- Ley
- Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
- Artículo
- 1
Artículo 1 de la Ley de Establecimientos Mercantiles para la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que las reglas de esta ley son obligatorias para todos y buscan beneficiar a la comunidad en general. Su objetivo es controlar cómo se abren y operan los negocios comerciales en la Ciudad de México. Sin embargo, la ley no aplica para los lugares que se usan para hacer actividades industriales, como fábricas o talleres grandes. Es decir, solo regula tiendas, restaurantes, consultorios y otros locales que atienden al público.
Texto oficial
Artículo 1.- Las disposiciones contenidas en este ordenamiento son de orden público e interés general y tienen por objeto regular la apertura y el funcionamiento de los establecimientos mercantiles de la Ciudad de México. No serán objeto de regulación de la presente Ley, los locales destinados a la actividad industrial.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.