar un deporte. Por último, los "Autocuidados" son las acciones que tú, tu familia o tu comunidad hacen para mantenerse sanos y prevenir enfermedades, con o sin ayuda de un doctor.
- Art. 3Este artículo dice que el deporte y la educación física sirven para que la sociedad conviva mejor, ayudando a que las personas desarrollen tanto su cuerpo como su mente, y poniendo en práctica valores como la solidaridad. También busca que te cuides a ti mismo, haciendo actividad física y recreación para mantener tu salud física y mental, y prevenir enfermedades. Además, todas las oficinas del gobierno local (como las dependencias de la Ciudad de México) están obligadas a motivar a sus empleados a hacer ejercicio o practicar algún deporte. Cada área debe crear programas de activación física y darle a su personal al menos 20 minutos de su jornada laboral para que puedan hacer estas actividades.
- Art. 4El deporte no solo sirve para aprender técnicas o ponerse más fuerte físicamente. También debe enseñarte hábitos, valores y actitudes positivas, como el respeto, el trabajo en equipo o la disciplina.
- Art. 5El artículo 5 dice que esta ley aplica a todas las personas o grupos que tengan que ver con el deporte y la actividad física en la Ciudad de México. Esto incluye a los deportistas, entrenadores, profesores de educación física, jueces, árbitros, y también a equipos, clubes, asociaciones y ligas deportivas, ya sean del gobierno o privados. En resumen, cualquier persona u organización que por su actividad pueda formar parte del Sistema de Cultura Física y Deporte de la ciudad está sujeta a esta ley. No importa si eres un atleta profesional, alguien que da clases de ejercicio o un grupo de vecinos que organiza torneos: si tienes que ver con el deporte aquí, esta ley te aplica.
- Art. 6Este artículo dice que todas las personas tienen derecho a conocer, practicar y difundir el deporte. Por eso, está prohibido discriminar a alguien por motivos como su origen, color de piel, género, edad, discapacidad, religión, preferencia sexual o cualquier otra característica. Tampoco se permite la misoginia (odio a las mujeres), la xenofobia (odio a extranjeros) u otras formas de intolerancia como el racismo. Si alguien es excluido o tratado mal por estas razones, eso cuenta como discriminación y va contra la ley.
- Art. 7El Instituto del Deporte de la Ciudad de México es el encargado principal de decidir y organizar todo lo relacionado con el deporte en la capital. Para cumplir con su labor, tiene los poderes y herramientas que le da esta ley y otras reglas, con el objetivo de mejorar y promover la educación física y el deporte en la ciudad.
- Art. 8Este artículo dice que el Sistema de Cultura Física y Deporte de la Ciudad de México es todo lo que hacemos juntos para promover el deporte y la activación física. Incluye las reglas, planes, acciones, dinero y métodos que usan tanto las personas como los grupos, clubes deportivos, el gobierno y empresas privadas en la Ciudad. Además, estos se organizan y trabajan en equipo con los organismos del Sistema Nacional del Deporte. En pocas palabras, es la forma en que todos, desde ciudadanos hasta autoridades, cooperan para fomentar el deporte en la capital.
- Art. 9El Sistema de este artículo se refiere a un organismo que maneja el deporte en la Ciudad de México. Quien se encarga de hacer cumplir las reglas de esta ley es el Instituto del Deporte de la Ciudad de México. Básicamente, este Instituto es el responsable de coordinar y aplicar todo lo relacionado con el deporte en la ciudad.
- Art. 10El artículo 10 dice que todas las escuelas, tanto públicas como privadas, deben promover el deporte y dar clases de educación física al menos tres veces por semana. Si no tienen espacio suficiente, pueden usar instalaciones deportivas públicas cercanas, pero primero deben pedir permiso a la autoridad de la delegación correspondiente. Las escuelas privadas pueden prestar sus instalaciones a sus alumnos, a los papás de los alumnos y, si quieren, también a deportistas o vecinos de la Ciudad de México, pero solo en los horarios y bajo las reglas que cada escuela defina. A los deportistas o vecinos de la Ciudad que no sean de la escuela, se les puede cobrar una cuota para mantener las instalaciones; esta cuota será de una vez el valor de la Unidad de Cuenta de la Ciudad de México vigente al momento de la actividad.
- Art. 11Este artículo explica que el Sistema y el Programa de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México deben seguir las reglas que marca el Sistema y el Programa Nacional del Deporte. Además, deben coordinarse con otras instituciones públicas o privadas que también hagan actividades deportivas, para sumar sus esfuerzos. Por último, tienen la obligación de informar a todos cómo van avanzando esos planes y programas.
- Art. 12El artículo 12 dice quiénes forman parte del sistema de deportes y cultura física. En primer lugar, están los deportistas, es decir, cualquier persona que haga deporte de manera competitiva o por diversión, siempre que siga las reglas del deporte. También entran los órganos deportivos, como equipos, clubes, ligas, asociaciones y comités de deporte de la Ciudad de México. Se incluyen a los entrenadores, maestros de educación física y otros profesionales del área, así como a los especialistas en medicina deportiva. Por último, también forman parte las personas o grupos que, por su trabajo o funciones, puedan integrarse a este sistema.
- Art. 13Los clubes y grupos deportivos que ya forman parte del Sistema necesitan registrarse obligatoriamente para poder pedir servicios al Instituto. Para eso deben entregar su plan de actividades de todo el año, así el Instituto lo incluye y le da seguimiento dentro del Programa del Deporte de la Ciudad de México. Si hacen este registro, podrán usar las instalaciones deportivas de la ciudad. En pocas palabras, es como hacer un trámite anual para que los tomen en cuenta y les presten las canchas o gimnasios públicos.
