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Ley
Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
Artículo
83

Artículo 83 de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los responsables de los centros deportivos tienen que vigilar que las ligas cumplan las reglas para que todo funcione bien. También deben evitar que se rompan las leyes que aquí se mencionan. Los encargados de la administración tienen que entregar cada año un reporte detallado a los jefes de las Alcaldías de la Ciudad de México y al Instituto del Deporte, explicando cómo están las ligas deportivas.

Texto oficial

Artículo 83.- Corresponde a la administración de las instalaciones deportivas supervisar el cumplimiento de la normatividad para el mejor funcionamiento de las ligas deportivas. Así como evitar que se violen las disposiciones que se estipulen en el presente ordenamiento. Las personas administradoras deberán presentar a las personas titulares de las Alcaldías de la Ciudad de México y al Instituto del Deporte, un informe anual pormenorizado sobre la situación de las ligas deportivas.

Ver texto oficial de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.