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Ley
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Artículo
4

Artículo 4 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Auditoría Superior (la oficina que revisa cómo se gasta el dinero público) debe enviarle al Congreso (los diputados y senadores) un reporte completo con los resultados de sus auditorías, junto con avances parciales si los hay. También tiene que incluir cualquier problema, como fallas administrativas o cosas raras que haya encontrado durante las revisiones. Todo esto se entrega por medio de una comisión especial del Congreso, que es como el conducto oficial para recibir la información. En pocas palabras, se aseguran de que los encargados de vigilar el dinero público le informen claramente a los legisladores sobre lo que descubrieron.

Texto oficial

Artículo 4.- La Auditoria Superior remitirá al Congreso por conducto de la Comisión el Informe de resultados, los informes parciales de las auditorías practicadas, y en su caso, de las irregularidades administrativas, deficiencias o hallazgos producto de las mismas.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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