- Art. 14Este artículo dice que los deportistas profesionales de la Ciudad de México también son parte del Sistema Deportivo local, pero solo si, según las reglas internacionales de su deporte, pueden ser elegidos para representar oficialmente a la Ciudad de México o a todo el país. O sea, si eres un atleta profesional y cumples con los requisitos para vestir la playera de la ciudad o de México, entonces estás incluido.
- Art. 15El artículo 15 dice que en el Registro del Deporte de la Ciudad de México se debe llevar un listado actualizado de todas las personas y lugares relacionados con el deporte. Ahí tienen que estar registrados los atletas, jueces, árbitros, entrenadores, maestros de educación física, doctores deportivos, clubes o equipos, y otros profesionales. También deben aparecer los gimnasios, canchas o espacios donde se hace deporte, así como las competencias y actividades que la ley señala. Todo esto sirve para tener un control ordenado de quiénes y dónde practican deporte en la ciudad.
- Art. 16Si formas parte del Sistema de Deporte de la Ciudad de México, tienes derecho a practicar el deporte que quieras y a hacer equipo con otros para defender tus intereses. Puedes usar las instalaciones deportivas siempre y cuando sigas las reglas establecidas. También te toca recibir entrenamiento, asistencia y servicios médicos cuando compitas o entrenes de manera oficial. Además, puedes elegir o ser elegido para puestos directivos en tu club o asociación, y tienes derecho a recibir premios, becas o apoyos económicos según lo que marque la ley.
- Art. 17Los integrantes del Sistema tienen que cumplir con las reglas y estatutos de su deporte, y seguir los lineamientos del Sistema y del Programa del Deporte de la Ciudad de México. También deben cuidar que las instalaciones deportivas se usen para lo que fueron hechas y mantenerlas en buen estado. Si reciben apoyos económicos o materiales, tienen que reportar cómo los usan y no pueden gastarlos en otra cosa que no sea para lo que se les dio. Además, deben promover que la sociedad participe en el deporte sin discriminar a nadie, y ayudar a erradicar la violencia y las adicciones en los espacios deportivos.
- Art. 18Todas las dependencias del gobierno de la Ciudad de México (es decir, las secretarías, oficinas y entidades públicas) tienen la obligación de participar en el sistema de activación física y deporte de la ciudad. Esto significa que el gobierno debe promover y organizar actividades deportivas y de ejercicio para la gente, no es algo que puedan decidir si hacer o no. Es una responsabilidad que tienen por ley para fomentar una vida saludable en la ciudadanía.
- Art. 19Si haces deporte en la Ciudad de México, ya sea por tu cuenta o dentro de un club o equipo, puedes formar parte del Sistema de Cultura Física y Deporte de la ciudad. La ley y su reglamento te dicen cómo le puedes entrar. No importa si entrenas solo o con un grupo, ambos casos están contemplados.
- Art. 20Para que cualquier persona o grupo que forme parte del Sistema de Deporte pueda recibir becas, apoyos económicos o reconocimientos que da la ley, es obligatorio tener un papel oficial al día que se llama "constancia de inscripción". Ese documento lo entrega el Registro del Deporte de la Ciudad de México. Si no tienes esa constancia vigente, no puedes recibir ningún beneficio. Además, las reglas para sacar ese papel, renovarlo o quitártelo las va a poner el Reglamento de esta ley.
- Art. 21Si tú, tu equipo o tu organización deportiva no tienen como meta principal la competencia ni buscan ganar dinero, pueden registrarse en el Registro del Deporte de la Ciudad de México. Esto aplica para cualquier grupo o persona que promueva el deporte sin fines de lucro, es decir, sin repartir ganancias. Lo único importante es que no tengan intención de obtener dinero como negocio. Así que si tu club o agrupación es sin fines de lucro, puedes inscribirte sin problema.
- Art. 22El Instituto del Deporte de la Ciudad de México es una oficina que depende del gobierno, pero funciona por su cuenta. Tiene su propio dinero y puede tomar decisiones técnicas y de administración para cumplir su trabajo. Su tarea principal es asegurarse de que se cumpla lo que dice esta ley. Además, va a tener dos grupos importantes para organizarse: una Junta de Gobierno (que toma las decisiones grandes) y un Órgano de Control Interno (que vigila que todo se haga bien).
- Art. 22 BisLa persona que esté al frente del Instituto del Deporte será elegida o despedida directamente por la Jefa o Jefe de Gobierno, sin necesidad de justificar la decisión. Para que alguien pueda ocupar ese puesto, debe ser mexicano o mexicana y tener todos sus derechos como ciudadano. Además, debe tener al menos 25 años cumplidos el día que lo nombren. También debe tener experiencia y ser reconocido en el mundo del deporte, y contar con buena reputación (es decir, ser una persona honesta y de confianza).
- Art. 23El Instituto del Deporte de la Ciudad de México se encarga de proponer y ejecutar políticas para fomentar el deporte y la recreación, enfocándose especialmente en niños de primaria y secundaria, y en escuelas de educación especial. También debe coordinarse con las alcaldías de la CDMX para temas deportivos, y dar su opinión sobre cómo adecuar instalaciones para personas mayores o con discapacidad, asegurando que esas adecuaciones se tomen en cuenta al construir o remodelar espacios. Además, el Instituto maneja un programa de becas para deportistas destacados (activos o retirados) y para nuevos talentos, y promueve que empresas o personas donen dinero al deporte con beneficios fiscales. También debe generar programas para incluir en el deporte a niños, adolescentes y adultos mayores en situación vulnerable o de marginación, y apoyar a los representantes de la CDMX en competencias nacionales e internacionales.
