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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-educacion-fisica-deporte/43
Ley
Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
Artículo
43

Artículo 43 de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si eres reconocido como deportista de alto rendimiento, los beneficios que te dan por ese reconocimiento solo duran dos años desde que te lo dieron. Después de ese tiempo, puedes renovarlo si sigues teniendo tu registro vigente en el Instituto del deporte. Es como una licencia que se actualiza cada dos años siempre y cuando cumplas con los requisitos.

Texto oficial

Artículo 43.- Los beneficios del reconocimiento de la condición de deportista de alto rendimiento, tendrán una vigencia de dos años desde la fecha del reconocimiento, pudiéndose en todo caso ratificar siempre que el deportista mantenga en vigor su registro ante el Instituto.

Ver texto oficial de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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