- Ley
- Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
- Artículo
- 55
Artículo 55 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Auditoría Superior revisa cómo se usa el dinero público a través de diferentes tipos de auditorías, que son como exámenes detallados. Pueden ser: auditoría financiera (revisar números y cuentas), de cumplimiento (ver si se siguieron las reglas), de desempeño (evaluar si se lograron los resultados), forense (investigar posibles fraudes o delitos) y de obra pública (supervisar construcciones y sus equipos). Esta lista solo son ejemplos, no los únicos tipos que existen, ya que pueden haber más según lo que diga el reglamento interno de la Auditoría.
Texto oficial
Artículo 55.- La función de fiscalización de la Auditoría Superior se realizará mediante la práctica de las vertientes de auditoría que se establezcan en el Reglamento Interior de la Auditoría Superior. De manera enunciativa más no limitativa pueden clasificarse en las vertientes de auditoría financiera, de cumplimiento, desempeño, forense y de obra pública y su equipamiento.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.