- Art. 24El Instituto tendrá un grupo llamado Consejo del Deporte de la Ciudad de México, que servirá para dar consejos y proponer ideas. Su trabajo es opinar y juntar esfuerzos para promover el deporte y la actividad física, además de difundirlos y apoyarlos. Todo esto se hace para que tú y todos los que viven en la Ciudad puedan conocer y practicar deporte y cultura física. En pocas palabras, este Consejo ayuda a que tengas más oportunidades de hacer ejercicio y saber de deportes.
- Art. 25El Consejo está formado por varias personas clave: el Jefe de Gobierno de la CDMX (quien lo encabeza), el director del Instituto del Deporte (que actúa como secretario), un representante del Congreso local (de la Comisión de Deporte), el presidente del Comité Deportivo Estudiantil, y representantes de deportes en equipo, individuales y de personas con discapacidad. También participan dos personas de empresas privadas que hayan apoyado el deporte, los directores deportivos de las 16 alcaldías, y un representante de la Secretaría de Educación. Los representantes de los grupos mencionados son elegidos por el director del Instituto del Deporte, tomando en cuenta su experiencia y que estén registrados oficialmente. Todos los miembros trabajan sin recibir pago, solo como un servicio honorario, y el Consejo se junta una vez al mes, o de manera extraordinaria si hace falta. Si el Jefe de Gobierno no puede asistir, el director del Instituto toma su lugar para dirigir las sesiones.
- Art. 26El Consejo tiene varias tareas relacionadas con el deporte y la activación física en la Ciudad de México. Entre ellas, debe asesorar a la Jefatura de Gobierno sobre cómo consultar a la gente para promover la cultura física y el deporte. También propone formas de apoyar económicamente a deportistas y de aprovechar mejor los espacios públicos para hacer ejercicio. Además, ayuda a difundir la importancia del deporte, revisa que se entreguen becas a deportistas destacados y da seguimiento a un fondo de apoyo para atletas de alto rendimiento. Por último, el Consejo puede crear un Comité de Arbitraje Deportivo para resolver conflictos, integrado por representantes del Instituto, los deportistas y las ligas registradas.
- Art. 27El Instituto se encarga de hacer y coordinar el Programa Deportivo, el cual es como el mapa o la guía principal que marca cómo se deben hacer las actividades deportivas dentro del Sistema. Ese programa es obligatorio para todos los que participan, porque define las reglas y el rumbo a seguir. En otras palabras, el Instituto pone las bases para que el deporte funcione de manera ordenada y pareja. Así, todos los equipos, clubes o dependencias deben seguir lo que dice ese plan.
- Art. 28El artículo 28 dice que se va a crear un plan para organizar y promover el deporte y la recreación en toda la Ciudad de México. En ese plan se van a definir los objetivos y acciones concretas, y también quiénes participan, como las alcaldías (que son los Órganos Político Administrativos de cada demarcación), el gobierno, las empresas y la sociedad civil. Además, el plan debe incluir la política deportiva, las metas que se quieren alcanzar (tomando en cuenta el plan nacional de desarrollo), y las responsabilidades específicas de cada persona o institución que forme parte del Sistema del Deporte. En pocas palabras, busca que todos trabajen juntos para que más gente haga deporte y se divierta sanamente.
- Art. 29El artículo 29 dice que el programa de Deporte de la Ciudad de México debe incluir varias categorías. El deporte infantil ayuda a que los niños crezcan y aprendan bien, desarrollando su cuerpo y mente para toda la vida. El deporte popular son actividades físicas que cualquier persona puede hacer sin necesidad de equipo especial, para divertirse, aprender y estar saludable. El deporte estudiantil son competencias organizadas en escuelas, como complemento de la educación física. El deporte adaptado es la práctica de deportes para personas con alguna discapacidad física o mental. El deporte de alto rendimiento busca competir al más alto nivel y obtener buenos resultados en organismos deportivos. El deporte autóctono y tradicional son juegos y actividades que se practican desde tiempos antiguos en la comunidad y se transmiten de generación en generación. El deporte asociado son competencias organizadas por grupos de personas, ya sea en asociaciones deportivas o simplemente juntándose por su cuenta. También se incluye el deporte para personas mayores de 60 años, y la preparación de profesionistas como entrenadores, educadores físicos, guardavidas y promotores deportivos. Por último, se considera tener instalaciones deportivas adecuadas y difundir la cultura e investigación del deporte.
- Art. 30Cada año, la persona que sea Jefa de Gobierno de la Ciudad de México (o alguien que ella elija) va a entregar un reconocimiento llamado Premio al Mérito Deportivo. La forma en que se va a entregar este premio la decide el Consejo del Deporte, que es quien pone las reglas y los requisitos. En pocas palabras, este artículo dice que existe un premio anual para quienes se destaquen en el deporte, y que las autoridades correspondientes son las encargadas de organizarlo.
- Art. 31Las 16 alcaldías de la Ciudad de México tienen la obligación de promover el deporte y la actividad física en sus zonas para cuidar la salud y prevenir enfermedades y adicciones. Cada alcaldía debe tener su propio Comité Delegacional del Deporte, y asegurarse de que todas las personas puedan usar las instalaciones deportivas, incluso las rentadas a particulares. También tienen que planear su presupuesto cada año para dar becas y mejorar las instalaciones, adaptándolas para personas con discapacidad y adultos mayores. Además, deben llevar un censo de los usuarios y expedir guías de seguridad, y vigilar que la entrada a los deportivos y las credenciales sean totalmente gratuitas. Por último, deben promover campañas contra la violencia en el deporte, tomando en cuenta la igualdad entre hombres y mujeres.
