- Ley
- Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
- Artículo
- 18
Artículo 18 de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Todas las dependencias del gobierno de la Ciudad de México (es decir, las secretarías, oficinas y entidades públicas) tienen la obligación de participar en el sistema de activación física y deporte de la ciudad. Esto significa que el gobierno debe promover y organizar actividades deportivas y de ejercicio para la gente, no es algo que puedan decidir si hacer o no. Es una responsabilidad que tienen por ley para fomentar una vida saludable en la ciudadanía.
Texto oficial
Artículo 18.- La participación en el Sistema de Cultura Física y Deporte de la Ciudad de México, es obligatoria para la Administración Pública de la Ciudad de México.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.