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Ley
Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
Artículo
37

Artículo 37 de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo del Deporte va a sacar una lista oficial con los nombres de los atletas que fueron seleccionados. Esa lista se publicará en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, que es como el periódico donde salen los avisos importantes del gobierno. Con solo aparecer ahí, el deportista ya es reconocido automáticamente como de alto rendimiento, sin necesidad de hacer ningún trámite extra. Así que si sales en esa lista, ya cuentas oficialmente como deportista de alto rendimiento.

Texto oficial

Artículo 37.- El Consejo del Deporte publicará los nombres de los deportistas seleccionados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México lo que implicará el reconocimiento automático de la condición de deportista de alto rendimiento.

Ver texto oficial de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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