- Art. 32Los Comités Deportivos de las alcaldías de la Ciudad de México tienen varias tareas importantes: deben poner en marcha los planes y programas de deporte y recreación que apruebe el Instituto del Deporte, y también promover el deporte entre todos los habitantes de su zona. Además, tienen que impulsar la creación y cuidado de espacios deportivos, organizar eventos y proponer al Instituto a personas destacadas en el deporte para que reciban premios o reconocimientos. Cada seis meses deben hacer competencias para mostrar lo importante que es el deporte para todos. También tienen que colaborar con el Instituto y con el área de salud local para crear programas que eviten la violencia en el deporte y ayuden a prevenir adicciones como el tabaco, el alcohol o las drogas.
- Art. 33El artículo 33 dice que el deporte de alto rendimiento es cuando entrenas de forma organizada y constante para dar lo mejor de ti en una disciplina. El objetivo es mejorar tus habilidades compitiendo al máximo nivel, sin importar tu edad, para llegar a ser parte de equipos representativos en torneos locales, de todo México o internacionales. En pocas palabras, es el deporte que se practica con un plan serio para ser de los mejores y representar a tu país o estado.
- Art. 34Para que los deportistas de alto rendimiento (esos que compiten a nivel profesional) puedan recibir los apoyos de esta ley, el Consejo del Deporte tiene que proponerlos. Solo aplican si cumples con todo esto: ser mexicano y vivir en la CDMX, estar registrado en el Registro del Deporte de la Ciudad de México, no tener una sanción definitiva por dopaje ni por otras faltas que marca esta ley, y haber ganado logros importantes en competencias organizadas por federaciones nacionales, internacionales o por el Comité Olímpico o Paralímpico Internacional, en algún deporte oficialmente reconocido. Básicamente, necesitas ser un atleta destacado, sin problemas de dopaje y con reconocimiento oficial.
- Art. 35Este artículo dice que las personas con alguna discapacidad física, mental o sensorial pueden ser reconocidas como deportistas de alto rendimiento si cumplen con ciertos requisitos. Para obtener esa condición, se toma en cuenta su historial en el deporte y qué tan importante es su logro para la sociedad. Es como si les dieran el mismo nivel que a los atletas olímpicos, pero considerando su trayectoria y el impacto social de lo que han conseguido.
- Art. 36Para que te declaren deportista de alto rendimiento, tú o alguien de tu equipo (como tu entrenador o federación) debe pedirlo. Cada año, durante los primeros dos meses (enero y febrero), las personas o instituciones que forman parte del sistema deportivo deben mandar al Consejo del Deporte una lista con los nombres de los atletas que cumplieron los requisitos el año anterior. El proceso empieza cuando tú presentas tu solicitud, ya sea directamente o por medio de ellos.
- Art. 37El Consejo del Deporte va a sacar una lista oficial con los nombres de los atletas que fueron seleccionados. Esa lista se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, que es como el periódico donde salen los avisos importantes del gobierno. Con solo aparecer ahí, el deportista ya es reconocido automáticamente como de alto rendimiento, sin necesidad de hacer ningún trámite extra. Así que si sales en esa lista, ya cuentas oficialmente como deportista de alto rendimiento.
- Art. 38Cuando un deportista es reconocido oficialmente como de alto rendimiento, puede recibir becas y apoyos económicos especiales. El Instituto saca una convocatoria cada año para que los deportistas pidan ese dinero o apoyo. No es automático, tienes que solicitarlo cuando abran la convocatoria.
- Art. 39Si eres un deportista de alto rendimiento en la Ciudad de México, las oficinas del gobierno local pueden tomarte en cuenta para darte un empleo. Eso significa que, al participar en las convocatorias para puestos relacionados con el deporte, tu experiencia como atleta contará como un punto a tu favor. Además, el Instituto puede hacer acuerdos con empresas y otras instituciones para que puedas tener un trabajo sin dejar de entrenar y prepararte como deportista.
- Art. 40Si eres un deportista de alto rendimiento y estás estudiando primaria o secundaria en la Ciudad de México, no te van a aplicar exámenes de esa materia porque la Secretaría de Educación debe crear programas especiales para ayudarte a combinar tus estudios con el entrenamiento. Para la preparatoria o la universidad, las escuelas pueden apartar un cierto número de lugares solo para deportistas, siempre y cuando cumplas con los requisitos académicos. Si quieres estudiar una carrera técnica de deportes, tampoco tendrás que hacer la parte práctica del examen de admisión. Además, las escuelas deben guardar al menos el 5% de los lugares para deportistas de alto rendimiento.
- Art. 41Si eres un deportista de alto rendimiento y trabajas para el gobierno de la Ciudad de México, puedes pedir que te ajusten tu horario de trabajo para poder entrenar, siempre y cuando no afecte tus obligaciones laborales. También puedes solicitar un permiso con goce de sueldo para ir a competencias o concentraciones con selecciones deportivas, como si fuera una falta justificada. Además, tienes derecho a usar instalaciones deportivas públicas de manera preferente si están disponibles. Por último, la Secretaría de Educación de la Ciudad de México debe guardar lugares extras en escuelas para deportistas de alto rendimiento que cumplan con los requisitos académicos.
- Art. 42El artículo 42 dice que los deportistas de alto rendimiento (esos atletas de primer nivel como los que van a los Juegos Olímpicos) tienen la obligación de apoyar al Instituto en los programas para promover el deporte desde sus bases, o sea, para que más personas hagan ejercicio desde chavas y chavos. También deben participar en actividades que enseñen sobre la salud y cómo evitar las drogas. Además, tienen que ayudar en proyectos que motiven a las mujeres a hacer deporte, para que haya igualdad de género, y también a grupos vulnerables, como personas con discapacidad o en situación difícil.
- Art. 43Si eres reconocido como deportista de alto rendimiento, los beneficios que te dan por ese reconocimiento solo duran dos años desde que te lo dieron. Después de ese tiempo, puedes renovarlo si sigues teniendo tu registro vigente en el Instituto del deporte. Es como una licencia que se actualiza cada dos años siempre y cuando cumplas con los requisitos.
