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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-educacion-fisica-deporte/46
Ley
Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
Artículo
46

Artículo 46 de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si desaparecen las razones por las que perdiste tu estatus de deportista de alto rendimiento, puedes pedir que te lo regresen. Eso sí, si te pusieron una sanción, tienes que cumplirla primero antes de volver a solicitarlo. En pocas palabras, puedes recuperar tu lugar si ya no hay impedimentos y ya pagaste tu castigo.

Texto oficial

Artículo 46.- Desaparecidas las causas que motivaron la pérdida de la condición de deportista de alto rendimiento, podrá solicitarse nuevamente su reconocimiento sin perjuicio de que, en caso de sanción impuesta al deportista, haya de estarse al cumplimiento de la misma para volver a instar la solicitud.

Ver texto oficial de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.