- Ley
- Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
- Artículo
- 80
Artículo 80 de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo define que las reglas para controlar y organizar las ligas deportivas que usan instalaciones como canchas o gimnasios, que son administradas por las alcaldías de la Ciudad de México. Las alcaldías son las oficinas de gobierno que se encargan de cada zona o colonia de la ciudad. Básicamente, lo que dice es que va a haber un conjunto de normas para que esas ligas funcionen ordenadamente.
Texto oficial
Artículo 80.- El presente título tiene por objeto establecer el marco jurídico normativo para el control, regulación y manejo de las ligas que desarrollen sus actividades en las instalaciones deportivas que se encuentran administradas por los Órganos Político Administrativos de cada una de las Demarcaciones Territoriales de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.