- Art. 44Para ser considerado deportista de alto rendimiento, necesitas cumplir ciertos requisitos y obligaciones. Si pierdes alguno de esos requisitos, automáticamente dejas de tener ese estatus. También pierdes la condición si te niegas a hacer lo que la ley te exige, sin una razón válida. Y si tu nombre aparece eliminado del registro oficial de la Comisión Nacional del Deporte, también pierdes ese reconocimiento.
- Art. 45Si alguien ya no cumple con los requisitos para ser deportista de alto rendimiento, no es que de plano lo saquen de un día para otro. Primero, el Consejo del Deporte tiene que revisar su expediente, y antes de tomar una decisión final, debe darle la oportunidad al deportista de explicar su situación o defenderse. La decisión que tomen tiene que estar bien explicada, es decir, con razones claras de por qué pierde ese estatus. En resumen, no te pueden quitar la categoría sin antes escucharte y sin que te den una explicación por escrito.
- Art. 46Si desaparecen las razones por las que perdiste tu estatus de deportista de alto rendimiento, puedes pedir que te lo regresen. Eso sí, si te pusieron una sanción, tienes que cumplirla primero antes de volver a solicitarlo. En pocas palabras, puedes recuperar tu lugar si ya no hay impedimentos y ya pagaste tu castigo.
- Art. 47Si dejas de ser considerado un deportista de alto rendimiento, automáticamente pierdes todos los apoyos y beneficios que tenías por ese estatus, como becas, seguros o acceso a instalaciones. La ley no dice por qué razones podrías perder esa condición, solo que al perderla, los beneficios se van junto con ella. Es como si al ya no pertenecer a un equipo, también te quitaran el uniforme y el equipo que te prestaron. Ojo, esto aplica sin importar si la pérdida fue por tu culpa o por otra causa.
- Art. 48El Instituto del Deporte de la Ciudad de México puede hacer acuerdos con empresas, clubes deportivos, el gobierno federal y otras organizaciones para que participen en el Sistema de Cultura Física y Deporte. El objetivo principal de estos acuerdos debe ser promover y desarrollar el deporte. En esos acuerdos se debe especificar cómo se van a llevar a cabo las actividades deportivas, qué apoyos económicos o técnicos se van a dar, y qué recursos o instalaciones va a poner cada quien para fomentar el deporte.
- Art. 49El Instituto del Deporte puede hacer acuerdos con universidades públicas y privadas para que los deportistas de alto rendimiento tengan condiciones especiales al entrar y seguir estudiando, pero siempre deben cumplir con los requisitos académicos normales. También pueden hacer estos acuerdos para que los deportistas puedan combinar sus estudios con los entrenamientos y las competencias, por ejemplo, dando tutorías a quienes batallen para ir a clases por sus actividades deportivas.
- Art. 49 BisEl Instituto del Deporte va a meterse con las dependencias del gobierno para rescatar y arreglar parques, plazas y otros espacios públicos donde se puedan poner aparatos y equipos para hacer ejercicio. Además, quiere que esos lugares sean accesibles para todas las personas, sin importar si tienen alguna discapacidad. Para lograrlo, el Instituto va a buscar hacer acuerdos con el gobierno local, empresas y organizaciones para que ayuden a acondicionar y usar esos espacios. La idea es que la comunidad tenga más oportunidades de hacer deporte y actividad física.
- Art. 50El Instituto del Deporte de la Ciudad de México va a crear un fondo (como una alcancía grande) para apoyar a los deportistas de alto rendimiento. Para eso, usará un fideicomiso (un contrato donde se guarda dinero para un fin específico), y podrán participar el gobierno, empresas y la sociedad. La finalidad de ese fondo es juntar recursos económicos y materiales para que los deportistas puedan prepararse mejor. También se van a poner Centros de Alto Rendimiento, donde los atletas entrenen con buena alimentación, atención médica y apoyo psicológico. Además, habrá programas para evitar que consuman sustancias prohibidas (como drogas o dopaje).
- Art. 51Cada tres meses, el jefe del Instituto tiene que mandarle a la Comisión de Deporte del Congreso de la Ciudad de México un reporte bien detallado sobre cómo está el dinero del Fondo de Apoyo para Deportistas de Alto Rendimiento. Ese reporte debe explicar claramente en qué situación financiera se encuentra el fondo en ese momento. En pocas palabras, es para que los diputados sepan si el dinero se está usando bien o no.
- Art. 52Si estudiaste en una escuela de educación superior relacionada con el deporte (como administración deportiva o algo parecido), al terminar tu carrera tienes que hacer servicio social. Este servicio consiste en que trabajes un tiempo como profesional en programas deportivos de la Ciudad de México. El tiempo que dure el servicio lo decide cada escuela, no el gobierno. Básicamente, es una forma de aplicar lo que aprendiste para apoyar el deporte en la ciudad.
- Art. 53El Instituto y las autoridades educativas van a ponerse de acuerdo para organizar el servicio social de los egresados de las escuelas de deportes. Estos mecanismos de coordinación son como acuerdos o reglas para trabajar juntos. El chiste es que los estudiantes que terminan su carrera en deportes puedan hacer su servicio social de manera eficaz y sin broncas. Así, el Instituto y las escuelas se coordinan para que todo salga bien y los egresados cumplan con ese requisito.
- Art. 54El artículo 54 dice que el servicio social relacionado con el deporte se debe hacer principalmente en zonas donde la gente tiene menos recursos económicos y oportunidades. Para apoyar a la persona que presta el servicio, le darán cada mes un apoyo en dinero o en cosas como pasajes o comida, para que pueda mantenerse y transportarse.
