- Ley
- Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
- Artículo
- 41
Artículo 41 de la Ley de Educación Física y Deporte de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si eres un deportista de alto rendimiento y trabajas para el gobierno de la Ciudad de México, puedes pedir que te ajusten tu horario de trabajo para poder entrenar, siempre y cuando no afecte tus obligaciones laborales. También puedes solicitar un permiso con goce de sueldo para ir a competencias o concentraciones con selecciones deportivas, como si fuera una falta justificada. Además, tienes derecho a usar instalaciones deportivas públicas de manera preferente si están disponibles. Por último, la Secretaría de Educación de la Ciudad de México debe guardar lugares extras en escuelas para deportistas de alto rendimiento que cumplan con los requisitos académicos.
Texto oficial
Artículo 41.- Los deportistas de alto rendimiento gozarán, además de los beneficios señalados en los Artículos anteriores, de las siguientes medidas de apoyo: En el supuesto de existir relación de servicio con la administración pública local, previa petición del interesado y siempre que las necesidades del servicio lo permitan, podrá adaptársele su horario en función de sus necesidades para la realización de los entrenamientos. Asimismo, se les podrá conceder permiso retribuido, para asistir a las convocatorias de las selecciones de las Federaciones deportivas, como deber inexcusable de carácter público. Uso preferente de las instalaciones deportivas públicas, siempre que exista disponibilidad para ello. Reserva de un cupo adicional de plazas, por parte de la Secretaría de Educación de la Ciudad de México, para aquellos deportistas de alto rendimiento que reúnan los requisitos académicos necesarios.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.