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Ley
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Artículo
50

Artículo 50 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La Auditoría Superior necesita dinero para hacer su trabajo. Su presupuesto se calcula tomando como mínimo el 0.32% de todo lo que el gobierno de la Ciudad de México gasta en un año. Ese porcentaje se saca del Presupuesto de Egresos (el plan de gastos del gobierno). Primero, una comisión revisa el proyecto de presupuesto de la Auditoría, y luego lo pasa a otra comisión para que lo incluya en el presupuesto total de la Asamblea. Así se asegura que tenga los recursos necesarios para cumplir su función.

Texto oficial

Artículo 50.- Para satisfacer los requerimientos que implica el ejercicio de la función pública encomendada a la Auditoría Superior, su presupuesto anual se determinará tomando como base mínima el cero punto treinta y dos por ciento del monto total de las asignaciones presupuestales previstas en el Decreto de Presupuesto de Egresos del Distrito Federal, del ejercicio fiscal para el que se autorizará el presupuesto de la Auditoría Superior. La Comisión de Vigilancia turnará el Proyecto de Presupuesto de la Auditoría Superior, a la Comisión de Gobierno para su presentación de forma consolidada en el Proyecto de Presupuesto de la Asamblea.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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