Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fiscalizacion-superior/5
Ley
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Artículo
5

Artículo 5 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Auditor Superior es el encargado de crear y autorizar el reglamento interno de su propia oficina. Ese reglamento define qué puede hacer cada área del organismo, quién reemplaza a los jefes cuando faltan y cómo funcionan. Todo esto se hace para proteger la independencia técnica y administrativa que la Constitución le da a la Auditoría Superior de la Ciudad de México. Además, una vez listo, el reglamento debe publicarse en la Gaceta Oficial de la Ciudad para que todos lo conozcan.

Texto oficial

Artículo 5.- Corresponde al Auditor Superior la aprobación y expedición del Reglamento Interior de la Auditoría Superior en el que se establecerán sus atribuciones, la de las unidades administrativas, las suplencias y ausencias de sus Titulares; salvaguardando la autonomía técnica y de gestión que constitucionalmente se le confiere a la Auditoría Superior de la Ciudad de México; debiendo ser publicado el Reglamento Interior en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.