- Ley
- Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
- Artículo
- 38
Artículo 38 de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un deportista es reconocido oficialmente como de alto rendimiento, puede recibir becas y apoyos económicos especiales. El Instituto saca una convocatoria cada año para que los deportistas pidan ese dinero o apoyo. No es automático, tienes que solicitarlo cuando abran la convocatoria.
Texto oficial
Artículo 38.- Los deportistas al adquirir la calidad de alto rendimiento podrán ser beneficiarios de las becas y ayudas económicas específicas que, anualmente, sean convocadas por el Instituto.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.