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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMXC_ley-fiscalizacion-superior/89
Ley
Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México
Artículo
89

Artículo 89 de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La auditoría es como una revisión a fondo de algo, y este artículo dice que en cada paso de esa revisión debe haber supervisión, igual que con las personas que la hacen. Esto es para asegurarse de que todo salga como se planeó y se logre lo que se busca. O sea, no puede haber partes del proceso que nadie supervise ni personas que trabajen sin que alguien las vigile. Así se garantiza que la auditoría cumpla su propósito.

Texto oficial

Artículo 89.- La auditoría deberá supervisarse en todas sus fases al igual que el personal que en ella intervenga, para garantizar el cumplimiento de sus objetivos.

Ver texto oficial de la Ley de Fiscalización Superior de la Ciudad de México (pág. 1) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.