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Ley
Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
Artículo
59

Artículo 59 de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien que forma parte del sistema deportivo de la Ciudad de México rompe las reglas de esta ley, puede recibir diferentes castigos. Por ejemplo, le pueden llamar la atención en privado o en público, o suspender su registro por un tiempo. También le pueden prohibir usar instalaciones deportivas del gobierno hasta por tres meses, quitarle apoyos económicos, o impedirle participar en competencias oficiales hasta por cinco años. En casos más graves, pueden cancelar su registro de plano, quitarle premios o reconocimientos, o incluso impedirle representar a la ciudad en eventos deportivos nacionales y federales por hasta cinco años.

Texto oficial

Artículo 59.- Las sanciones que se aplicarán a los integrantes del Sistema de Cultura Física y Deporte de la Ciudad de México por infracciones a esta Ley, consistirán en: Amonestación privada o pública; Suspensión de su registro; Suspensión hasta por tres meses en el uso de las instalaciones deportivas propiedad del Gobierno de la Ciudad de México Reducción o cancelación de apoyos económicos; Suspensión hasta por cinco años en la participación de competencias y actividades deportivas organizadas por las autoridades deportivas del Gobierno de la Ciudad de México; Cancelación del registro; Anulación de reconocimientos, premios o incentivos derivados de las competencias deportivas organizadas por las autoridades deportivas del Gobierno de la Ciudad de México; Anulación del carácter de representante deportivo estatal, hasta por un periodo de tres años; Suspensión de la cédula profesional o cartilla del Sistema de Capacitación y Certificación de Entrenadores Deportivos hasta por cinco años; y Suspensión hasta por cinco años en la representación de la Ciudad de México en competencias y actividades deportivas organizadas por las autoridades deportivas federales.

Ver texto oficial de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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