- Art. 55La cultura del deporte es la forma en que la sociedad entiende y practica el deporte, basada en valores, conocimientos y recursos que se han creado con el tiempo. Esto significa que se busca hacer acciones constantes, apoyadas en la investigación y en lo que la gente necesita y puede hacer, para que todos, sin importar el grupo al que pertenezcan, puedan disfrutar de sus ventajas. En palabras más simples, es promover el deporte para que llegue a todas las personas, no solo a unos cuantos.
- Art. 56El artículo dice que el Programa del Deporte de la CDMX debe incluir acciones para fomentar la cultura deportiva, apoyar la investigación y capacitar a la gente en distintas disciplinas, ciencias aplicadas y deporte popular. También debe generar y compartir información sobre el deporte adaptado (hecho para personas con discapacidad) y promover la investigación de los implementos que ellos necesitan para practicarlo. Además, se tienen que crear programas deportivos y recreativos para que grupos prioritarios participen sin barreras, en especial adultos mayores, personas con discapacidad y quienes viven en zonas marginadas.
- Art. 57Este artículo dice que la cultura del deporte en la Ciudad de México se va a basar en tres cosas: que la gente participe, que todos puedan expresar sus ideas con libertad y respeto, y que sea importante que trabajemos juntos como equipo.
- Art. 58Si cometes una falta contra esta ley o su reglamento, quien te va a sancionar es el Instituto del Deporte o las direcciones de las alcaldías de la Ciudad de México, según qué área tenga la autoridad para hacerlo. Cada una de esas oficinas solo puede castigarte si la falta tiene que ver con los asuntos deportivos que están bajo su responsabilidad. Esto significa que no cualquier autoridad te puede multar, solo la que le toca según el tipo de infracción que hayas cometido. En pocas palabras, el que te aplica el castigo depende de dónde ocurrió el problema y qué organismo tiene la facultad para resolverlo.
- Art. 59Cuando alguien que forma parte del sistema deportivo de la Ciudad de México rompe las reglas de esta ley, puede recibir diferentes castigos. Por ejemplo, le pueden llamar la atención en privado o en público, o suspender su registro por un tiempo. También le pueden prohibir usar instalaciones deportivas del gobierno hasta por tres meses, quitarle apoyos económicos, o impedirle participar en competencias oficiales hasta por cinco años. En casos más graves, pueden cancelar su registro de plano, quitarle premios o reconocimientos, o incluso impedirle representar a la ciudad en eventos deportivos nacionales y federales por hasta cinco años.
- Art. 60Si tienes algún problema o pleito con otro deportista, con las autoridades del deporte, o dentro de una asociación deportiva, tú puedes ir al Comité de Arbitraje Deportivo. Este comité actúa como un juez neutral para resolver el asunto de manera justa y sin complicaciones, buscando un arreglo que beneficie a todos. Las reglas para llevar a cabo este proceso se van a definir en el reglamento correspondiente.
- Art. 61Si un deportista no quiere ir al arbitraje (que es como un juicio privado y más rápido), puede usar los recursos o demandas que ya están señalados en la Ley de Procedimiento Administrativo de la Ciudad de México. Esto significa que puede pelear su caso con las mismas reglas que usa cualquier persona ante el gobierno local. No importa si no acepta el arbitraje, la ley le da otra opción para defender sus derechos. Todo esto aplica solo si el deportista decide no meterse en el proceso de arbitraje.
- Art. 62El artículo 62 dice que, para esta ley, una instalación deportiva es cualquier lugar como deportivos, complejos o unidades deportivas, sin importar cómo se llamen. También incluye cualquier edificio o terreno que esté hecho o adaptado para hacer actividades físicas o mentales. Estas actividades pueden ser para competir o solo para divertirse y pasar el rato.
- Art. 63La ley dice que construir, arreglar o mantener instalaciones deportivas es algo súper importante para la ciudad, porque ayuda a que la gente pueda hacer ejercicio y deporte. Por eso, el Congreso de la Ciudad de México se compromete a destinar dinero suficiente para construir o reparar estos espacios en cada Alcaldía. Además, si las instalaciones deportivas generan sus propios ingresos (por ejemplo, rentando canchas), ese dinero solo se puede usar para mejorar la misma instalación donde se juntó, no para otra cosa. En otras palabras, se busca que todos tengamos lugares dignos para hacer deporte y que el dinero que se genere ahí se quede para mantenerlos en buen estado.
- Art. 64Cuando se construyan nuevos lugares para hacer deporte o se arreglen los que ya existen, se debe promover que usen energías limpias como la solar o eólica, y tecnologías más ecológicas. Esto aplica también para mejorar el equipo o reparar canchas y gimnasios. La idea es que estos espacios contaminen menos y cuiden el medio ambiente.
- Art. 65Los jefes de las oficinas de gobierno encargadas de esto deben mantener en buen estado las instalaciones deportivas, como canchas o gimnasios. Su obligación es cuidarlas y darles mantenimiento para que toda la gente, sin importar quién sea, pueda usarlas. Además, tienen que equiparlas con tecnología moderna y todo el equipo necesario para practicar cada deporte.
- Art. 66Este artículo dice que los espacios deportivos solo se pueden usar para eventos de deportes. Si los ocupan para otra cosa, como conciertos o ferias, las autoridades pueden cerrarlos temporal o permanentemente. La clausura se hará siguiendo las reglas que ya están en otras leyes. En pocas palabras, si le das otro uso al lugar, te arriesgas a que lo clausuren.
- Art. 67Los dueños de gimnasios, canchas o centros deportivos, junto con las asociaciones, tienen la obligación de asegurarse de que sus profes, entrenadores y técnicos tengan un título o certificado oficial que demuestre que están capacitados para dar clases. Si no cumplen con esto, el Instituto del Deporte puede cerrar el lugar como castigo.
