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Ley
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Artículo
85

Artículo 85 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Antes de empezar una auditoría, el auditor debe planear todo su trabajo por escrito: qué va a revisar, cómo lo hará, con qué recursos, en cuánto tiempo y para cuándo entregará los resultados. Este plan debe ser flexible, porque pueden surgir cosas inesperadas o nueva información que obligue a cambiarlo. El programa general de auditoría sirve para asegurarse de cubrir lo más importante de lo que se va a revisar, calcular los recursos necesarios y avisar a los jefes sobre el trabajo que se hará. Además, el auditor debe diseñar pruebas y procedimientos que garanticen, de manera razonable, que todo se hizo conforme a la ley. Para decidir el alcance de la auditoría y qué métodos usar, el auditor debe tomar en cuenta al menos seis cosas: los objetivos del programa; la importancia de lo que se revisa; el control interno de la empresa o entidad; su experiencia en riesgos o irregularidades; el análisis de todas las operaciones a revisar; y los plazos para entregar los informes, siempre priorizando la calidad.

Texto oficial

Artículo 85.- De manera previa a la ejecución de la auditoría, el auditor debe planificar el desarrollo y práctica de los trabajos de auditoría, a fin de establecer sus objetivos, alcances, procedimientos, recursos, tiempos y oportunidad en la integración del programa de trabajo, asegurando la calidad y eficacia de la auditoría a realizar. Previamente a la ejecución de la auditoría, el auditor debe realizar una estrategia de auditoría para definir objetivos, alcances, procedimientos, recursos, tiempo y oportunidad de las pruebas, precisándolos en sus programas de trabajo; para tal efecto, deberá preparar un plan por escrito, flexible, con el fin de permitir modificaciones como resultado del surgimiento de eventos inesperados, de cambios en las condiciones iniciales y de información obtenidos como resultado de los procedimientos de auditoría efectuados o con base en la evaluación de los riesgos de auditoría. El Programa General de Auditoría garantizará la adecuada cobertura de aspectos prioritarios del sujeto fiscalizado, programas a revisar, prever los recursos necesarios e informar a los niveles competentes acerca del trabajo a realizar. Para cumplir los objetivos de la fiscalización, el auditor debe diseñar acciones y procedimientos que ofrezcan una garantía razonable de que las operaciones auditadas se realizaron de conformidad a las leyes, reglamentos y normatividad que resulte aplicable. Los resultados de la revisión previa a la ejecución de la auditoría, conjuntamente con los factores de importancia relativa, riesgos potenciales y la calidad del control interno deberán tomarse en consideración, para identificar las áreas, programas, operaciones o recursos prioritarios y determinar la auditoría a aplicar, así como su alcance. El auditor para establecer y definir los alcances de la auditoría, el método a emplear, la profundidad de las pruebas y procedimientos a aplicar, como mínimo deberá considerar: I.- Los requerimientos necesarios para cumplir los objetivos establecidos en los programas de auditoría. II.- La trascendencia, importancia y significado de conceptos, aplicación y viabilidad de métodos, técnicas, pruebas y procedimientos. III.- El resultado del estudio y evaluación de los controles internos establecidos por el sujeto fiscalizado. IV.-Experiencia sobre la posible existencia de transacciones de mayor riesgo, errores, irregularidades o actos ilegales. V.- El análisis de las partidas que integran el universo de las operaciones a revisar. VI.- Los plazos en que deben presentarse los informes; tomado en cuenta que la calidad de la auditoria debe prevalecer.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

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