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Ley
Ley de Evaluación de la Ciudad de México
Artículo
40

Artículo 40 de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo va a crear un Índice de Bienestar Social, que es como un termómetro para medir cómo vive la gente en tu colonia, en tu alcaldía y hasta en tu manzana, usando datos de los censos y encuestas oficiales de población. Con esa información, van a organizar los resultados por zonas pequeñas (manzanas, Áreas Geo Estadísticas Básicas o AGEB, colonias y alcaldías) para ver las diferencias entre unas y otras. Esto sirve para saber, por ejemplo, qué colonias necesitan más apoyo del gobierno.

Texto oficial

Artículo 40. El Consejo elaborará un Índice de Bienestar Social, el cual integrará la información disponible a nivel de manzana, Área Geo Estadística Básica, colonia y Alcaldía en los Censos y Encuestas Intercensales Nacionales de Población y Vivienda.

Ver texto oficial de la Ley de Evaluación de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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