- Art. 68Los encargados de administrar instalaciones deportivas que se construyeron con dinero del gobierno federal o de la Ciudad de México, y que están registradas oficialmente, tienen que entregar al Instituto del Deporte su programa de todo el año con las actividades que van a realizar. Esto lo deben hacer durante los primeros 30 días de cada año. Es como cuando tienes que avisar con tiempo cuáles son tus planes para que todo esté en orden.
- Art. 69Las personas que están a cargo de un deportivo o lugar para hacer ejercicio (como un gimnasio, cancha o estadio) tienen la obligación de inscribirlo en el Instituto del Deporte de la Ciudad de México. Ese Instituto va a revisar que el lugar esté en buenas condiciones, sea seguro y sirva bien para practicar deporte. Las revisiones se tienen que hacer cada año, pero también se pueden adelantar si alguien lo pide. Si el lugar no cumple con lo necesario, el Instituto puede prohibir que se use.
- Art. 70Las alcaldías de la Ciudad de México tienen que adaptar sus instalaciones deportivas para que las personas con discapacidad también puedan hacer deporte adaptado. Esto significa que cada año deben incluir en su presupuesto el dinero necesario para hacer esas adecuaciones. Además, cuando construyan nuevos lugares para hacer deporte o arreglen los que ya existen, deben asegurarse de que tengan rampas, baños accesibles y todo lo necesario para que cualquier persona pueda usarlos sin problemas.
- Art. 71El artículo 71 dice que, para esta ley, el dopaje es usar cualquier sustancia o método que modifique, altere o aumente de forma artificial tu rendimiento físico o mental como deportista. O sea, si usas algo que no es natural para rendir más en el deporte, eso se considera dopaje. También incluye métodos, no solo sustancias.
- Art. 72El artículo 72 prohíbe el dopaje, que es usar sustancias o métodos prohibidos para mejorar el rendimiento en el deporte. Esto aplica a todas las competencias oficiales, como torneos o ligas reconocidas. La razón es que todos los competidores tengan las mismas oportunidades de ganar, sin trampas que les den ventaja. También busca proteger tu salud, tanto física como mental, porque el dopaje puede causarte daños graves. Así que, si practicas algún deporte, no puedes usar nada que esté prohibido por las reglas antidopaje.
- Art. 73Si vas a participar en competencias deportivas oficiales de la Ciudad de México, estás obligado a hacerte pruebas de dopaje cuando las autoridades te lo pidan. Esto aplica a todos los participantes, sin importar si eres atleta, entrenador o parte del equipo. El objetivo es ver si has consumido sustancias prohibidas que mejoren tu rendimiento. Si no aceptas hacerte la prueba, podrías tener consecuencias.
- Art. 74El Instituto del Deporte y la autoridad de Salud de la Ciudad de México tienen que trabajar juntos para hacer tres cosas. Primero, publicar y actualizar una lista oficial de las sustancias y métodos prohibidos en competencias deportivas, porque modifican o mejoran de forma artificial el rendimiento físico o mental de los atletas. Segundo, definir qué tipo de pruebas antidopaje se van a aplicar y cómo se deben hacer. Tercero, realizar ellos mismos o mandar a hacer esas pruebas para saber si un deportista usó alguna sustancia prohibida.
- Art. 75Si te comprueban que usaste drogas para mejorar tu rendimiento en competencias organizadas por el gobierno de la Ciudad de México, te van a castigar según lo que dice esta ley. Lo mismo aplica para instructores, entrenadores o médicos que te hayan dado esas sustancias o métodos prohibidos. El castigo es tanto para quien las usa como para quien las proporciona. Todo esto es para proteger la salud de los deportistas.
- Art. 76El artículo dice que, para cuidar tu salud y evitar accidentes, el Instituto del Deporte de la Ciudad de México tiene la obligación de asegurarse de que los instructores que te den clases de deporte o ejercicio estén bien preparados. Esto significa que esas personas deben tener una capacitación especial y un certificado que demuestre que saben lo que hacen. Es una medida para que no te pase nada malo mientras usas las instalaciones deportivas del gobierno de la ciudad.
- Art. 77Los clubes y organizaciones deportivas de la Ciudad de México que den clases, entrenamiento o atención médica, tienen la obligación de asegurarse de que sus instructores, entrenadores y doctores tengan un papel oficial que demuestre que están capacitados para hacer su trabajo. Ese papel lo deben dar las autoridades que revisan y aprueban sus conocimientos. Además, deben estar anotados en un registro oficial para poder trabajar legalmente.
- Art. 78Si las autoridades avisan que hay una contingencia ambiental (cuando el aire está muy contaminado), se tienen que cancelar los eventos deportivos que se hagan al aire libre en canchas, estadios o centros deportivos que sean del Gobierno de la Ciudad de México. O sea, si juegas futbol, corres o haces ejercicio en espacios abiertos de estos lugares, no se podrá realizar la actividad hasta que pase la contingencia. Esto aplica solo en instalaciones públicas de la ciudad, no en privadas.
- Art. 79Los gimnasios, canchas y centros deportivos que forman parte del Sistema de Deporte de la Ciudad de México tienen la obligación de tener un servicio médico especializado en deportes, disponible para todas las personas que hagan ejercicio ahí. Este servicio debe estar funcionando sin interrupción durante todo el tiempo que haya actividades deportivas, sin importar el horario. Eso quiere decir que, si hay gente entrenando, debe haber personal médico atento por si alguien se lastima o necesita ayuda.
- Art. 80Este artículo define que las reglas para controlar y organizar las ligas deportivas que usan instalaciones como canchas o gimnasios, que son administradas por las alcaldías de la Ciudad de México. Las alcaldías son las oficinas de gobierno que se encargan de cada zona o colonia de la ciudad. Básicamente, lo que dice es que va a haber un conjunto de normas para que esas ligas funcionen ordenadamente.
- Art. 81El artículo 81 dice que cuando se formen ligas en lugares deportivos, su propósito será organizar bien los deportes en equipo, promover una competencia justa, atender lo que la gente necesita para hacer deporte, y dar a conocer las reglas y la cultura de cada disciplina. En otras palabras, busca que jugar en equipo sea ordenado, que compitan limpio, que tengas espacios para practicar tu deporte favorito y que aprendas más de él.
- Art. 82Las ligas deportivas tienen que entregar al Instituto del Deporte de la Ciudad de México su calendario anual con horarios y fechas de todas sus actividades. El Instituto revisa y autoriza ese calendario, y luego lo manda a las autoridades que manejan el lugar donde se van a hacer los deportes. Por ejemplo, si una liga de futbol juega en un deportivo público, el Instituto le avisa a los encargados de ese deportivo para que todo esté listo. Así se aseguran de que los horarios estén claros y no haya conflictos con otros eventos.
- Art. 83Los responsables de los centros deportivos tienen que vigilar que las ligas cumplan las reglas para que todo funcione bien. También deben evitar que se rompan las leyes que aquí se mencionan. Los encargados de la administración tienen que entregar cada año un reporte detallado a los jefes de las Alcaldías de la Ciudad de México y al Instituto del Deporte, explicando cómo están las ligas deportivas.
- Art. 84Las ligas deportivas deben seguir las reglas de esta Ley, los lineamientos para usar las instalaciones, su Reglamento y sus propias reglas internas para funcionar. Esto significa que no pueden hacer lo que quieran, sino que tienen que cumplir con todo lo que dice la ley y con lo que ellas mismas se hayan puesto.
- Art. 85Cuando un equipo o liga deportiva ocupa las canchas o espacios de un deportivo en los horarios que le asignaron, tiene que hacerse cargo de lo que pase ahí. También debe trabajar junto con la administración para cuidar y mantener en buen estado esas instalaciones. Esto significa que no solo usan el lugar, sino que también tienen que ayudar a que no se eche a perder y esté limpio para todos.
- Art. 86El artículo dice que quienes manejan los centros deportivos (como canchas o gimnasios) tienen la obligación de asegurarse de que las ligas que los usan sigan las reglas de esta ley y respeten la cultura del deporte. En otras palabras, los encargados deben vigilar que todo se haga de manera correcta y con respeto, sin importar el tipo de deporte que se practique. Esto aplica también al deporte adaptado, es decir, a las actividades diseñadas para personas con discapacidad. Si una liga no cumple, la responsabilidad es de la administración del lugar.
- Art. 87Si alguien pertenece al grupo de personas del que habla esta ley, tiene derecho a recibir los apoyos y beneficios que la ley y su reglamento establecen, sin que lo discriminen por ningún motivo. Además, si un deportista gana una medalla en los Juegos Paralímpicos, el Gobierno de la Ciudad le dará un apoyo económico de por vida. Esto aplica a partir del 3 de octubre de 2024, cuando se agregó este párrafo a la ley.
- Art. 88El Instituto del Deporte de la Ciudad de México y los gobiernos de cada alcaldía deben motivar que se practiquen nuevas formas y tipos de deporte adaptado (es decir, pensado para personas con discapacidad) en los lugares deportivos que ya tengan las instalaciones adecuadas. Para lograrlo, tienen que trabajar junto con las organizaciones que se dedican al deporte adaptado. Todo esto se hace con la finalidad de ayudar a que estas personas se integren a la sociedad y tengan una mejor calidad de vida.
- Art. 89El deporte adaptado, que es el que practican personas con discapacidad, debe hacerse siempre con respeto y en igualdad de condiciones para todos. Además, se tiene que cuidar tanto la salud del cuerpo como la mente de quien lo practica. Esto significa que nadie debe ser tratado diferente ni discriminado, y que las actividades deben ser seguras para todos.
- Art. 90Si quieres entrar a cualquier disciplina de deporte adaptado, necesitas un certificado médico que diga que estás en condiciones de practicarlo. Pero si solo quieres hacer actividad física sin riesgo para tu salud, no te piden ese diagnóstico.
- Art. 91El Instituto del Deporte de la Ciudad de México tiene que tener, dentro de su Dirección de Promoción y Desarrollo Deportivo, un área especial que se dedique a hacer, organizar, poner en marcha, dar a conocer y, si es necesario, supervisar los programas de deporte adaptado. El deporte adaptado son aquellas actividades físicas modificadas para que las personas con discapacidad puedan practicarlas. Esta área debe asegurarse de que esos programas se apliquen correctamente en toda la Ciudad de México.
- Art. 92En cada alcaldía de la Ciudad de México, el área encargada de los deportes debe tener un departamento especial que se encargue de crear y, si es necesario, supervisar programas de deporte adaptado (como actividades físicas para personas con discapacidad). Este departamento también puede agregar mejoras a esos programas. La idea es que cada alcaldía tenga un equipo enfocado en que todas las personas, sin importar sus limitaciones, puedan hacer deporte.
- Art. 93Las oficinas de gobierno de cada zona de la Ciudad de México tienen la obligación de cumplir con las reglas que se explican en esta sección de la ley, y también con todas las demás leyes y reglamentos relacionados. El artículo 93 solo dice eso, que esas autoridades deben seguir al pie de la letra lo que la ley ordena en su área. El resto del texto son fechas y pasos para que la ley entre en vigor, como publicarla en la Gaceta Oficial y que el reglamento se haga en 20 días. También se aclara que el dinero para el deporte debe estar apartado en el presupuesto de cada año.